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Ley Rider, asignatura pendiente del sector, visión de la organización.

Iñigo Barea

Director General de Just Eat España

 

En agosto de 2021 y tras varios meses de negociaciones entre el Ministerio de Trabajo y los agentes sociales – UGT y CCOO, por el lado de sindicatos y por parte de los empresarios: CEOE y CEPYME, se aprobó la Ley Rider. Esta ley contaba con una vacatio legis de 6 meses negociada para dar tiempo a las plataformas a adaptarse a la misma. Además la ‘Ley Rider’, no sólo nacía del diálogo social, también venía avalada por las sentencias del Tribunal Supremo de septiembre de 2020 y de mayo de 2021, donde quedaba de manifiesto que las dos causas de determinación de relación laboral -dependencia y ajenidad- se daban entre repartidor y plataforma digital de reparto de comida a domicilio online, por lo que la Ley Rider reproducía lo que los jueces ya habían sentado como doctrina.

 

En los medios y en la calle, la ley generó controversia llegando a haber manifestaciones de repartidores en las calles y frente al Congreso de los Diputados, era raro encontrar un ciudadano que no tuviera una opinión sobre la misma. Algunos detractores de la ley la acusaban de eliminar flexibilidad mientras que otros se quejaban de no poder seguir trabajando si se les exigía el permiso de trabajo para ser contratados. El argumento esgrimido de la falta de flexibilidad en realidad venía a ocultar que muchas personas en situación irregular recurrían a este tipo de soluciones para obtener un rendimiento económico mientras ciertas plataformas reducían costes.

 

La controversia suscitada por la ley era comprensible por la novedad del debate y un nuevo acercamiento al mercado laboral, reflejo de un sector en pleno crecimiento desde la pandemia. Además, su aprobación por Real Decreto Ley tampoco ayudó a que el consenso conseguido en la mesa del diálogo social se trasladara al consenso entre partidos.

 

En Just Eat, pioneros del sector en España desde 2010 y ajena al debate político, siempre habíamos mostrado una postura discreta en medios,  pero nos vimos en la necesidad de hacer escuchar nuestra voz. Con sentencias del Tribunal Supremo en firme y mucha judicialización, creíamos que era necesario dotar al sector con normas que aclarasen definitivamente el tablero de juego para dotarlo de la seguridad jurídica necesaria. Y una cuestión también muy importante, veíamos fundamental que la palabra precariedad no se asociara a la innovación y digitalización que nos caracteriza, no en vano hemos sido agentes digitalizadores de una gran parte de restaurantes de este país.

 

Dos años y medios más tarde, y con miles de repartidores que siguen sin contrato laboral, nos encontramos con una situación anómala que como empresa nos cuesta entender. A día de hoy, la Ley Rider no ha perdido el interés mediático porque el sector sigue incluso más judicializado, con cifras astronómicas de multas por inspecciones de trabajo en su mayoría previas a la Ley Rider y alguna ya post Ley Rider que vaticina que vienen tiempos intensos.

 

La imagen de precariedad sigue presente, con multitud de artículos en medios que muestran la normalización de un complejo sistema de subarrendamiento de cuentas donde muchos de los repartidores que vemos circular por las calles son personas en situación irregular obligadas a trabajar jornadas interminables y que deben pagar comisiones desproporcionadas a los dueños de las cuentas simplemente por tener la oportunidad de realizar su trabajo.  

Por tanto, hemos pasado de un entusiasmo inicial por la llegada de una ley necesaria y pionera a nivel europeo que presumía la laboralidad de los repartidores, a reflexionar en estos dos años y medio si, tal y como prometía, ha logrado cumplir con sus objetivos de laboralización de repartidores.

 

En el primer año de aplicación de la Ley, el informe realizado por el Foro de Humanismo tecnológico de ESADE con datos facilitados por el Ministerio de Trabajo en informe “Ley Rider: Un año después” permitió derribar varios mitos de la ineficacia de la Ley como la destrucción del empleo, publicándose conclusiones positivas de duplicación de  las contrataciones, pasando de 5.464 en 2021 trabajadores con contrato laboral a 10.980 en 2022 e ingresos de 4 millones de euros en las arcas públicas. Pero mientras existan operadores que se niegan a contratar a sus repartidores será difícil mantener el entusiasmo de los primeros meses.

Desde el grupo Just Eat Takeaway.com, en nuestra voluntad de ir un paso más allá, fuimos pioneros en la negociación y firma del primer convenio de empresa del sector con CCOO y UGT. Desde entonces, nuestro modelo laboral nos ha permitido incorporar a más de 2.000 repartidores contratados en toda España, además de establecer colaboraciones sólidas con empresas de última milla que respetan escrupulosamente la ley. Pero no se nos está poniendo nada fácil: Si al hecho de contratar repartidores le sumas las nuevas medidas del gobierno en aspectos como la subida de SMI por ejemplo, la situación se vuelve cada día más injusta, ya que quienes aseguramos que los repartidores tengan contrato laboral tenemos que competir con empresas que hacen oídos sordos a las nuevas leyes y las reformas ya que al no realizar contrataciones no les afectan.

 

¿Dónde estamos a día de hoy?

Por el lado de los repartidores, siguen habiendo miles de repartidores que no disfrutan del contrato laboral que las leyes y las sentencias judiciales les deberían haber asegurado. Estos repartidores no pueden optar a bajas médicas, ni vacaciones ni permisos de paternidad y maternidad. Sin contar con los repartidores en situación irregular que tienen que acceder a cuentas falsas.

 

Y mientras, hay plataformas que ganan tiempo evitando contratar a sus repartidores y aprovechando el importante ahorro de costes para destinarlo a impactantes campañas de marketing, promociones y exclusividades de restaurantes en una situación que como he indicado antes, nos deja atónitos a los que contratamos repartidores y vamos dando pasos hacia adelante.

En el ámbito legislativo, y sin ánimo de ser jurista, en adición a la Ley Rider, recientemente el Gobierno ha reformado el Código Penal para castigar incluso con penas de cárcel las vulneraciones reiteradas de los derechos de los trabajadores, por ejemplo, el recurso continuado a un modelo incorrecto de contratación/colaboración después de haber recibido apercibimientos por las vías administrativas. Aún así, la lentitud burocrática a la hora de pronunciarse sobre estas prácticas en contra de la ley no ayuda.

 

Esto nos lleva a preguntarnos ¿qué espera el sector de nosotros? Sin duda innovación, calidad, seriedad y lealtad a las reglas del juego. Por lo menos, así lo entendemos en Just Eat en nuestra defensa de un marco jurídico para operar en igualdad de condiciones. Por ello, no me gustaría terminar esta valoración sin hacer un llamamiento público al cumplimiento de las normas de forma inequívoca y leal por parte de todos los operadores donde las contrataciones sean una realidad palpable en el sector. Esta será nuestra  contribución a la economía del país. Por último pedir a los poderes públicos en el gobierno y la oposición que estén unidos en la defensa del cumplimiento de la ley como garantía para operar en igualdad de condiciones. Ya toca.

 

Los miembros del Proyecto sobre Segundo Aniversario de la Ley Rider y del Proyecto de Investigación «La huida del mercado de trabajo y la legislación social en España» (TRABEXIT), PID2022-141201OB-I00″, de la Convocatoria 2022 – «Proyectos de Generación de Conocimiento», en el marco del Plan Estatal de Investigación Científica, Técnica y de Innovación 2021-2023); no se hacen responsables de las opiniones vertidas por las personas que participan en el blog, siendo respetuosos estrictamente con dichas opiniones.

 

 

 

 

 

 

 

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