La temporalidad en el sector público: estado de la cuestión tras Obadal Basta una rápida lectura de la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de 14 de abril de 2026, Asunto Obadal, C‑418/24, ECLI:EU:C:2026:291, dictada, no debe olvidarse, por los quince componentes de la Gran Sala, para comprender el impacto que la misma está llamada a ejercer sobre la figura del denominado indefinido no fijo, o indefinido a secas como parece denominársele en muchas de nuestras normas de función pública ,especialmente autonómicas -véanse, por señalar solo dos ejemplos reciéntese los artículos 12.1.c, 16.2.b y, sobre todo, la DA 1 de la Ley 5/2023, de 7 de junio, de la Función Pública de Andalucía o la DA 2 de la Ley 4/2021, de 16 de abril, de la Función Pública Valenciana-. Esta construcción, creada inicialmente por nuestra jurisprudencia, estaba destinada a convertirse, al menos teóricamente, en la solución “mágica” o de “equilibrio” (DESDENTADO) para coordinar las reglas laborales y las exigencias constitucionales propias del acceso al empleo público. Sin embargo, transcurridos cerca de treinta años desde su nacimiento, lo único incuestionable en estos estos momentos es que este instituto se ha convertido en un auténtico semillero de problemas, no solo para un segmento todavía muy amplio de nuestro empleo público, sino incluso, y sobre todo, para el propio Reino de España; unos problemas ya constatados en relación con la obtención de los Fondos Europeos en el Marco del Plan de Recuperación y Resiliencia y que la mencionada sentencia no ha hecho sino incrementar, poniendo en una tesitura ciertamente incómoda a nuestro Tribunal Supremo. En este sitio de IUSLABLOG abrimos un espacio de debate sobre esta sentencia, sobre sus causas y sus efectos, para que la comunidad bloguera iuslaboralista puede aportar y confrontar ideas sobre la gestión del delicado asunto de la temporalidad en el sector público español. Como base para este debate se aportará un completo informe elaborado por el profesor y colaborador de este blog Francisco Javier Calvo Gallego, que la estudia desde todas sus perspectivas. Este documento se irá actualizando conforme lo permitan las obligaciones docentes del grupo. También se incorporarán distintas visiones sobre esta relevante sentencia y sus efectos, a partir de colaboraciones de autores y de otros blogs especializados, haciendo de ésta una nueva iniciativa interblogs. Conociendo Obadal Por Francisco Javier Calvo Gallego Contextualización histórica: del nacimiento de la figura a su desarrollo jurisprudencial y su recepción legal El impulso y el impacto de la doctrina del Tribunal de Justicia: la sentencia MP y su impacto en la doctrina de suplicación del orden social y en la jurisprudencia de la Sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo La cuestión prejudicial del Tribunal Supremo y el caso “Obadal» Esperando a Obadal: la actividad de la Comisión, la pérdida de fondos europeos, los datos estadísticos y la jurisprudencia del Tribunal de Justicia en el interregno. Finalmente, la sentencia Obadal ¿Y ahora qué? Algunas propuestas para el debate. Las opciones abiertas al legislador -una propuesta de base «italiana»- y las posibilidades de una interpretación conforme Visiones sobre Obadal Comparte esto: Share on X (Se abre en una ventana nueva) X Share on Facebook (Se abre en una ventana nueva) Facebook Email a link to a friend (Se abre en una ventana nueva) Correo electrónico Share on WhatsApp (Se abre en una ventana nueva) WhatsApp Share on LinkedIn (Se abre en una ventana nueva) LinkedIn Imprimir (Se abre en una ventana nueva) Imprimir Más Share on Reddit (Se abre en una ventana nueva) Reddit Compartir en Tumblr (Se abre en una ventana nueva) Tumblr Share on Pinterest (Se abre en una ventana nueva) Pinterest Share on Telegram (Se abre en una ventana nueva) Telegram