{"id":392,"date":"2016-12-01T12:45:46","date_gmt":"2016-12-01T11:45:46","guid":{"rendered":"http:\/\/grupo.us.es\/newiwpr\/?p=392"},"modified":"2016-12-01T14:14:40","modified_gmt":"2016-12-01T13:14:40","slug":"el-sistema-educativo-espanol-leyes-7-consenso-0","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/2016\/12\/01\/el-sistema-educativo-espanol-leyes-7-consenso-0\/","title":{"rendered":"El Sistema Educativo espa\u00f1ol: Leyes 7 &#8211; Consenso 0"},"content":{"rendered":"<p>De las siete leyes org\u00e1nicas de Educaci\u00f3n promulgadas dentro del marco constitucional, cuatro de ellas han supuesto modificaciones en la estructura del Sistema Educativo, desde la Ley 14\/1970, de 4 de agosto, General de Educaci\u00f3n (LGE, 1970) proclamada en los \u00faltimos a\u00f1os del franquismo.<\/p>\n<p>Las leyes constitucionales que han modificado nuestro Sistema Educativo han sido, por orden cronol\u00f3gico: la Ley Org\u00e1nica 1\/1990, de 3 de octubre, de Ordenaci\u00f3n General del Sistema Educativo (LOGSE,1990); la Ley Org\u00e1nica 19\/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educaci\u00f3n (LOCE, 2002); la Ley Org\u00e1nica 2\/2006, de 3 de mayo, de la Educaci\u00f3n (LOE, 2006) y, por \u00faltimo, la Ley Org\u00e1nica, 8\/2013, de 9 de diciembre, para la Mejora de la Calidad Educativa (LOMCE, 2013), paralizada en este momento ante la posibilidad de que sea sustituida por el primer pacto sobre Educaci\u00f3n que se acordar\u00eda en Espa\u00f1a.<\/p>\n<p>Las tres normas restantes han regulado aspectos organizativos y curriculares, pero sin alterar la estructura general del modelo educativo previo a su promulgaci\u00f3n. Estas son: la Ley Org\u00e1nica 5\/1980, de 19 de junio, por la que se regula el Estatuto de Centros Escolares (LOECE, 1980); la Ley Org\u00e1nica 8\/1985, de 3 de julio, Reguladora del Derecho a la Educaci\u00f3n (LODE, 1985) y la Ley Org\u00e1nica 9\/1995, de 20 de noviembre, de Participaci\u00f3n, Evaluaci\u00f3n y Gobierno de los Centros Escolares (LOPEG, 1995).<\/p>\n<p>De todas ellas, ninguna como la LOMCE (2013) hab\u00eda logrado tener en su contra a la totalidad de la comunidad educativa, incluidos los padres y las madres de los\/as estudiantes que siempre fueron reacios a secundar las jornadas de huelga escolar. La LOMCE (2013) representa el segundo intento por implantar una reforma educativa por parte de los gobiernos del Partido Popular (PP), tras la fallida LOCE (2002) que fue interrumpida en el a\u00f1o 2004 con el regreso del Partido Socialista Obrero Espa\u00f1ol al gobierno. La LOCE (2002) ya contemplaba la implantaci\u00f3n de las obsoletas rev\u00e1lidas ya que, esta Ley, establec\u00eda la celebraci\u00f3n de una prueba externa al final del Bachillerato. Igualmente, destaca de la LOCE (2002) el car\u00e1cter evaluable y computable que se otorgaba a la asignatura de Religi\u00f3n; aspecto contradictorio si tenemos en cuenta que Espa\u00f1a es un estado laico, como se recoge en el art. 16.3 de la Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola que garantiza el principio de secularizaci\u00f3n de Espa\u00f1a al indicar que \u201cninguna confesi\u00f3n tendr\u00e1 car\u00e1cter estatal\u201d (art.16.3).<\/p>\n<p>La LOMCE (2013) es el segundo intento, por parte de un gobierno del PP, de introducir reformas significativas en el Sistema Educativo espa\u00f1ol; en esta ocasi\u00f3n amparado por la mayor\u00eda absoluta obtenida en el a\u00f1o 2011. Esta norma introduce importantes reformas que afectan a la estructura y duraci\u00f3n de la ESO (Educaci\u00f3n Secundaria Obligatoria), a la Formaci\u00f3n Profesional y al Bachillerato, partiendo siempre de la Ley precedente, la LOE (2006), que se ha mantenido vigente durante el corto recorrido de la LOMCE (2013). Una norma que, sin duda como todas las anteriores, tiene un trasfondo pol\u00edtico que se hace patente, por ejemplo, con la implantaci\u00f3n de la Formaci\u00f3n Profesional B\u00e1sica (FPB), una de las reformas que afectan a la etapa obligatoria de la ense\u00f1anza. La FPB sustituye a los Programas de Cualificaci\u00f3n Profesional Inicial (PCPI) como itinerario acad\u00e9mico para los estudiantes, chicos y chicas, con serias dificultades para obtener el t\u00edtulo de graduado en ESO. La diferencia fundamental est\u00e1 en que la FPB convierte el segundo a\u00f1o en obligatorio para as\u00ed, tan solo con este requisito, equiparar esos programas con el Bachillerato al pasar a formar parte de la misma categor\u00eda CINE 3 de la Clasificaci\u00f3n Internacional Normalizada de Educaci\u00f3n (CINE) &#8211; en ingl\u00e9s International Standard Classification of Education (ISED)- de la Organizaci\u00f3n de Naciones Unidas para la Educaci\u00f3n, la Ciencia y la Cultura (UNESCO). La CINE nace en los a\u00f1os 70 como una herramienta eficaz para el acopio, compilaci\u00f3n y presentaci\u00f3n de estad\u00edsticas de educaci\u00f3n en los pa\u00edses que cuentan con una educaci\u00f3n reglada. Sin embargo, y a pesar de tener esta calificaci\u00f3n, los estudiantes que terminan la FPB solo obtienen un certificado de estudios al final de la misma, por lo que poseen una cualificaci\u00f3n profesional \u00ednfima que no les permite ser competitivos en el mercado laboral. Deben, por tanto, realizar un examen para obtener el graduado en Educaci\u00f3n Secundaria Obligatoria, por lo que el r\u00e9dito obtenido con esta reforma es meramente pol\u00edtico: han conseguido bajar significativamente el abandono escolar temprano en las estad\u00edsticas. Aunque, para ser justos, en este efecto tambi\u00e9n han participado otros factores con la misma o mayor influencia que la reforma implantada mediante la Ley del 2013, como son: el estallido de la burbuja inmobiliaria, la crisis econ\u00f3mica, la falta de empleo, los graves y persistentes problemas estructurales del mercado laboral espa\u00f1ol, la ca\u00edda de los salarios, etc.<\/p>\n<p>Si de verdad la paralizaci\u00f3n de la LOMCE (2013) va a suponer la apertura de un proceso de di\u00e1logo y consenso sobre la Educaci\u00f3n en Espa\u00f1a las expectativas son muchas y ambiciosas. La b\u00e1sica y fundamental es lograr una escuela p\u00fablica de calidad para todos y todas. Una escuela inclusiva que acoja la diversidad presente en la sociedad, que se construya con la participaci\u00f3n de todos sus protagonistas y para las generaciones presentes y futuras.<\/p>\n<p>Hablar de un pacto por la Educaci\u00f3n nos acerca a sistemas educativos de otros pa\u00edses de nuestro entorno como el finland\u00e9s, tan alabado y envidiado por sus resultados en los informes PISA (unas pruebas que merecen su propio espacio en este blog), que supone una manera de pensar y de comprender cu\u00e1l es el fin \u00faltimo de la Educaci\u00f3n. En Finlandia el 98 % de los centros educativos y formativos son p\u00fablicos, se legisla con una vigencia m\u00ednima de 30 a\u00f1os, con acomodaciones puntuales a los tiempos bajo consenso, y la educaci\u00f3n p\u00fablica es totalmente gratuita (incluidos los materiales escolares y el comedor).<\/p>\n<p>Quiz\u00e1s sea el momento de revertir los t\u00e9rminos y apostar por una escuela p\u00fablica de calidad en Espa\u00f1a, sin recortes de personal, ni de medios, ni de infraestructuras. Reparar, ampliar y construir centros p\u00fablicos, frente a la pol\u00edtica educativa basada en la creaci\u00f3n de un mercado inmobiliario de centros escolares dirigido a la escuela concertada, sufragado con fondos p\u00fablicos y amparado en una legislaci\u00f3n que fomenta las plazas concertadas frente a las p\u00fablicas.<\/p>\n<p>Si va a producirse el di\u00e1logo no est\u00e1 de m\u00e1s que las personas que participen en estos encuentros consideren y reflexionen sobre el fin \u00faltimo de la Educaci\u00f3n y de la escuela, la organizaci\u00f3n social creada expresamente para albergar el desarrollo de los procesos de ense\u00f1anza-aprendizaje que, en palabras de Bol\u00edvar (2010: 22), su finalidad \u00a0consiste \u201c<em>no es ense\u00f1ar todo lo que es posible saber, sino que todos aprendan lo que no debiera permitirse ignorar\u201d<\/em> (Bol\u00edvar, 2010: 22)<a href=\"#_ftn1\" name=\"_ftnref1\">[1]<\/a>.<\/p>\n<p><a href=\"#_ftnref1\" name=\"_ftn1\">[1]<\/a> Bol\u00edvar, A. (2010). <em>Competencias b\u00e1sicas y curr\u00edculo<\/em>. Madrid: S\u00edntesis.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>De las siete leyes org\u00e1nicas de Educaci\u00f3n promulgadas dentro del marco constitucional, cuatro de ellas han supuesto modificaciones en la estructura del Sistema Educativo, desde la Ley 14\/1970, de 4 de agosto, General de Educaci\u00f3n (LGE, 1970) proclamada en los \u00faltimos a\u00f1os del franquismo. 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