Las bases del poder señorial
El señorío significaba, antes que nada, potestad jurisdiccional. La base jurídica del régimen señorial no era la propiedad de la tierra, sino la jurisdicción sobre los vasallos. La aristocracia andaluza constituyó, sin lugar a duda, una oligarquía terrateniente, pero ello no es consecuencia directa de la titularidad de señoríos, sino de procesos de adquisición mediante compra o usurpación desarrollados a lo largo del tiempo, combinados con otros de acumulación mediante alianzas matrimoniales y concentración de mayorazgos.…