{"id":5417,"date":"2023-06-25T17:47:34","date_gmt":"2023-06-25T15:47:34","guid":{"rendered":"http:\/\/grupo.us.es\/newiwpr\/?p=5417"},"modified":"2024-02-07T21:12:19","modified_gmt":"2024-02-07T20:12:19","slug":"emprendimiento-autoempleo-y-economia-social-una-via-de-acceso-al-mercado-de-trabajo","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/2023\/06\/25\/emprendimiento-autoempleo-y-economia-social-una-via-de-acceso-al-mercado-de-trabajo\/","title":{"rendered":"Emprendimiento, autoempleo y econom\u00eda social: \u00bfuna v\u00eda de acceso al mercado de trabajo?"},"content":{"rendered":"<p><strong>Jose M. Morales Ortega<\/strong><\/p>\n<p><strong>Universidad de M\u00e1laga<\/strong><\/p>\n<p>Nuestra Constituci\u00f3n, como es sabido, reconoce, con toda la complejidad que encierra, en su art. 35, el derecho al trabajo. Aunque la realidad es que la mayor\u00eda de los puestos de trabajo son ofertados por sujetos privados, no puede, ni debe desatenderse que los poderes p\u00fablicos tienen una responsabilidad a estos efectos; de lo contrario, el empleo no ser\u00eda una pol\u00edtica p\u00fablica. Pol\u00edtica que, sin ning\u00fan g\u00e9nero de dudas, ha fracasado. Basta con acudir, pese a la relativa mejor\u00eda, a nuestras altas de desempleo, que son una constante estructural en nuestro mercado de trabajo. Este fracaso ha llevado, desde hace ya unas d\u00e9cadas, al impulso y patrocinio del autoempleo y del emprendimiento -y, muy especialmente, de este \u00faltimo-; auspiciado por las propias instancias comunitarias. Una promoci\u00f3n, que puede entenderse como una dejaci\u00f3n -al menos parcial- de responsabilidad por parte de los poderes p\u00fablicos. Dicha promoci\u00f3n se est\u00e1 orientando a aliviar sus trabas y cargas, que son burocr\u00e1ticas, financieras, fiscales y formativas. A ellas, hay que sumar la falta de vocaci\u00f3n empresarial.<\/p>\n<p>A muchos o a algunos de esos \u00f3bices pretende hacer frente la Ley de Empleo (en adelante, LE) as\u00ed como los principales documentos de la pol\u00edtica de empleo. No s\u00f3lo la Estrategia Espa\u00f1ola de Apoyo Activo al Empleo 2021-2024 (BOE de 7 de diciembre de 2021) y el Plan Anual para el Fomento del Empleo Digno 2023 (BOE de 6 de junio de 2023) sino tambi\u00e9n otros textos espec\u00edficos como la Estrategia Nacional del Trabajo Aut\u00f3nomo 2022-2027 y la Estrategia Espa\u00f1ola de Econom\u00eda Social 2023-2027 (ambas publicadas en el BOE de 1 de junio de 2023). Esta \u00faltima de gran significaci\u00f3n, entre otros motivos, por la incidencia de la econom\u00eda social en los mercados econ\u00f3mico y laboral. Prueba de ello es que supone, respectivamente, el 10% del Producto Interior Bruto y aglutina a dos millones de puestos de trabajo. Por tanto, un sector en absoluto desde\u00f1able. Y de ah\u00ed, por ejemplo, que el art. 4.d) de la LE incorpore, entre los objetivos de la pol\u00edtica de empleo, \u201c<em>la ampliaci\u00f3n y mejora de las cualificaciones, competencias, habilidades y empleabilidad de personas desempleadas y ocupadas \u2026.singularmente, en el \u00e1mbito de las entidades de la econom\u00eda social<\/em>\u201d.<\/p>\n<p>Comenzando con la LE, hay que indicar que, pese a algunas novedades, no ha habido una radical transformaci\u00f3n con respecto a la normativa precedente. Entre sus innovaciones est\u00e1 la significaci\u00f3n concedida a la labor de asesoramiento. De hecho, y en comparaci\u00f3n con la anterior LE, se incluye en la conceptuaci\u00f3n de las pol\u00edticas activas de empleo el \u201c<em>asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento dirigidas a impulsar la creaci\u00f3n de empleo y a mejorar las posibilidades de acceso a un empleo digno, por cuenta\u2026propia<\/em>\u201d; al tiempo que se mantiene intacto el inciso final del actual art. 31, de acuerdo con el cual estas pol\u00edticas se dirigir\u00e1n, entre otros objetivos, \u201c<em>al fomento del esp\u00edritu empresarial y de la econom\u00eda social<\/em>\u201d.<\/p>\n<p>Partiendo de esta premisa, hay que indicar que tanto el art. 12.4, en relaci\u00f3n con la Estrategia, como el art. 13.3, para los Planes Anuales, incluyen, como no puede ser de otra forma -tambi\u00e9n tomando en consideraci\u00f3n la normativa precedente- un Eje dedicado al emprendimiento. En el primer caso, se trata del 6; mientras que en el segundo, del 5. No obstante, ambos tienen una id\u00e9ntica formulaci\u00f3n: \u201c<em>Emprendimiento. Comprende las actividades dirigidas a fomentar la iniciativa empresarial, el trabajo aut\u00f3nomo y la econom\u00eda social, as\u00ed como las encaminadas a la generaci\u00f3n de empleo, actividad empresarial y dinamizaci\u00f3n e impulso del desarrollo econ\u00f3mico local<\/em>\u201d \u2013esta referencia al \u00e1mbito local va en concordancia con la significaci\u00f3n concedida por la norma legal a la dimensi\u00f3n local de la pol\u00edtica de empleo (art. 7)-.<\/p>\n<p>Varias consideraciones hay que realizar. En primer lugar, que todas estas opciones de inserci\u00f3n o reinserci\u00f3n laboral forman parte del itinerario o plan personalizado. De hecho, para la elaboraci\u00f3n del perfil individualizado, debe tomarse en consideraci\u00f3n una serie de caracter\u00edsticas de la persona demandante de empleo, entre otros fines, para su \u201c<em>emprendimiento adecuado<\/em>\u201d \u2013art. 56.1.a) de la LE-. No debe pasar desapercibido el t\u00e9rmino adecuado, ya que es de capital importancia; y que adem\u00e1s se reitera en el art. 58.a) que, entre los compromisos de las personas demandantes de servicios de empleo, est\u00e1 \u201c<em>colaborar\u2026<\/em>[para lograr un]<em> emprendimiento adecuado<\/em>\u201d. Esto es, el perfil condicionar\u00e1 el itinerario, que deber\u00e1 comprender las acciones necesarias y facilitadoras del emprendimiento y del autoempleo. Otro tema es que existan tales medidas, principalmente formativas, permisivas de la materializaci\u00f3n del plan y, desde luego, que la persona demandante de empleo cumpla con las mismas. Obviando, si se puede, esta observaci\u00f3n, la LE est\u00e1 \u201cexigiendo\u201d con este t\u00e9rmino que se garantice, como m\u00ednimo, la viabilidad futura del proyecto. De ah\u00ed la importancia de tres aspectos \u00edntimamente conexionados con ello.<\/p>\n<p>Por un lado, la anticipada labor de asesoramiento. Ni que decir tiene que uno de los principales obst\u00e1culos a la hora de emprender, de establecerse por cuenta propia o de desarrollar un proyecto de econom\u00eda social son las dificultades inherentes al inicio, aunque no s\u00f3lo en este momento, de la actividad. Por este motivo, este asesoramiento se convierte en un elemento sustancial. De ah\u00ed que se haya incorporado al Cat\u00e1logo de Servicios Garantizados. Exactamente, el art. 56.1.e) de la LE menciona este \u201c<em>asesoramiento para el autoempleo y el emprendimiento con garant\u00edas, con apoyo integral y acompa\u00f1amiento a la activaci\u00f3n de proyectos viables, incluida la realizaci\u00f3n de una auditor\u00eda de viabilidad, y prestar\u00e1 especial atenci\u00f3n a las necesidades espec\u00edficas de las mujeres. Se prestar\u00e1 especial soporte a iniciativas generadoras de trabajo aut\u00f3nomo, constituci\u00f3n de entidades de econom\u00eda social y a la dinamizaci\u00f3n del desarrollo econ\u00f3mico local<\/em>\u201d. Igualmente, el art. 61 -entre los servicios de la Cartera Com\u00fan del Sistema Nacional de Empleo- incluye los \u201c<em>servicios de asesoramiento para el autoempleo, el emprendimiento viable y la dinamizaci\u00f3n del desarrollo econ\u00f3mico local<\/em>\u201d.<\/p>\n<p>De la combinaci\u00f3n de estos preceptos, hay que destacar, junto a la referencia, una vez m\u00e1s, al \u00e1mbito local, dos elementos: la viabilidad del proyecto y la atenci\u00f3n a las necesidades espec\u00edficas de las mujeres. Comenzando por este \u00faltimo, hay que hacer una doble lectura. Una positiva. El hecho expreso de hacer menci\u00f3n al colectivo femenino es de alabar, puesto que las trabas a cualquiera de estas formas de inserci\u00f3n laboral se agravan ineluctablemente en el caso de las mujeres y, sobre todo, en la elecci\u00f3n y desarrollo de la actividad. Principalmente, porque suelen decantarse por proyectos profundamente feminizados, lo que se traduce, en la mayor\u00eda de las ocasiones, en proyectos con poca o nula proyecci\u00f3n de futuro. L\u00f3gicamente, esta realidad responde a constructos sociales y culturales, que inevitablemente despliegan sus efectos tanto en la formaci\u00f3n como en el desarrollo profesional. De ah\u00ed la necesidad de este asesoramiento en un doble plano. De un lado, en las actividades formativas a incluir en el oportuno plan personalizado; y de otro, en la propia viabilidad del proyecto. Y una negativa consistente en la desatenci\u00f3n \u2013al menos de manera expl\u00edcita- a otros colectivos que, de la misma forma, pueden acusar unos mismos o distintos entorpecimientos en su proyecto de autoempleo, emprendimiento o econom\u00eda social. Cuando menos deber\u00eda haberse hecho referencia a los colectivos de atenci\u00f3n prioritaria del art. 50 de la norma. Art\u00edculo que, por otro lado, s\u00f3lo permite conexionarlo con la medida que se est\u00e1 abordando al indicar la necesidad de tomar en consideraci\u00f3n sus circunstancias de cara al dise\u00f1o del itinerario que, como se ha visto, no excluye estas tres esferas de la inserci\u00f3n o reinserci\u00f3n laboral.<\/p>\n<p>Esta actividad hay que relacionarla con la de los Centros P\u00fablicos de Orientaci\u00f3n, Emprendimiento, Acompa\u00f1amiento e Innovaci\u00f3n para el Empleo, que \u201c<em>constituyen el soporte especializado del Sistema Nacional de Empleo dirigido a reforzar la dinamizaci\u00f3n y planificaci\u00f3n en materia de orientaci\u00f3n, emprendimiento e innovaci\u00f3n para el empleo<\/em>\u201d \u2013art. 8.5 de la LE-. Siendo competencia de la Agencia \u201c<em>coordinar los Centros\u2026y fomentar la colaboraci\u00f3n entre ellos<\/em>\u201d \u2013art. 22.m) de la LE-. La revisi\u00f3n de estos centros ha obligado a la modificaci\u00f3n del Real Decreto 818\/2021, por el que se regulan los programas comunes de activaci\u00f3n para el empleo del Sistema Nacional de Empleo; y, en concreto, su art. 88 \u2013de acuerdo con la Disposici\u00f3n Final Sexta de la LE- con la finalidad de enumerar las funciones de los Programas de Orientaci\u00f3n, Emprendimiento, Acompa\u00f1amiento e Innovaci\u00f3n para el empleo. En el \u00e1mbito estatal, su creaci\u00f3n se lleva a cabo por la Resoluci\u00f3n de 12 de mayo de 2022 de la Direcci\u00f3n General del Servicio P\u00fablico de Empleo Estatal, por la que se califica el Centro Estatal de Orientaci\u00f3n, Emprendimiento e Innovaci\u00f3n para el Empleo (BOE de 29 de julio de 2022), la cual, y en conexi\u00f3n con la formaci\u00f3n y capacitaci\u00f3n del personal de estos centros, reitera e insiste en la necesidad del \u201c<em>desarrollo y ejecuci\u00f3n de un Plan espec\u00edfico de formaci\u00f3n permanente dirigido al personal del propio servicio p\u00fablico de empleo que realiza funciones de orientaci\u00f3n profesional para el empleo<\/em>\u201d.<\/p>\n<p>Siguiendo con la viabilidad del proyecto -materia presente a lo largo de la LE, y a la que hay que unir la labor de prospecci\u00f3n del mercado de trabajo-, el art. 4 fija como objetivo de la pol\u00edtica de empleo \u201c<em>el fomento de iniciativas de emprendimiento y de econom\u00eda social viables, mediante el desarrollo de actividades de prospecci\u00f3n, asesoramiento informaci\u00f3n y auditor\u00eda de la viabilidad de los proyectos<\/em>\u201d \u2013letra l- y \u201c<em>la atenci\u00f3n y asesoramiento a las personas, empresas y dem\u00e1s entidades empleadoras, as\u00ed como la prospecci\u00f3n de necesidades del tejido productivo<\/em>\u201d \u2013letra \u00f1-. Como es natural, se trata de un tema vinculado directamente con los nuevos \u2013o no tan nuevos- yacimientos de empleo; y la necesidad de actuar e intervenir en los sectores emergentes. Es m\u00e1s, esta labor no debe quedar circunscrita al inicio de la actividad y, quiz\u00e1s por esta raz\u00f3n, en el Eje 1, dedicado a la orientaci\u00f3n y formando parte del Plan Anual, se asevera que \u00e9sta \u201c<em>comprende las actuaciones de prospecci\u00f3n de necesidades y prestaci\u00f3n de los servicios de empleo a las empresas<\/em>\u201d.<\/p>\n<p>Viabilidad que est\u00e1 igualmente presente en la formulaci\u00f3n realizada de la capitalizaci\u00f3n de la prestaci\u00f3n por desempleo contenida en el art. 49.2 de la LE. En concreto, se indica que \u201c<em>para impulsar el desarrollo de iniciativas de emprendimiento o econom\u00eda social viables, se desarrollar\u00e1n programas de fomento del empleo a cuyo amparo podr\u00e1 abonarse, por una sola vez, la prestaci\u00f3n contributiva por desempleo a que tenga derecho la persona trabajadora, en su importe total o parcial, y\/o utilizarse para abonar el importe de las cuotas a la Seguridad Social. Tales programas comprender\u00e1n una auditor\u00eda de la viabilidad del proyecto empresarial o de econom\u00eda social, as\u00ed como un acompa\u00f1amiento t\u00e9cnico, con perspectiva de g\u00e9nero, de su puesto en pr\u00e1ctica<\/em>\u201d.<\/p>\n<p>Llegado este punto, hay que ir al Plan Anual de 2023 para conocer la ejecuci\u00f3n de la LE, lo que significa, ni m\u00e1s ni menos, que acudir a los programas y servicios, comunes y propios, insertos en el Eje 5. Hay que acercarse a ellos desde un doble plano. Por un lado, cuantitativo, y por otro, sustantivo. El primero, a su vez, obliga a atender a dos cuestiones: n\u00famero de programas y servicios y financiaci\u00f3n. En relaci\u00f3n con el n\u00famero, este Eje est\u00e1 en una posici\u00f3n intermedia con 16; de los cuales 12 son comunes y 4 propios. En principio y teniendo en cuenta los restantes, el balance es positivo. Sin embargo, desaparece el optimismo cuando se acude a la financiaci\u00f3n. Esta alcanza s\u00f3lo el 0.49% -la menor cantidad de todos los ejes- del total de la dotaci\u00f3n presupuestaria, lo que, de un lado, pone de manifiesto el desinter\u00e9s de los art\u00edfices de la pol\u00edtica de empleo por esta materia, y, de otro, hace dudar de la propia efectividad de los programas y servicios.<\/p>\n<p>Entrando en el plano sustantivo, los programas y servicios se dirigen, en primer lugar, al asesoramiento \u2013para el autoempleo, para el emprendimiento con garant\u00edas (hay que rese\u00f1ar que se sustituye el t\u00e9rmino adecuado de la LE por este otro; aunque, en esencia, ambos responden a los mismos objetivos), para ayudas, para incentivos a la contrataci\u00f3n; y, en esta misma l\u00ednea, estudios de mercado-; en segundo lugar, al fomento \u2013del empleo aut\u00f3nomo, de la econom\u00eda social, del emprendimiento colectivo, de la iniciativa empresarial; y dentro de \u00e9ste, hay que destacar, por un lado, los destinados al fomento territorial del empleo y al impulso, de nuevo, del desarrollo local, y, por otro, al mantenimiento del empleo aut\u00f3nomo y las microempresas- y al apoyo a la creaci\u00f3n y al empleo en cooperativas sociedades laborales; en tercer lugar, a la identificaci\u00f3n de las necesidades empresariales; en cuarto lugar, a los proyectos y empresas calificadas como I+E; y en quinto y \u00faltimo lugar, a la concesi\u00f3n de subvenciones en los supuestos de capitalizaci\u00f3n de la prestaci\u00f3n contributiva por desempleo.<\/p>\n<p>La evaluaci\u00f3n es el \u00fanico elemento posible para conocer la validez de las correspondientes medidas y, para ella, es clave la fijaci\u00f3n de unos indicadores que, en relaci\u00f3n con este Eje, se reducen, casi exclusivamente, a medir la afiliaci\u00f3n al RETA.<\/p>\n<p>Con todo lo dicho, cabe concluir que, atendiendo a la realidad actual, existe un desequilibrio entre las pretensiones por fortalecer el emprendimiento, el autoempleo y la econom\u00eda social y las medidas adoptadas que, unidas a la falta de cultura y vocaci\u00f3n empresarial, lleva a admitir que seguir\u00e1 siendo, en Espa\u00f1a y para la generalidad de los demandantes de empleo, la tercera v\u00eda de acceso al mercado de trabajo. Esto es, la \u00faltima opci\u00f3n a barajar en su inserci\u00f3n o reinserci\u00f3n laboral.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Jose M. Morales Ortega Universidad de M\u00e1laga Nuestra Constituci\u00f3n, como es sabido, reconoce, con toda la complejidad que encierra, en su art. 35, el derecho al trabajo. Aunque la realidad es que la mayor\u00eda de los puestos de trabajo son ofertados por sujetos privados, no puede, ni debe desatenderse que los poderes p\u00fablicos tienen una&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":8,"featured_media":5338,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":true,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_newsletter_access":"","_jetpack_dont_email_post_to_subs":false,"_jetpack_newsletter_tier_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paywalled_content":false,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":true,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2},"jetpack_post_was_ever_published":false},"categories":[175,36,317],"tags":[],"class_list":["post-5417","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-iuslablog","category-jose-manuel-morales-ortega","category-proyecto-reforma-del-derecho-del-empleo"],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/i0.wp.com\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-content\/uploads\/2023\/04\/Imagen1.png?fit=491%2C278&ssl=1","jetpack_shortlink":"https:\/\/wp.me\/p7HIjh-1pn","jetpack-related-posts":[{"id":6313,"url":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/2024\/04\/10\/nuestra-revista-electronica-publica-un-nuevo-numero\/","url_meta":{"origin":5417,"position":0},"title":"Nuestra revista electr\u00f3nica publica un nuevo n\u00famero","author":"Miguel Carlos Rodr\u00edguez-Pi\u00f1ero Royo","date":"10 abril, 2024","format":false,"excerpt":"\u00a0 La Revista Trabajo, Persona, Derecho, Mercado, vinculada con este portal, ha publicado un nuevo n\u00famero monogr\u00e1fico, bajo el t\u00edtulo \"Ley de Empleo: una visi\u00f3n multidisciplinar\" \u00a0 En este n\u00famero se aborda, como se desprende de su denominaci\u00f3n, el an\u00e1lisis de la indicada norma; y se hace desde un enfoque\u2026","rel":"","context":"En \u00abCelia S\u00e1nchez L\u00f3pez\u00bb","block_context":{"text":"Celia S\u00e1nchez L\u00f3pez","link":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/category\/celia-sanchez-lopez\/"},"img":{"alt_text":"","src":"https:\/\/i0.wp.com\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-content\/uploads\/2024\/02\/Trabexit-2-300x204.png?resize=350%2C200","width":350,"height":200},"classes":[]},{"id":2808,"url":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/2020\/10\/29\/publicado-el-primer-numero-de-la-revista-trabajo-persona-derecho-y-mercado\/","url_meta":{"origin":5417,"position":1},"title":"Publicado el primer n\u00famero de la revista \u00abTrabajo, Persona, Derecho y Mercado\u00bb","author":"Miguel Carlos Rodr\u00edguez-Pi\u00f1ero Royo","date":"29 octubre, 2020","format":false,"excerpt":"Se ha publicado el primer n\u00famero de la revista \"Trabajo, Persona, Derecho y Mercado\", revista jur\u00eddica cuatrimestral vinculada a este portal (con el que comparte denominaci\u00f3n). Se trata de un n\u00famero monogr\u00e1fico dedicado a la reacci\u00f3n del Derecho del Trabajo y de la Seguridad Social espa\u00f1ol a las consecuencias de\u2026","rel":"","context":"En \u00abCOVID-19\u00bb","block_context":{"text":"COVID-19","link":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/category\/iuslablog\/covid-19\/"},"img":{"alt_text":"","src":"https:\/\/i0.wp.com\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/Revista.jpg?fit=253%2C361&ssl=1&resize=350%2C200","width":350,"height":200},"classes":[]},{"id":4928,"url":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/2022\/04\/26\/publicado-el-quinto-numero-de-la-revista-trabajo-persona-derecho-y-mercado\/","url_meta":{"origin":5417,"position":2},"title":"Publicado El Quinto N\u00famero De La Revista \u00abTrabajo, Persona, Derecho Y Mercado\u00bb","author":"Admin","date":"26 abril, 2022","format":false,"excerpt":"Se ha publicado el quinto n\u00famero de la revista \u00abTrabajo, Persona, Derecho y Mercado\u00bb. Se trata de un monogr\u00e1fico dedicado a la discriminaci\u00f3n y, m\u00e1s exactamente, algunas de sus expresiones en el contexto de las relaciones laborales. Concretamente, aquellas nacidas de las nuevas realidades, ya que, estas introducen otros factores\u2026","rel":"","context":"En \u00abdisriminaci\u00f3n\u00bb","block_context":{"text":"disriminaci\u00f3n","link":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/category\/disriminacion\/"},"img":{"alt_text":"","src":"https:\/\/i0.wp.com\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-content\/uploads\/2020\/09\/Revista.jpg?fit=253%2C361&ssl=1&resize=350%2C200","width":350,"height":200},"classes":[]},{"id":5335,"url":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/2023\/04\/18\/lanzamos-el-proyecto-reforma-del-derecho-del-empleo-2023\/","url_meta":{"origin":5417,"position":3},"title":"Lanzamos el proyecto \u00abReforma del Derecho del Empleo 2023\u00bb","author":"Miguel Carlos Rodr\u00edguez-Pi\u00f1ero Royo","date":"18 abril, 2023","format":false,"excerpt":"\u00a0 IUSLABLOG, en colaboraci\u00f3n con la revista electr\u00f3nica \u201cTrabajo, persona, derecho, mercado\u201d, lanza la iniciativa \u201cProyecto Reforma del Derecho del Empleo 2023\u201d. Se trata de un proyecto destinado al an\u00e1lisis y la difusi\u00f3n de la nueva Ley de Empleo, y de otros cambios en el mercado de trabajo y en\u2026","rel":"","context":"En \u00abempleo\u00bb","block_context":{"text":"empleo","link":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/category\/empleo\/"},"img":{"alt_text":"","src":"https:\/\/i0.wp.com\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-content\/uploads\/2023\/04\/Imagen1-300x170.png?resize=350%2C200","width":350,"height":200},"classes":[]},{"id":5330,"url":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/2024\/02\/07\/presentacion-a-las-reformas-de-la-ley-de-empleo\/","url_meta":{"origin":5417,"position":4},"title":"Presentaci\u00f3n a las reformas de la Ley de Empleo","author":"Jos\u00e9 Manuel Morales Ortega","date":"7 febrero, 2024","format":false,"excerpt":"Jose M. Morales Ortega Universidad de M\u00e1laga Dentro del proceso reformista, que se est\u00e1 llevando a cabo en el \u00e1mbito de las relaciones de trabajo, cobra una especial y particular atenci\u00f3n la Ley 3\/2023 de Empleo. Con \u00e9sta, se pretende incidir en un \u00e1mbito clave y fundamental para todas las\u2026","rel":"","context":"En \u00abempleo\u00bb","block_context":{"text":"empleo","link":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/category\/empleo\/"},"img":{"alt_text":"","src":"","width":0,"height":0},"classes":[]},{"id":10372,"url":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/2026\/02\/09\/trabexit-una-nueva-realidad-del-mercado-de-trabajo-espanol\/","url_meta":{"origin":5417,"position":5},"title":"TRABEXIT: una nueva realidad del mercado de trabajo espa\u00f1ol","author":"Miguel Carlos Rodr\u00edguez-Pi\u00f1ero Royo","date":"9 febrero, 2026","format":false,"excerpt":"El t\u00e9rmino TRABEXIT ha sido acu\u00f1ado para dar nombre a un fen\u00f3meno de nuestro mercado de trabajo caracterizado por un abandono progresivo, plural y diverso del mismo por parte de muchas de las personas que lo conforman. Se trata de una adaptaci\u00f3n a nuestro pa\u00eds del fen\u00f3meno conocido como la\u2026","rel":"","context":"En \u00abAna Dom\u00ednguez Morales\u00bb","block_context":{"text":"Ana Dom\u00ednguez Morales","link":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/category\/ana-dominguez-morales\/"},"img":{"alt_text":"","src":"https:\/\/i0.wp.com\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/Capturadepantalla2025-09-05ales13.32.58.webp?fit=850%2C1200&ssl=1&resize=350%2C200","width":350,"height":200,"srcset":"https:\/\/i0.wp.com\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/Capturadepantalla2025-09-05ales13.32.58.webp?fit=850%2C1200&ssl=1&resize=350%2C200 1x, https:\/\/i0.wp.com\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/Capturadepantalla2025-09-05ales13.32.58.webp?fit=850%2C1200&ssl=1&resize=525%2C300 1.5x, https:\/\/i0.wp.com\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-content\/uploads\/2026\/02\/Capturadepantalla2025-09-05ales13.32.58.webp?fit=850%2C1200&ssl=1&resize=700%2C400 2x"},"classes":[]}],"jetpack_sharing_enabled":true,"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5417","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-json\/wp\/v2\/users\/8"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=5417"}],"version-history":[{"count":4,"href":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5417\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":5713,"href":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/5417\/revisions\/5713"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-json\/wp\/v2\/media\/5338"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=5417"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=5417"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=5417"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}