Proyecto_
La técnica normativa en los ámbitos estatal, autonómico y comunitario.
Análisis crítico de la legislación tributaria
DER2008-04900/JURI
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objetivo 04_

Examen crítico de las vigentes Directrices de Técnica Normativa y de su grado de cumplimiento.

Las Directrices de técnica normativa previstas para la legislación estatal (aprobadas por Consejo de Ministros y publicadas en el BOE de 29 de julio de 2005) han estado presentes, con carácter general, a la hora de evaluar las regulaciones vigentes de cada una de las figuras impositivas de nuestro sistema en la obra principal del Proyecto, publicada en la editorial Aranzadi. Y esta evaluación global y estructurada del grado de cumplimiento de las Directrices se ha llevado a cabo sin perjuicio del analisis directo de Directrices especificas, como la relativa a la derogación expresa («Se evitarán cláusulas genéricas de derogación del derecho vigente que en ningún caso pueden sustituir a la propia enunciación de las normas derogadas»), que fue examinada por Antonio Cubero Truyo (“Identificación y derogación expresa de las normas tributarias”). En este trabajo, publicado en el Tratado sobre la Ley General Tributaria: Homenaje a Álvaro Rodríguez Bereijo, se realiza un completo estudio del artículo 9 de la Ley General Tributaria, un precepto cuya inclusión en el código o norma básica de la disciplina no oculta el que se trate de una pura directriz de técnica normativa, no muy afortunada en su formulación y desatendida con más frecuencia de la deseable.

Entre las propuestas surgidas de nuestro Proyecto sobre la incorporación de posibles nuevos criterios a las Directrices de técnica normativa, destacaríamos la sugerencia consistente en la numeración de las sucesivas leyes de reforma. Ello favorecería la localización y el control del ordenamiento tributario vigente por los destinatarios. Y además, podría ser una elocuente llamada de atención sobre la necesidad de un texto refundido, cuando el número de reformas se hiciera considerable. Precisamente, en las legislaciones de algunas Comunidades Autónomas (Aragón, por ejemplo) ya se están ensayando algunas pautas novedosas de numeración del articulado de los textos legales.

Por otro lado, una línea específica de investigación del Proyecto se ha orientado al estudio de los regímenes especiales, al considerar que la profusión de los mismos perjudica la deseable simplificación del ordenamiento tributario. Las Directrices de técnica normativa sólo se ocupan de este asunto por lo que se refiere al acomodo de los regímenes especiales en las disposiciones adicionales de las leyes ("El régimen jurídico especial implica la creación de normas reguladoras de situaciones jurídicas diferentes de las previstas en la parte dispositiva de la norma"), mas creemos que ha llegado el momento -bastantes veces anunciado- de acabar con una parte importante de los particularismos en materia fiscal. Las normas que componen el sistema tributario deben tender de manera efectiva a la abstracción y la generalidad, por lo que conviene acometer un proceso de depuración de la inmensa cantidad de beneficios fiscales sectoriales y de regímenes excepcionales sobredimensionados (posicionándonos a favor de la eliminación de la estimación objetiva). Los principales resultados de esta línea investigadora se plasman en la obra dirigida por María del Mar Jiménez Navas “La proliferación de regímenes especiales como factor de distorsión técnica del ordenamiento tributario”, junto a otros trabajos enfocados a regímenes concretos (por ejemplo, Cubiles Sánchez-Pobre, Pilar: “La financiación de los partidos políticos. Estudio de su régimen tributario”).

Universidad de Sevilla Ministerio de Economía y Competitividad
Proyecto: La técnica normativa en los ámbitos estatal, autonómico y comunitario. Análisis crítico de la legislación tributaria
Investigador principal: ANTONIO CUBERO TRUYO | Referencia: DER2008-04900/JURI
Plan Nacional de Investigación Científica, Desarrollo e Innovación Tecnológica 2008-2011.
Proyectos de Investigación Fundamental no orientada.