La revista Teoría & Derecho ha publicado en su último número, el 37 del año 2024, un artículo de Miguel Rodríguez-Piñero Royo, colaborar de IUSLABLOG y miembro del proyecto TRABEXIT.
Se trata del artículo “Derecho del trabajo, inteligencia artificial y tutela de las personas”, publicado en abierto en el siguiente enlace.
El Derecho del trabajo ha estado siempre condicionado por la evolución de la tecnología. En este momento, el contexto tecnológico se caracteriza por la digitalización y por la utilización de la Inteligencia Artificial (IA), avances que ha impactado en el ámbito del trabajo en general, no solo en el empleo asalariado. El objetivo de este artículo es doble: por un lado, analizar cómo afectan los sistemas de IA a las relaciones laborales y al mercado de trabajo; por otro, estudiar y valorar la respuesta del ordenamiento jurídico a este fenómeno. Los poderes públicos han reaccionado mediante la construcción de un verdadero «Derecho algorítmico» que tiene una relevante dimensión laboral, dado que las personas trabajadoras se ven potencialmente afectadas por la generalización del uso de sistemas de IA en las organizaciones en las que están empleadas. Se trata de una rama emergente del Derecho que se nutre de componentes de distinto origen y naturaleza y que presenta un alto grado de complejidad y sofisticación técnica.
Los contenidos del artículo son los siguientes:
1.- Presentación: Derecho del Trabajo y tecnología
2.- IA y personas que trabajan
2.1.- El impacto de la IA en el empleo
2.2.- La discriminación algorítmica
2.3.- La gestión algorítmica de personas
2.4.- IA e intervención pública en las relaciones laborales
3.- La construcción de un Derecho Algorítmico Laboral
3.1.- Un enfoque preventivo en el tratamiento de la IA
3.2.- IA y descodificación del Derecho del Trabajo
3.3.- La complejidad del Derecho Algorítmico Laboral
3.4.- La guerra cultural en el Derecho de la IA
4.- Componentes de un Derecho Algorítmico Laboral.
4.1.- Derecho unioneuropeo
4.2.- Derecho interno
4.3.- Negociación colectiva
5.- Reflexiones conclusivas.
El artículo llega a las siguientes conclusiones:
Platón, en su “Protágoras”, nos narra el origen de la ley en el robo del fuego por Prometeo, que se lo dio a los hombres para compensarles por la falta de dones que su hermano Epimeteo les había concedido en la creación. Con el fuego les ayudó a crear la civilización, pero la civilización del hombre prometéico era puramente técnica, por lo que degeneró en violencia y destrucciones. La humanidad estuvo a punto de perecer por obra de sus propias obras, y el ingenio humano no encontraba solución para ello. Zeus, que quería preservar al hombre para una misión más alta, le envío un don que le salvaría de la autodestrucción, el don de la ley y la justicia.
Este mito resulta muy sugerente para explicar en qué situación se encuentra el Derecho en general, y el que se ocupa del Trabajo en particular, ante el desarrollo de la IA, que está siendo rápido, intenso y ubicuo. La IA es un regalo para la humanidad, como lo fue el fuego de acuerdo con la mitología; un don divino, capaz de cambiar las cosas y de mejorar nuestras vidas. Pero también un regalo lleno de peligros, envenenado si no se es capaz de controlar. La humanidad del siglo XXI no es la misma a la que ayudó el titán, porque ahora conocemos las leyes. La formamos personas que tratamos con fuego y con normas, que elaboramos éstas para controlar a aquél, y que gracias a ello hemos sido capaces, mal que bien, de integrar la tecnología en nuestras vidas sin habernos destruido, aunque siempre parezca que estamos a punto de hacerlo.
Es el momento de las leyes, de regular esta nueva realidad para que se desarrolle de acuerdo con nuestros valores y nuestros principios, pensando en las personas. Ordenar no es incompatible con el desarrollo tecnológico, antes bien puede facilitarlo al prevenir problemas que podrían ser obstáculos a su avance. La regulación no impide el desarrollo sino que, como entre nosotros ha demostrado recientemente TODOLÍ SIGNES, lo promueve; y esto incluye también al Derecho Algorítmico Laboral, en construcción aún. En el caso de la IA, tecnología todavía en conformación y con unos potenciales impactos económicos y sociales sin precedentes, la relevancia de ambos objetivos, controlar y favorecer, es mayor aún si cabe que en otras revoluciones tecnológicas.
Como se señala en el Reglamento de Inteligencia Artificial, nuestro objetivo debe ser la adopción de una IA centrada en el ser humano y fiable. Esto supone que debemos garantizar, frente a los efectos perjudiciales de los sistemas de IA, un elevado nivel de protección de la salud, la seguridad y los derechos fundamentales, en particular la democracia, el Estado de Derecho y la protección del medio ambiente. A la vez, hay que brindar apoyo a la innovación para que esta herramienta pueda desarrollarse y lograr el impacto beneficioso que muchos esperamos. La Estrategia Española de Inteligencia Artificial se plantea como uno de sus ejes desarrollar una IA transparente, responsable y humanística.
Los iuslaboralistas tenemos una visión sesgada de la realidad jurídica, puesto que en nuestra programación la tutela de la parte débil en las relaciones laborales condiciona la manera de elaborar, interpretar y aplicar el Derecho. Cualquier regulación de la IA debería, según nuestro criterio, centrarse en la garantía de los derechos, puesto que el avance en sus capacidades nos genera poco interés, cuando no abierta desconfianza. Pero tenemos que aceptar la realidad de los cambios tecnológicos, y de la revolución que estos están suponiendo. Los sistemas de IA deben estar en el centro de nuestra atención como juristas, por ello.
Frente a la tecnología siempre se puede ser optimista y pesimista. Personalmente creo que debemos serlo, lo uno o lo otro, no tanto respecto de la IA como de las personas y organizaciones que van a utilizarla, lo que nos incluye a todos nosotros como ciudadanos, consumidores, profesionales, usuarios… En esto la revolución de la IA no se diferencia tanto de las anteriores que hemos experimentado. Es indudable que los juristas tenemos nuestra cuota de responsabilidad en lograr una integración adecuada, justa y respetuosa con los derechos de la Inteligencia Artificial. O de la Pseudo Inteligencia de la que hablara, hace ya algún tiempo, NEIL STEPHENSON.
Teoría y Derecho es una Revista de Pensamiento Jurídico semestral de acceso abierto con la que la Editorial Tirant pretende desarrollar un espacio de creación intelectual en el que la inteligencia y la reflexión al nivel más alto sean los protagonistas. Incluye un debate como cabecera de la misma, estudios científicos de alto nivel, traducciones de textos clásicos poco conocidos y la sección de Temas de Hoy donde se reflexiona sobre procesos recientes de trascendencia social.