Los Planes de Movilidad Sostenible al Trabajo: una nueva pieza en la organización laboral y ambiental de las empresas Igualdad Iuslablog Movilidad sostenible nuevas realidades Publicaciones Reforma Laboral Relaciones Laborales Roberto Fernández Villarino por Jaime Román Lemos - 8 julio, 20260 Por Roberto Fernández Villarino. Profesor Ayudante Doctor. Departamento de Derecho Público y Privado. Universidad de Huelva. Iuslablog. Julio de 2026 La publicación en julio de 2026 del monográfico del Observatorio del Transporte y la Logística en España —“Planes de Movilidad Sostenible al Trabajo”— ofrece una buena ocasión para detenerse en una materia que, probablemente, irá ganando importancia en los próximos meses: la planificación de la movilidad cotidiana vinculada al trabajo. La cuestión puede parecer, en una primera aproximación, ajena al ámbito de conocimiento del Derecho del Trabajo. Sin embargo, basta observar sus implicaciones prácticas para advertir que no estamos ante un simple asunto de transporte. La forma en que las personas acceden a sus centros de trabajo incide en la prevención de riesgos laborales, en la organización de la jornada laboral, en la conciliación, en la igualdad de oportunidades, en la sostenibilidad ambiental, en los costes soportados por la plantilla y en la propia capacidad de las empresas y entidades públicas para atraer y retener talento. Desde esta perspectiva, los Planes de Movilidad Sostenible al Trabajo —en adelante, PMST— pueden convertirse en una herramienta relevante para ordenar una dimensión de la relación laboral que tradicionalmente ha sido considerada una cuestión individual: cómo llega cada persona a su puesto de trabajo. 1. La movilidad laboral como problema colectivo El documento parte de una idea clara: la movilidad laboral comprende el conjunto de desplazamientos con origen o destino en el centro de trabajo. Incluye, por tanto, los trayectos de ida y vuelta —los desplazamientos in itinere—, pero también aquellos que se realizan durante la jornada laboral por necesidades profesionales u organizativas. Su importancia no es menor. Según el monográfico, la movilidad laboral representa más de una cuarta parte de la movilidad diaria, se concentra en franjas horarias muy definidas y constituye uno de los factores que explican la congestión urbana, el consumo energético y buena parte de las externalidades ambientales y sociales asociadas al transporte. El dato más relevante, desde el punto de vista de la intervención pública y empresarial, es que cerca del 70 % de estos desplazamientos continúan realizándose en modos poco sostenibles, con predominio del vehículo privado. Ello revela que el problema no puede abordarse únicamente desde la decisión individual de cada persona trabajadora, sino desde una lógica de planificación colectiva. La movilidad al trabajo está condicionada por factores personales, laborales, territoriales y estructurales: lugar de residencia, nivel de ingresos, existencia o no de transporte público, horarios, turnos, facilidad de aparcamiento, ubicación del centro, responsabilidades de cuidado o disponibilidad de alternativas reales al vehículo privado. En consecuencia, no todas las personas se encuentran en la misma posición para elegir cómo desplazarse. 2. La Ley de Movilidad Sostenible y el nuevo papel de las organizaciones La Ley de Movilidad Sostenible, en vigor desde diciembre de 2025, incorpora los PMST como instrumento para abordar esta realidad. Con carácter general, el monográfico recuerda que las empresas y las entidades pertenecientes al sector público estatal con centros de trabajo de más de 200 personas trabajadoras disponen de un plazo de un año para dotarse de un plan de movilidad sostenible al trabajo. El horizonte temporal es, por tanto, inmediato: estos planes deberán estar elaborados antes de finalizar diciembre de 2026. La referencia al sector público resulta especialmente relevante. No se trata de una herramienta pensada únicamente para grandes empresas privadas. También las entidades públicas estatales con centros de trabajo que superen el umbral indicado están llamadas a analizar los patrones de movilidad de sus plantillas y a definir medidas concretas que favorezcan desplazamientos más seguros, eficientes, accesibles y sostenibles. Esta previsión conecta con una idea de fondo: las organizaciones no son sujetos neutrales respecto de la movilidad. Sus decisiones sobre horarios, turnos, teletrabajo, aparcamientos, flotas, ubicación de servicios, incentivos al transporte público o coordinación con otras entidades influyen directamente en los modos de desplazamiento de las personas trabajadoras. 3. Qué es realmente un PMST Un PMST no debería entenderse como un documento formal para cumplir un expediente. Su utilidad reside en ordenar una política interna de movilidad. Desde un punto de vista práctico, un buen plan debe partir de un diagnóstico. Es necesario conocer cómo se desplaza realmente la plantilla, qué tiempos emplea, qué modos utiliza, qué barreras encuentra, qué costes soporta y qué alternativas existen en el entorno del centro de trabajo. A partir de ese análisis, el plan debe definir objetivos, medidas, responsables, calendario, mecanismos de seguimiento e indicadores. La lógica no es imponer soluciones abstractas, sino identificar medidas realistas y adaptadas a la organización. El documento del OTLE plantea el PMST desde un doble enfoque: técnico y organizativo. El primero atiende al análisis de la movilidad, los impactos y las posibles medidas. El segundo pone el acento en la gobernanza, la participación, la comunicación y la capacidad real de implementación. Esta distinción es importante. Muchos planes fracasan no porque sus medidas sean técnicamente incorrectas, sino porque no se integran en la cultura organizativa, no cuentan con participación suficiente o no se asignan responsabilidades claras. 4. Contenidos principales: diagnóstico, medidas, gestión y participación Entre los contenidos más significativos del monográfico destacan cuatro bloques. El primero es el análisis de la movilidad laboral en España, con atención al número de desplazamientos, su distribución territorial, los tiempos de viaje, la estacionalidad, el gasto en transporte y el reparto modal. Este análisis permite situar los PMST en un contexto más amplio: no se trata de una “moda regulatoria”, sino más bien de responder a un fenómeno estructural. El segundo bloque se refiere a los impactos sociales, ambientales, económicos y de salud pública. La movilidad al trabajo tiene consecuencias en la accidentalidad laboral de tráfico, la exclusión en el acceso al empleo, la congestión, la pérdida de tiempo, el consumo energético, las emisiones, la contaminación acústica, la inactividad física y los costes económicos asociados. El tercer bloque aborda la elaboración del PMST. Aquí aparecen elementos especialmente útiles: identificación de agentes, definición de una visión, selección de medidas, gestión del plan, participación y comunicación. También se destaca la necesidad de contar con una estructura interna de coordinación, que puede incluir una mesa de movilidad, responsables de implementación y, en su caso, una figura de gestión de la movilidad en el centro de trabajo. El cuarto bloque incorpora un catálogo de medidas. Entre ellas pueden encontrarse actuaciones vinculadas al transporte público, movilidad peatonal, bicicleta, vehículos de movilidad personal, coche compartido, transporte colectivo de empresa, teletrabajo, flexibilidad horaria, gestión del aparcamiento, electrificación de flotas, puntos de recarga, comunicación interna o incentivos al cambio modal. 5. La participación de la plantilla y de su representación legal Uno de los aspectos más interesantes del documento es la importancia otorgada a la participación. Un PMST no puede construirse correctamente si no incorpora información procedente de las personas que realizan diariamente esos desplazamientos. La participación permite mejorar el diagnóstico, detectar problemas que no aparecen en los datos formales, conocer resistencias, identificar soluciones viables y aumentar la aceptación del plan. Desde una perspectiva jurídico-laboral, resulta igualmente relevante la intervención de los mecanismos de representación existentes en la organización. La movilidad al trabajo afecta a condiciones materiales de prestación de servicios, tiempos, costes, salud laboral y conciliación. Por ello, aunque el plan tenga una dimensión técnica evidente, su implantación requiere una lógica de diálogo interno. Las medidas serán más eficaces cuanto mayor sea su conexión con las necesidades reales de la plantilla. 6. Una lectura laboral: prevención, igualdad y sostenibilidad Desde el Derecho del Trabajo, los PMST permiten realizar una lectura transversal. En primer lugar, conectan con la prevención de riesgos laborales, especialmente por la incidencia de los accidentes laborales de tráfico. La movilidad no es ajena a la seguridad y salud en el trabajo. Mejorar los desplazamientos cotidianos puede contribuir a reducir riesgos, tiempos de exposición, estrés y siniestralidad. En segundo lugar, enlazan con la igualdad de oportunidades. La ausencia de vehículo, permiso de conducir o transporte público adecuado puede convertirse en una barrera real de acceso al empleo. Esta situación puede afectar de forma desigual a determinados grupos de personas trabajadoras, por razón de renta, edad, sexo, territorio o responsabilidades familiares. En tercer lugar, los PMST se insertan en la dimensión ambiental y social de la sostenibilidad empresarial. No basta con medir emisiones corporativas si se ignora la movilidad cotidiana que hace posible la actividad productiva. Reducir el uso ineficiente del vehículo privado, fomentar el transporte colectivo o facilitar modos activos puede tener impacto ambiental, pero también organizativo y social. 7. Consideraciones finales Los Planes de Movilidad Sostenible al Trabajo no deberían ser interpretados únicamente como una nueva obligación documental. Su interés reside en que obligan a mirar de forma ordenada una realidad que durante mucho tiempo ha permanecido fuera del centro de la gestión laboral: la forma en que las personas llegan al trabajo y el impacto que ello tiene sobre su vida cotidiana. El plazo hasta diciembre de 2026 exige que las organizaciones obligadas comiencen cuanto antes a trabajar en el diagnóstico, la participación y la definición de medidas. Pero incluso más allá de la obligación legal, el PMST puede ser una herramienta útil para cualquier organización que quiera mejorar su accesibilidad, reducir costes indirectos, reforzar su responsabilidad social y avanzar hacia una gestión más sostenible del trabajo. En definitiva, la movilidad laboral deja de ser un problema individual para convertirse en una materia de planificación colectiva. Y esa transición, bien entendida, sitúa los PMST en un espacio especialmente interesante entre el Derecho del Trabajo, la prevención de riesgos, la sostenibilidad y la organización empresarial. Fuente: Observatorio del Transporte y la Logística en España, Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, Planes de Movilidad Sostenible al Trabajo, julio de 2026. Descarga del documento Comparte en Redes Sociales:FacebookTwitterLinkedinPrint Relacionado