Estudio del papel desempeñado por los órganos o instituciones que pueden elevar su voz en aras de la depuración formal del ordenamiento.
Parece claro que la mayor contribución a la depuración de un ordenamiento corresponde a los tribunales. De ahí que en los resultados del Proyecto en forma de publicaciones tenga un peso considerable el análisis jurisprudencial, bien sea comentando aquellos fallos que desvelan irregularidades de nuestra normativa; bien sea aplicando los precedentes jusrisprudenciales al encauzamiento de los casos objeto de estudio. Asimismo, las investigaciones de los componentes del equipo se han interesado por los criterios administrativos en materia tributaria (consultas de la Dirección General de Tributos, Resoluciones del TEAC) y ha sido oportunamente subrayada la importancia que pueden tener los mecanismos interpretativos emanados de las instancias adecuadas de la Administración tributaria para la seguridad jurídica de los contribuyentes (Florián García Berro: “El papel de las disposiciones interpretativas del Ministerio de Hacienda”).
Avanzando de lo general a lo particular, en el Proyecto se han destacado determinadas aportaciones de determinadas instituciones u organismos relacionados con la normativa tributaria.
Por un lado, el Consejo para la Defensa del Contribuyente, cuyas propuestas o sugerencias de modificación de las disposiciones tributarias, han sido objeto de estudio por algunos de nuestros investigadores (así, María del Mar Jiménez Navas: “Aportaciones del Consejo para la Defensa del Contribuyente en materia de notificaciones”).
Por otro lado, también ha merecido una atención específica por parte de los integrantes del Proyecto el papel de la OCDE, auspiciando la toma de medidas en materia fiscal por los países miembros. Los documentos de la OCDE están teniendo considerable repercursión en el campo, por ejemplo, de la relación cooperativa entre la Administración y los contribuyentes (aspecto de cuyo estudio se ha ocupado Rafael Sanz Gómez en varios artículos). Y si algún instrumento emanado de la OCDE ha tenido y tiene una relevancia indiscutible en el Derecho Tributario es el Modelo de Convenio para evitar la doble imposición, al que hemos dedicado diversos trabajos (por todos, Antonio Cubero Truyo y Nicolás Díaz Ravn: “Convenios para evitar la doble imposición suscritos por España y Modelo de la OCDE. Análisis comparativo”). El caso del Modelo de Convenio de la OCDE y, en concreto, el valor que se viene dando en la aplicación de los Convenios vigentes a los Comentarios oficiales al Modelo (Nicolás Diaz Ravn: “Los comentarios al Modelo de Convenio de la OCDE: la sentencia del Tribunal Supremo de 11 de junio de 2008 y la interpretación dinámica de los convenios para evitar la doble imposición”. “La interpretación de los Convenios de Doble Imposición en la jurisprudencia del Tribunal Supremo Español y el carácter vinculante de los Comentarios al Modelo de la OCDE”), ha generado una importante reflexión en el seno del Proyecto sobre el valor actual del conocido como "soft law", cuyo papel en la ordenación juridica está adquiriendo un enorme protagonismo en nuestros días.