69. ANIA RUFILA
Ania Rufila fue una mujer romana del siglo I de la que se sabe muy poco. Podemos afirmar que fue coetánea a Druso el Menor, quien la condenó a prisión. Su nombre aparece vinculado a una inquietud de carácter jurídico surgida en el Senado y que consistía en la invocación de la figura del emperador para conseguir la impunidad. A este principio se acogió Ania Rufila para así poder increpar a las puertas de la curia al senador Gayo Cestio, que la denunció en la asamblea.
La base de la protección que otorgaba la representación escultórica del príncipe era su carácter divino, que empezó a desarrollarse en vida de los emperadores a medida que el Principado se prolongaba en el tiempo.
Roma
En el caso que nos ocupa, según la descripción de Gayo Cestio, la acusada había empleado la imagen de Tiberio para obtener la impunidad cuando el senador la encausó por fraude. Pero, según éste, Ania Rufila, empleando la protección que le brindaba la figura del emperador, lo hostigaba e increpaba sin tener ninguna posibilidad de defenderse porque la mujer estaba amparada.
Gayo Cestio apeló a Druso el Menor, hijo de Tiberio, y le conminó a dar una solución a un problema que no era sólo suyo, pues otros miembros de la cámara también tomaron partido y secundaron esta moción. Druso condenó a Ania Rufila a prisión.
Esta es la única información conocida sobre su biografía que, no obstante, fue un ejemplo de acción pública por parte de las mujeres. Su nombre, aunque en clave negativa, aparece en los Anales de Tácito, dejando testigo de las actuaciones puntuales de algunas mujeres en la esfera pública. Casos como el de Ania Rufila no son frecuentes, pero tampoco inexistentes, por eso recogerlo es de gran utilidad para componer una imagen lo más fiel posible de la realidad de las mujeres en la Antigua Roma. Pues, si bien es cierto que el ámbito femenino por antonomasia era el privado, no podemos obviar la existencia de determinadas mujeres que constituyeron una excepcionalidad en sí mismas.
Ania Rufila, anteriormente acusada de fraude, fue condenada por increpar a un senador. Este hecho también tiene relevancia, pues pone de manifiesto que ella había estado desempeñando actividades fuera del ámbito del hogar que, además, eran fraudulentas. En conclusión, podemos señalar que la afirmación de que la mujer romana carecía de un lugar en el ámbito público es incompleta, porque excluye a mujeres como Ania Rufila, entre otras.
Marta Moreno
Universidad de Sevilla
Sir Lawrence Alma-Tadema (1860 aprox.). Tras la audiencia. Colección privada.
Fuentes principales
Tácito, Anales, 3.36.
Selección bibliográfica
Cantarella, E., Pasado próximo. Mujeres romanas de Tácita a Sulpicia (Madrid 1997; 1ª ed. en italiano, 1996).
Cenerini, F., La donna romana. Modelli e realtà (Bologna 20132).
Cid López, R.M.ª, “Domus, mujeres y género. Imágenes y espacios de la dependencia femenina”, en García Sánchez, M., Garraffoni, R.S. (eds.), Mujeres, género y estudios clásicos: un diálogo entre España y Brasil (Barcelona 2019) 173-191.
Mentxaka, R., “El derecho de asilo en la Antigüedad clásica, en particular en el derecho romano”, en Tamayo Errazquin, J.Á. (ed.), Cristianismo y mundo romano (Bilbao – Guipuzkoa 2008) 171-191.