Planteamiento de aquellas modificaciones del ordenamiento vigente que puedan conllevar una disminución de la litigiosidad.
La falta de claridad de la normativa aplicable es una de las causas que contribuyen a aumentar el grado de litigiosidad en el ámbito tributario. De ahí que el Objetivo número 3 del Proyecto haya consistido en presentar aquellos cambios de regulación que consideramos convenientes, por suponer mejoras técnicas en aspectos sometidos a interpretaciones contrapuestas. La clarificación y simplificación de las disposiciones confusas o imprecisas puede traer como efecto indirecto una paulatina reducción de los recursos en materia tributaria. Nuevamente los resultados básicos se han plasmado en la obra colectiva que ha servido de cierre al Proyecto, "Evaluación del sistema tributario vigente. Propuestas de mejora en la regulación de los distintos impuestos".
Además, en este punto ha tenido especial importancia el análisis de los distintos procedimientos tributarios, con notables resultados en todos ellos. Así, pueden destacarse diversos trabajos relativos al procedimiento de inspección (debidos a Florián García Berro: “Sobre los modos de enfrentar la elusión tributaria y sobre la jurisprudencia tributaria en materia de simulación”. “Calificación de conductas elusivas: anotaciones críticas a la jurisprudencia sobre simulación en el ámbito tributario”); el procedimiento de recaudación (debidos a Luis Malvárez Pascual y Antonio José Sánchez Pino: “El crédito derivado de la modificación de la base imponible del IVA por la declaración de concurso del deudor: naturaleza, clasificación y procedimiento para su liquidación”. “El procedimiento de recaudación tributaria. Estudio de la práctica administrativa mediante casos comentados”. “El privilegio general del crédito tributario en el caso de liquidación de la sociedad concursada”. “La Ley General Tributaria y el concurso de acreedores”); el procedimiento sancionador (Florián García Berro: “Derecho a no autoincriminarse de los contribuyentes y procedimiento sancionador separado: precisiones a la luz de la evolución jurisprudencial”); o los procedimientos de revisión e impugnación de actos administrativos (Luis Malvárez Pascual: “El derecho de los responsables tributarios a recurrir las liquidaciones o sanciones firmes correspondientes al deudor principal”. “Las consecuencias del fallo que estime el recurso de un responsable y su posible extensión a los obligados ajenos al proceso. Estudio del artículo 174.5 de la LGT en el marco del ordenamiento jurídico").
Para la reducción de la conflictividad entre la Administración y los obligados tributarios, las investigaciones del equipo han destacado dos aspectos especialmente significativos:
Por un lado, el ensayo de relaciones de cooperación formalizadas entre la Administración tributaria y determinados grupos de contribuyentes. A tal cuestión de dedican los trabajos de Rafael Sanz Gómez, “Hacia la relación cooperativa en España: el nuevo Código de Buenas Prácticas Tributarias a la luz de los estudios de la OCDE”; y “La relación cooperativa y el dilema del prisionero”.
Por otro lado, el desarrollo progresivo de las tecnologías informáticas y telemáticas como cauce habitual o prioritario de relación entre la Administración y los administrados, tal y como consagra el artículo 96 de la Ley General Tributaria. En este punto, además de la aportación de Rafael Sanz Gómez (“La Administración tributaria electrónica al servicio del «pacto fiscal»”), cabe subrayar que la profunda investigación de María del Mar Jiménez Navas en materia de notificaciones (asunto sobre el que giró su tesis doctoral, “Régimen jurídico de las notificaciones en el ámbito tributario”, además de otras varias publicaciones sobre la misma materia: “Las notificaciones colectivas”, entre ellas) incluía un amplio tratamiento de las notificaciones electrónicas (mediante el sistema de dirección electrónica habilitada).