En el siglo XVIII, se intentó imponer la racionalidad ilustrada en la gestión de los servicios asistenciales. Los pobres y los mendigos eran, según la opinión ilustrada, un obstáculo para la prosperidad del reino, ya que suponían un problema social y moral, pero sobre todo económico. Los ilustrados defendieron, en consecuencia, la centralización y el control de la asistencia social por parte del Estado frente a la caridad tradicional de la Iglesia, que, desde su punto de vista, perpetuaba la pobreza al ofrecer limosna a cualquier persona que se acercara a sus templos. Así, a lo largo de la centuria, se plantearon medidas de recogimiento con la creación de instituciones como los hospicios y las casas de misericordia. Algunos ejemplos en Andalucía son el Hospicio de Jaén, erigido en 1751, el que nos ocupa de Granada, fundado en 1753, o el de Cádiz de 1763.
En estas instituciones se recogían tanto a los pobres verdaderos -esto es, indefensos o impedidos- y a otros sectores de la población desamparados -como los expósitos-, para prestarles ayuda y acabar con su miseria, así como a los pobres fingidos -ociosos y holgazanes- para convertirlos en personas productivas. Con estos objetivos, los internos recibían una educación cristiana, dirigida a restablecer su conducta moral, y trabajaban en las fábricas instaladas en el hospicio, actividad que les ayudaría a convertirse en personas útiles finalizado su paso por el centro y con la que, además, contribuían al mantenimiento del mismo.
La primera propuesta para recoger a los pobres de la ciudad de Granada se realizó en 1750, cuando el presidente de la Chancillería de Granada Francisco de Cascajares Castillo manifestó al marqués de la Ensenada la urgencia de crear un hospicio en la ciudad. Con el fin de abordar el proceso a seguir para su establecimiento se creó una junta, encabezada por el presidente Cascajares, a la que acudieron asimismo el intendente de Granada y el administrador general de rentas reales y provinciales. Si bien, aunque se contó con el visto bueno del marqués de la Ensenada, Fernando VI no aprobó este proyecto, sino el presentado, en febrero de 1753, por Diego Álvarez de Bohorques, capitán del Regimiento de Dragones de Lusitania, quien planteaba agrupar todos los centros asistenciales de Granada en uno solo, reuniendo en él a pobres, enfermos, niños y prostitutas.
El 13 de marzo de 1753 el presidente de la Chancillería Manuel Arredondo Carmona recibió una orden del rey para fundar un hospicio general en el edificio del Hospital Real. En ella se mandaba, además, la unión de todos los centros dedicados a la asistencia social en Granada, ya fueran hospitales del reino, del arzobispado o fundaciones particulares, bajo la administración del hospicio. A saber, el Hospital de Niños Expósitos, el Seminario y Escuela General de los Niños y Muchachos, el Colegio y Seminario de Niños de la Misericordia y Doctrina, el Real Colegio de la Concepción de Niñas Huérfanas, la Casa y Beaterio de santa María Egipciaca y los Hospitales de san Lázaro, de Unciados y de Locos. De esta forma, el Hospicio General de Granada no solo se ocupó de los pobres de la ciudad, también recogía y atendía a los niños y niñas expósitos, a las mujeres públicas y a los enfermos.
El hospicio se constituyó el 28 de agosto de 1753 bajo la presidencia de Manuel Arredondo Carmona. Al año siguiente, el 1 de mayo de 1754, se instituyó una junta para su gestión, integrada por el presidente de la Chancillería, el arzobispo de Granada, el corregidor de la ciudad y el superintendente del Real Hospicio, que solía ser un magistrado de la Chancillería. Los dos primeros, junto a unos promotores fiscales seculares y eclesiásticos, conformaban también la Junta de Reunión de Patronatos y Obras Pías, la cual vigilaba que se cumplieran las voluntades de los fundadores de los patronatos de legos y obras pías. Las ordenanzas y constituciones del hospicio fueron aprobadas dos años después de la creación de la junta, el 10 de agosto de 1756.
Para recoger a los pobres y vagabundos que deambulaban por la ciudad, el presidente Manuel Arredondo publicó, el 8 de enero de 1754, un bando público, por el que se establecía un plazo de 8 días para que los pobres acudieran al hospicio y se advertía de las penas existentes para aquellos que pidieran limosna en las calles. Este bando se publicaba todos los años los días 2 de enero y 1 de julio. A esto hay que añadir que el presidente de la Chancillería solicitó una partida de soldados para que rondaran por la ciudad y recogieran a los pobres mendicantes.
Una vez en el hospicio, a los pobres con incapacidades, como la ceguera, y a los enfermos sin curación se les asignaban tareas compatibles con sus impedimentos. Si la enfermedad que padecían tenía cura los ingresaban hasta su recuperación en uno de los hospitales del hospicio. Sobre el resto de internos, por lo que respecta a los adultos, estos debían contribuir al mantenimiento del hospicio. Las mujeres se ocupaban de la lavandería, de organizar el material empleado en las fábricas y de cuidar a los niños y niñas menores de 6 años. Los hombres eran enviados, debidamente identificados, a pedir limosna, trabajaban en las cocinas y, si tenían práctica en algunas de las manufacturas que se realizaban en el hospicio, actuaban como maestros en las fábricas. En cuanto a los niños, se empleaban en las fábricas de la institución desde los 6 a los 14 años, menos el grupo que se seleccionaba para el Seminario de Niños de Misericordia y Doctrina, entre el que no podía haber niños expósitos ni con padres desconocidos. Las fábricas estaban dedicadas a las manufacturas de lonas, cáñamos y lanas y su producción debía abastecer las necesidades del hospicio en ropas, mantas y paños, pudiendo vender el género sobrante. Las niñas, por su parte, recibían cuidados hasta los 6 años, que eran trasladadas al Seminario de Huérfanas.
Por último, en relación a los individuos que ingresaban en el hospicio, entre los adultos varones la mayor parte eran forasteros de mediana edad, que habían sido recluidos a la fuerza; y, entre las mujeres, casi la mitad de las que llegaron al hospicio eran viudas, siendo también la mayoría forasteras. El número de niños menores de 15 años aumentó a lo largo de los años, constituyendo en la década de los 80 la mitad de los reclusos del hospicio. Muchos de estos niños, más de la mitad, huyeron del hospicio, debido probablemente a las condiciones en las que se hallaban. De esta manera, por este y otros motivos, las cifras de las personas acogidas en el hospicio tendieron a disminuir a lo largo de la centuria.
Autora: Isabel María Sánchez Andújar
Documentos
- Fragmento de la orden dada por Fernando VI para la fundación del Hospicio de Granada, 13 de marzo de 1753
“Manda el rey nuestro señor y en su real nombre el limo. Sr. Presidente de la Real Chancillería de esta Corte que ninguna persona con pretexto alguno, pida ni demande limosna por las calles, casas, porterías ni iglesias de esta ciudad, ni ande mendigando por ellas con título de su necesidad y pobreza, y que dentro de tercero día, que ha de empezar a correr, y contarse desde la publicación de esta bando se presenten, y acudan todos los verdaderos pobres que o por su edad, o por sus defectos, y enfermedades no puedan trabajando ganar para su sustento, al Hospicio General de Pobres establecido en virtud de Reales Órdenes de S.M. en el Hospital Real de esta ciudad, donde hallarán su mantenimiento y buena acogida, y que todos los demás mendigos y pobres que por el vicio y la libertad han tomado como por oficio el de pedir limosna, se apliquen y busquen destino y oficio, con que deben y pueden mantenerse, sin ser molestos y gravosos a la República, todo lo cual ejecuten con apercibimiento de que pasado el referido se recogerán, prenderán y asegurarán a los que se hallasen que pública o secretamente piden limosna o para retenerlos en el Hospicio si fuesen incapaces de servir en otra parte, o para considerarlos como díscolos, holgazanes y vagantes y darles el destino que por Reales Pragmáticas está señalado, y con las mujeres se tomarán iguales correspondientes Providencias, para lo cual, y que pueda tener cumplido efecto esta prevención tan útil al publico, ninguna persona de cualquier estado o condición que sea impida en manera alguna que los soldados y ministros, que pasado el expresado término aprehendiesen algún pobre pidiendo limosna, lo aseguren y prendan, bajo pena de cuatro años de presidio” (Moreno Rodríguez, 2004, pp. 523-524)
Fuentes
Ordenanzas, y constituciones de el Real Hospicio General de Pobres, y de los seminarios y agregados establecidos en la ciudad de Granada, Granada, 1756. En Biblioteca Virtual de Andalucía.
Bibliografía
FUENTE GALÁN, María del Prado de la, Marginación y pobreza en la Granada de la segunda mitad del siglo XVIII: los niños expósitos, Granada, Universidad de Granada, 2000.
MORENO RODRÍGUEZ, Rosa M., “La larga historia del confinamiento para remediar la pobreza. El Hospicio General de Pobres de Granada, 1753-1786”, en Chronica Nova, 30, 2004, pp. 511-555.
SÁNCHEZ ANDÚJAR, Isabel María, “El proyecto de crear una fábrica de lonas y jarcias en el Real Hospicio de Granada (1767-1769), en Cuadernos de Ilustración y Romanticismo: Revista del Grupo de Estudios del siglo XVIII, 27, 2021, pp. 427-440.
SANZ SAMPELAYO, Juan F., “La centralización de la asistencia benéfico-sanitaria en Granada. El Real Hospicio de 1753 a 1758”, en Actas del IV Congreso Español de Historia de la Medicina, Granada, Universidad de Granada, Granada, 1975, vol. 1, pp. 171-178.
VALENZUELA CANDELARIO, José, MORENO RODRÍGUEZ, Rosa M. y Fernando GIRÓN IRUESTE, Fernando, El Hospital Real de Granada y sus constituciones de gobierno (1593-1857). Asistencia a los pobres y regulación social, Granada, Universidad de Granada, Granada, 2008.