CEDEDIAN

La configuración europea del Estado de Derecho: implicaciones en el ámbito nacional

CEDEDIAN

La configuración europea del Estado de Derecho: implicaciones en el ámbito nacional
La configuración europea del Estado de Derecho: implicaciones en el ámbito nacional

La evolución que ha experimentado la comprensión del Estado de Derecho en la Unión Europea, como respuesta a los riesgos que para su mantenimiento traen consigo los avances de la democracia iliberal en determinados Estados miembros, ha generado un relevante caudal de actuaciones a las que resulta imprescindible prestar atención. Conviene no perder de vista que, sin modificar las normas de derecho primario, han surgido mecanismos e instrumentos de actuación, así como líneas jurisprudenciales que ponen en evidencia una intensa dinámica europeizadora del Estado de Derecho que, por una parte, refuerza el sustrato constitucional de la Unión y que, por otra, y como inevitable efecto inducido, proyecta determinantes efectos en los ordenamientos constitucionales internos, embridando de forma notable su margen de actuación con respecto a las cuestiones abordadas. Es precisamente el análisis de la configuración de tales instrumentos, dotados de una fuerte carga de condicionalidad con respecto a los Estados miembros, donde reside el interés preferente de nuestro proyecto. La atención a estas novedades trae consigo el desarrollo de distintas líneas de análisis que incorporan un indudable potencial explicativo sobre el grado efectivo de europeización de los ordenamientos nacionales en la fase actual de integración europea.

Una primera línea de actuación en este ámbito remite a la jurisprudencia del Tribunal de Justicia UE en relación con la comprensión del artículo 19.1 TUE y sus implicaciones sistémicas en la configuración estatal del poder judicial. Por su parte, en el ámbito institucional emerge la puesta en marcha de importantes iniciativas orientadas a garantizar el cumplimiento del Estado de Derecho. Ante la dificultad evidente de llevar a término el mecanismo de sanción previsto en el artículo 7 del TUE, la Comisión ha articulado el denominado “Mecanismo Estado de Derecho” (2014), llamado a operar en situaciones en las que se detecta la existencia de riesgos sistémicos, no de infracciones o violaciones puntuales, para el Estado de Derecho a nivel estatal. También en la esfera normativa se afirman importantes novedades que ponen de manifiesto una fuerte voluntad de reforzar el Estado de Derecho acudiendo al principio de condicionalidad. La novedad más reseñable a este respecto es la vinculación establecida entre el respeto del Estado de Derecho y el acceso a los fondos europeos previstos en el Presupuesto de la Unión. Esta orientación se hace patente en el Reglamento 2020/2092, sobre un Régimen General de Condicionalidad para la protección del Presupuesto de la Unión (diciembre 2020).

Someramente apuntadas las novedades concurrentes en relación con la configuración europea del Estado de Derecho, la necesidad de analizar sus implicaciones en el ámbito nacional,  explorando las respuestas producidas en los ámbitos de conflicto de mayor calado, se perfila como finalidad esencial de nuestro proyecto.