{"id":3863,"date":"2021-07-30T13:26:54","date_gmt":"2021-07-30T11:26:54","guid":{"rendered":"http:\/\/grupo.us.es\/newiwpr\/?p=3863"},"modified":"2021-12-20T09:31:59","modified_gmt":"2021-12-20T08:31:59","slug":"la-insercion-sociolaboral-de-las-victimas-violencia-de-genero-aspectos-laborales-y-de-proteccion-social-especial-referencia-a-las-mujeres-doble-o-triplemente-vulnerables-conclusiones-y-recomendaci","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/2021\/07\/30\/la-insercion-sociolaboral-de-las-victimas-violencia-de-genero-aspectos-laborales-y-de-proteccion-social-especial-referencia-a-las-mujeres-doble-o-triplemente-vulnerables-conclusiones-y-recomendaci\/","title":{"rendered":"La Inserci\u00f3n Sociolaboral De Las V\u00edctimas Violencia De G\u00e9nero, Aspectos Laborales Y De Protecci\u00f3n Social. Especial Referencia A Las Mujeres Doble O Triplemente Vulnerables. (Conclusiones Y Recomendaciones)"},"content":{"rendered":"<p>En este \u00faltimo punto del informe queremos destacar, por una parte, algunas de las que hemos considerado buenas pr\u00e1cticas, que ya est\u00e1n referidas a lo largo del presente trabajo pero que reproducimos por considerarlas las m\u00e1s destacadas, y por otra parte, las conclusiones que el equipo de investigaci\u00f3n ha extra\u00eddo despu\u00e9s del trabajo realizado a lo largo de todo el a\u00f1o 2020, en especial, las informaciones que han sido confirmadas por los agentes clave entrevistados.<\/p>\n<p>Una idea confirmada a lo largo del estudio realizado es que la violencia de g\u00e9nero es un problema social que afecta a todos, precisa una lucha contra estereotipos, roles de g\u00e9nero, manifestaciones del patriarcado incluso machismos que a\u00fan persisten en nuestra sociedad y que generan da\u00f1os que se mantienen a largo plazo. Las estimaciones mundiales publicadas por la Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud indican que alrededor de una de cada tres (35%) mujeres en el mundo han sufrido violencia f\u00edsica y\/o sexual de pareja o violencia sexual por terceros en alg\u00fan momento de sus vidas<sup>716<\/sup>. El propio Secretario General de las Naciones Unidas ha mencionado en un estudio realizado recientemente que se <em>\u201cconsidera que la violencia contra la mujer tiene consecuencias de largo alcance tanto para ella como para sus hijos y la sociedad en su conjunto. La mujer que es objeto de violencia padece muy distintos problemas de salud y disminuye su capacidad para obtener ingresos y participar en la vida p\u00fablica. Sus hijos corren muchos m\u00e1s riesgos de tener problemas de salud, bajo rendimiento escolar y trastornos de la conducta. La violencia contra la mujer empobrece a las mujeres y a sus familias, comunidades y naciones. Reduce la producci\u00f3n econ\u00f3mica, drena recursos de los servicios p\u00fablicos y los empleadores y disminuye la formaci\u00f3n de capital humano. Pese a que hasta en los estudios m\u00e1s exhaustivos realizados hasta la fecha se han subestimado los costos, todos indican que son graves las consecuencias econ\u00f3micas de no abordar el problema de la violencia contra la mujer<sup>717<\/sup><\/em>.<\/p>\n<p>Todo esto ha sido comprobado a lo largo de la investigaci\u00f3n realizada en este trabajo, en el cual adem\u00e1s hemos obtenido las siguientes conclusiones.<\/p>\n<p>&#8211; La primera conclusi\u00f3n que extraemos del estudio es que la violencia de g\u00e9nero es una cuesti\u00f3n de igualdad entre los g\u00e9nero, pero tambi\u00e9n es materia de Derechos Fundamentales, por lo que las respuestas a este fen\u00f3meno, pueden venir de diferentes estamentos. Adem\u00e1s, es una cuesti\u00f3n de igualdad efectiva entre mujeres y hombres y no discriminaci\u00f3n. Esto hace que al dise\u00f1ar el entramado de medidas de prevenci\u00f3n y reacci\u00f3n debamos tener en cuenta todo lo que se ha avanzado jur\u00eddica y socialmente en estos \u00e1mbitos.<\/p>\n<p>&#8211; La segunda conclusi\u00f3n es que la violencia que se ejerce sobre otro, es una conducta principalmente aprendida, aprender significa adquirir nuevos conocimientos o memorizar informaci\u00f3n. Se tiende a reproducir aquello que se ha aprendido, sin perjuicio de que podamos encontrar personalidades, rasgos de car\u00e1cter agresivos en determinadas personas casi de forma innata, natural; pero en el caso de la violencia contra la mujer se tiende o bien a reproducir lo aprendido o bien a iniciar acciones que se consideran adecuadas por parte de la persona maltratadora por la situaci\u00f3n de inferioridad en la que se coloca a la mujer por parte de esta persona maltratadora. Sus razonamientos o respuestas a la pregunta de por qu\u00e9 maltrata es en muchas ocasiones porque \u201cella me saca de mis casillas\u201d, \u201cse lo merec\u00eda por lo que hab\u00eda hecho\u201d, etc.<\/p>\n<p>Esta segunda conclusi\u00f3n nos lleva a realizar la primera propuesta de mejora y es la necesidad de un mayor tratamiento de la situaci\u00f3n de la persona maltratadora, en el caso de la definici\u00f3n actual de violencia de g\u00e9nero, nos referimos al hombre, con los cuales se suele trabajar una vez que han sido condenados y en sede penitenciaria, es decir, en los programas de intervenci\u00f3n que existen en los Centros penitenciarios. Este \u00faltimo, constituye un \u00e1mbito no tratado en profundidad en el presente estudio y que esperamos poder analizar en futuras investigaciones que realicemos. En este sentido nos parece un referente el trabajo realizado en el \u201cPrograma CONTEXTO; programa de investigaci\u00f3n, formaci\u00f3n, intervenci\u00f3n y prevenci\u00f3n de la violencia de g\u00e9nero a trav\u00e9s del trabajo con el agresor. 10 a\u00f1os trabajando contra la violencia de g\u00e9nero\u201d, cuya Directora es Marisol Lila, investigadora de la Universidad de Valencia, que ha realizado varias publicaciones al respecto, creando incluso un \u201cManual de intervenci\u00f3n con maltratadores\u201d. La idea surgi\u00f3 de una conversaci\u00f3n con el director del Centro de Inserci\u00f3n Social de Picassent, el cual le refiri\u00f3 la realidad de su centro, y era la larga lista de espera de hombres con una sentencia que implicaba participar en un programa de intervenci\u00f3n con maltratadores y no disponer de recursos a los que derivarlos. La idea de la intervenci\u00f3n cobr\u00f3 forma tras la firma del Convenio de colaboraci\u00f3n entre Instituciones Penitenciarias (Ministerio del Interior), la Universidad de Valencia y otras organizaciones que colaboran en dicho programa. Consideramos que se trata de una pr\u00e1ctica a reproducir, pues los propios maltratadores que han participado as\u00ed lo ponen de manifiesto. La idea es no tener que esperar a ser condenados por estas conductas, actuar preventivamente y antes de que se produzca el proceso judicial como tal. En este sentido queremos transcribir parte de una entrevista realizada a uno de los hombres que han participado en el Programa referido y que solicit\u00f3 ayuda antes de la posible denuncia de su pareja.<\/p>\n<p><em>\u201c\u00bfPor qu\u00e9 decidiste participar en el Programa? Porque cuando ten\u00eda discusiones fuertes con mi novia pasaba la l\u00ednea del respeto llegando a agredir f\u00edsica y verbalmente en varias ocasiones. Eran muchas las veces que me hab\u00eda concienciado una vez en fr\u00edo y viendo la gravedad del asunto, y me hab\u00eda dicho a mi mismo y a mi pareja que nunca m\u00e1s volver\u00eda a ponerle una mano encima. Pero tras muchos intentos me di cuenta de que no depende de la voluntad de uno mismo, que no pod\u00eda controlarme por muy graves que viese los hechos una vez acontecidos y que necesitaba ayuda de verdad\u201d.<\/em><\/p>\n<p>Algunas de las personas entrevistadas manifestaron lo siguiente sobre este aspecto, lo reproducimos para contribuir a la conformaci\u00f3n de esta conclusi\u00f3n:<\/p>\n<p>1.- <em>\u201cdepende\u2026 La conducta\u2026el maltrato puede ser un aprendizaje basado en un estilo de vida o en la normalizaci\u00f3n de la violencia en tu din\u00e1mica de relaci\u00f3n, y ah\u00ed tienes una historia de maltrato porque es como has aprendido a relacionarte. Son los instrumentos y las herramientas que han dado resultado. Hay otras conductas de maltrato que vienen precipitadas por patolog\u00edas o por consumo de sustancias\u201d.<\/em><\/p>\n<p>2.-<em>\u201cEs que en el maltrato no podemos decir \u201cel maltrato se produce por esto\u201d. En el maltrato influyen muchos factores, ambientales, factores biol\u00f3gicos de la propia persona, factores sociales. Hay muchos factores que influyen y dependiendo de los factores se deber\u00eda de trabajar en un sentido u en otro. Despu\u00e9s tambi\u00e9n hay un factor muy importante en la violencia de g\u00e9nero, ser\u00eda la concesi\u00f3n de la superioridad del hombre. Hay formas de maltrato que son muy sutiles que no se aprecian y adem\u00e1s est\u00e1n normalizadas en la sociedad. Eso genera tambi\u00e9n en el imaginario incluso de los profesionales, no entender lo que te est\u00e1 diciendo una v\u00edctima o como se siente una v\u00edctima cuando la tratan de una forma\u201d.<\/em><\/p>\n<p>3<em>.-\u201cTotalmente aprendida. Habr\u00e1 un componente de no s\u00e9 qu\u00e9 porcentaje, muy bajo de que hay personas que son agresivas por naturaleza. Tanto hombres como mujeres, que son por naturaleza tienen una naturaleza agresiva, pero el que es agresivo, debe serlo con todos los g\u00e9neros. El hecho de que t\u00fa seas especialmente agresivo. Yo he aprendido igual que t\u00fa, o sea, si t\u00fa eres especialmente agresivo con una persona de color negro, es aprendido; que t\u00fa seas especialmente agresivo con una persona gitana es aprendido\u201d.<\/em><\/p>\n<p>4.- <em>\u201cInnata desde luego no. En cuanto a que es aprendida, si que se pueden aprender determinados patrones. Patrones de una mala gesti\u00f3n de la ira por ejemplo. Si que es cierto, si tu has vivido en una familia en la que tu padre es agresivo, es probable que tu aprendas que eso es un modo leg\u00edtimo de resolver un conflicto. Ahora, tampoco se puede justificar solo el que tu tengas una conducta agresiva porque hayas vivido en un contexto de violencia. Evidentemente la conducta violenta en una relaci\u00f3n de violencia de g\u00e9nero tiene su origen en una sociedad machista. En una educaci\u00f3n diferencial en la que a los hombres se les permite o se les fomente pues que la violencia es un instrumento como cualquier otro para resolver un conflicto, \u00bfno? . No pienso que tenga nada que ver con la testosterona, ni con determinados patrones cerebrales que tengan, no es innato.<\/em><\/p>\n<p>5.- <em>\u201cPienso que el maltrato es algo aprendido, vamos es mi opini\u00f3n, es algo que se aprende.<\/em><\/p>\n<p>6<em>.-\u201cYa, pero es que todo, o sea, nosotros no hemos llegado hasta aqu\u00ed, somos un poco fruto de todas las experiencias que hemos vivido, positivas o negativas, es decir, todo al final nosotros no somos, como digo yo, una piedra. Nosotros vamos, pero vamos chupando cosas buenas, cosas malas y eso al final es lo que imprime el car\u00e1cter que tenemos ahora. Yo creo que una persona que ha vivido en un ambiente de violencia, yo no digo que vaya a ser ya un violento, pero que tiene casi todas las posibilidades de que \u00e9l entienda que esa es la manera de relacionarse y de conseguir las cosas. Yo cre\u00eda que mi padre cuando se enfadaba, pongo un ejemplo, no es mi caso, por favor, pero yo cre\u00eda que mi padre cuando se enfadaba el hombre siempre pegaba un pu\u00f1o en la mesa y all\u00ed se hac\u00eda lo que dec\u00eda \u00e9l, por sus\u2026 tal, eso es algo que \u00e9l ha aprendido, que, si yo pongo un pu\u00f1o en la mesa y pego cuatro voces, la gente a mi alrededor se va a asustar y va a hacer lo que yo quiera. Creo que eso \u00e9l lo ha mamado en casa o lo ha mamado\u2026 no s\u00e9 d\u00f3nde decirte, por eso yo pienso que las escuelas es algo que deber\u00edamos hacer, educar la igualdad, yo eso lo llevo a rajatabla, ya demasiado yo creo, pero lo llevo a rajatabla, el que ella se sienta igual que un hombre, que pueda hacer las mismas cosas que un hombre y que aprendan a respetarse y que nadie, que nadie pueda\u2026. No s\u00e9 c\u00f3mo decirte, no s\u00e9 c\u00f3mo explicarlo. No s\u00e9 si sois madres, pero que vivan en una igualdad, que tengan alas. Yo siempre digo que tengan alas para conseguir lo que ellas quieran. Que, si ellas quieren, lo pueden conseguir, que no hay barreras, \u00bfno? Que eso de los techos de cristal \u2026 que yo siempre digo, si t\u00fa quieres, puedes y me dice: mami, si yo quiero, puedo, \u00bfverdad? Y yo le digo, claro que s\u00ed, hija. Si t\u00fa quieres, s\u00ed. Entonces desde peque\u00f1ito\u2026Y yo con mis amigas, porque algunas tienen ni\u00f1os, siempre estamos con una cosa tan insignificante como son los colores, \u00bfno? que el ni\u00f1o tiene que ir de azul o de beige, porque como va a ir mi hijo con una camiseta rosa, pero es que eso, yo es que el a\u00f1o pasado, en la escuela de mis hijas est\u00e1n en Infantil, \u00bfno? y estamos hablando del a\u00f1o pasado, eran cuatro a\u00f1os, ahora est\u00e1n cinco, \u00bfno? Y hab\u00eda que hacer una fiesta en Navidad, iban de sentimientos, no s\u00e9 si hab\u00e9is visto el juego de los sentimientos, que trabajan con ellos las emociones, cada color es una emoci\u00f3n, entonces a los que les gustaba el amor iban de rosa, y en ese grupo hab\u00eda ni\u00f1os. Las mam\u00e1s pon\u00edan en el grupo: ay, como a mi hijo\u2026 y c\u00f3mo le voy a poner a mi hijo el rosa, y yo dec\u00eda: contr\u00f3late, contr\u00f3late, no te calientes, pero vamos a ver, en qu\u00e9 punto estamos, \u00bfqu\u00e9 problema tienes porque tu hijo tenga que llevar una camiseta rosa?\u201d.<\/em><\/p>\n<p>6<em>.-\u201cHablamos de patriarcado\u2026\u00bfde qu\u00e9 hablamos? Claro que aprendemos las conductas violentas. En las mujeres por regla general no nos las realzan tanto. El aprendizaje dentro de tu casa tambi\u00e9n fluye, es decir, que hayas adquirido unos patrones de comportamiento aumenta la probabilidad (que no determina) hacer una persona violenta. Lo que si est\u00e1 claro es que hay una estructura de poder y de control. El dominio se le ha otorgado a un g\u00e9nero y que eso influye en que algunas veces consideren que perdamos una\u2026pertenencia. A un nivel subconsciente porque ninguno te lo va a reconocer. Es dif\u00edcil que lo reconozcan. No creo que venga\u2026por mucho estudio que haya\u2026 que le echa la culpa a los genes\u201d.<\/em><\/p>\n<p>&#8211; La tercera conclusi\u00f3n que extraemos es que estamos ante un fen\u00f3meno complejo que requiere de soluciones complejas. Afecta a mujeres, pero tambi\u00e9n a ni\u00f1os, personas mayores, etc, lo que requiere de respuestas en el \u00e1mbito personal de las personas afectadas y de respuestas en su \u00e1mbito social, como puede ser el caso del empleo. Por eso se propone la modificaci\u00f3n o ampliaci\u00f3n del \u201cconcepto de violencia de g\u00e9nero\u201d, como ya se est\u00e1 realizando por algunas autoridades en algunos \u00e1mbitos. Es el caso del Acuerdo de 21 de julio de 2020, del Consejo de Gobierno, por el que se toma conocimiento del Protocolo de respuesta p\u00fablica de la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda antes las violencias machistas<sup>718<\/sup>.<\/p>\n<p>En este Protocolo se incorpora un nuevo concepto de v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero ya que se\u00f1ala expresamente, en su punto 3.1, que <em>\u201ca los efectos de la Ley Andaluza contra la Violencia de G\u00e9nero, se consideran v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero y tendr\u00e1n reconocidos los derechos de esta norma sin necesidad de interposici\u00f3n de denuncia, tanto si se trata de violencia f\u00edsica, psicol\u00f3gica, sexual o econ\u00f3mica:<\/em> <em>La mujer que, por el hecho de serlo, independientemente de su edad, orientaci\u00f3n o identidad sexual, origen, etnia, religi\u00f3n, o cualquier otra condici\u00f3n o circunstancia personal o social, sufra un da\u00f1o o perjuicio sobre su persona. A estos efectos, el t\u00e9rmino \u00abmujer\u00bb incluye a las menores de edad que puedan sufrir violencia de g\u00e9nero.<\/em><\/p>\n<p><em>Las hijas e hijos que sufran la violencia a la que est\u00e1 sometida su madre.<\/em><\/p>\n<p><em>Las personas menores de edad, las personas mayores, las personas con discapacidad o en situaci\u00f3n de dependencia, que est\u00e9n sujetas a la tutela o guarda y custodia de la mujer v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero y que convivan en el entorno violento.<\/em><\/p>\n<p><em>Las madres cuyos hijos e hijas hayan sido asesinados\u201d.<\/em><\/p>\n<p>Este concepto va en la l\u00ednea de considerar cualquier forma de violencia en el seno de la unidad familiar, no s\u00f3lo frente a las mujeres propiamente sino frente a todas las personas que conviven en la unidad familiar, como as\u00ed lo han puesto de manifiesto algunas de las personas entrevistadas, y que supone una ampliaci\u00f3n del concepto que se recoge en la propia Ley Org\u00e1nica 1\/2004. Todo ello en consonancia tambi\u00e9n con el concepto m\u00e1s amplio que se recoge en el Convenio de Estambul y en el Eje cuarto del Pacto de Estado para la violencia de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>&#8211; La cuarta conclusi\u00f3n que extraemos se encuentra relacionada con los ejes de actuaci\u00f3n previstos en el Pacto de Estado en materia de violencia de g\u00e9nero. En concreto, en su Eje segundo se insiste en la mejora de la respuesta institucional a las v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero, a trav\u00e9s de la coordinaci\u00f3n y el trabajo en red. Esto lo podemos comprobar con el trabajo que llevan a cabo las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado. Cada Cuerpo de Seguridad del Estado tiene sus instrucciones de actuaci\u00f3n.<\/p>\n<p>La Guardia Civil dispone de una red de alerta y respuesta inmediata ante los incidentes que pudieran afectar a cualquier v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero, la cual est\u00e1 formada por: el Centro Operativo de Servicios de la Guardia Civil (COS), donde se atienden las 24 horas del d\u00eda todas las llamadas telef\u00f3nicas de emergencias efectuadas por los ciudadanos al tel\u00e9fono de la Guardia Civil \u201c062\u201d. Tambi\u00e9n se recibe en esta Central las comunicaciones efectuadas al tel\u00e9fono de emergencias 112, as\u00ed como las efectuadas a trav\u00e9s de otros canales de comunicaci\u00f3n y que puedan ser competencia de la Guardia Civil. Valorada la incidencia, es comunicada de inmediato a las patrullas de la Guardia Civil de servicio, las cuales despliegan y ejercen sus funciones en toda el \u00e1rea de responsabilidad de la Guardia Civil. Los integrantes de la patrulla de servicio adoptar\u00e1n las medidas necesarias para atender la incidencia.<\/p>\n<p>De ser necesario actuar\u00eda el Equipo Mujer-Menor (EMUME), con formaci\u00f3n espec\u00edfica y adecuada sobre la materia. Creados en el a\u00f1o 1995, son los equipos de Polic\u00eda Judicial de la Guardia Civil especializados en hechos delictivos en los que se encuentran implicados mujeres y menores, tanto en calidad de v\u00edctimas como de autores. Est\u00e1n compuestos por guardias civiles con la formaci\u00f3n necesaria para tratar de manera adecuada estos delitos. Los Equipos Mujer-Menor (EMUME,s) se despliegan a nivel comarcal y se encuadran en las Unidades Org\u00e1nicas de Polic\u00eda Judicial (UOPJs) de la Guardia Civil. Entre las misiones de los Equipos de Mujer-Menor de la Polic\u00eda Judicial de la Guardia Civil destacan: Asesorar y atender personalmente a las v\u00edctimas solicitando los apoyos asistenciales ofrecidos por otras Instituciones p\u00fablicas. Instruir las diligencias policiales en los hechos relevantes, as\u00ed como desarrollar la investigaci\u00f3n criminal hasta su esclarecimiento. Apoyar a las Unidades Territoriales de la Guardia Civil, encargadas de la Seguridad Ciudadana, a solucionar aquellos problemas que afectan de forma espec\u00edfica a la mujer y el menor<sup>719<\/sup>.<\/p>\n<p>La Polic\u00eda Nacional a trav\u00e9s de las Unidades de UFAM, unidades de Atenci\u00f3n a la Familia y Mujer, tambi\u00e9n otorgan un tratamiento particularizado. Se trata de una brigada operativa integrada por una Secci\u00f3n de Investigaci\u00f3n, que lleva a cabo el seguimiento y el apoyo a las UFAM territoriales en casos especialmente complejos, y una Secci\u00f3n Operativa de Protecci\u00f3n, que sobre todo realiza el cumplimiento de las medidas judiciales de protecci\u00f3n a las v\u00edctimas. Adem\u00e1s, el Gabinete de Estudios promueve iniciativas y medidas dirigidas a paliar las consecuencias sociales de los delitos de violencia de g\u00e9nero, dom\u00e9stica y sexual dise\u00f1ando planes de prevenci\u00f3n o elaborando informes t\u00e9cnicos<em>. \u201cEl germen de lo que hoy en d\u00eda es la UFAM se inici\u00f3 hace ya 30 a\u00f1os con la creaci\u00f3n de los primeros Servicios de Atenci\u00f3n a la Mujer (SAM) en Madrid y Barcelona. Desde entonces, se ha trabajado para adecuar esos servicios policiales a las demandas y necesidades de la realidad social de cada momento. En 1986, los citados SAM estaban compuestos por inspectoras que se desplazaban a las distintas comisar\u00edas para atender a las v\u00edctimas; m\u00e1s tarde, y a causa del incremento del n\u00famero de casos, se cre\u00f3 el Grupo de Delitos Sexuales y Malos Tratos, encuadrado en la Brigada Provincial de Polic\u00eda Judicial de Madrid, cuyas funciones no se limitaban a la atenci\u00f3n de v\u00edctimas de estas tipolog\u00edas delictivas o a la recepci\u00f3n de denuncias, sino tambi\u00e9n a la investigaci\u00f3n y esclarecimiento de los delitos. Progresivamente, el servicio se fue extendiendo al resto de ciudades espa\u00f1olas<sup>720<\/sup>\u201d<\/em>.<\/p>\n<p>Y finalmente, la Polic\u00eda Local y los Ayuntamientos de los cuales dependen, debemos decir que estos han recuperado en el a\u00f1o 2018 la competencia en esta materia, tras la derogaci\u00f3n de la disposici\u00f3n de la Ley de Racionalizaci\u00f3n y Sostenibilidad de la Administraci\u00f3n local, que se las retir\u00f3 en 2013.<\/p>\n<p>Para ayudar en esta coordinaci\u00f3n, dentro de la Pol\u00edtica de Seguridad P\u00fablica, conforme a lo establecido en el Acuerdo del Consejo de Ministros de 15 de diciembre de 2006, que aprueba el Cat\u00e1logo de medidas urgentes en la lucha contra la violencia de g\u00e9nero, entre la cuales se encuentra la creaci\u00f3n de una base de datos com\u00fan para las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, el Ministerio del Interior ha desarrollado una aplicaci\u00f3n inform\u00e1tica que da soporte al \u201cSistema de Seguimiento Integral de los casos de violencia de g\u00e9nero\u201d(Sistema VioG\u00e9n), dependiente de la Secretar\u00eda de Estado de Seguridad del Ministerio del Interior, que se puso en funcionamiento el 26 de julio del 2007, en cumplimiento tambi\u00e9n de lo establecido en la Ley Org\u00e1nica 1\/2004, de 28 de diciembre, \u201cde Medidas de Protecci\u00f3n Integral contra la Violencia de G\u00e9nero\u201d, siendo sus objetivos:<\/p>\n<p><em>\u201cAglutinar a las diferentes instituciones p\u00fablicas que tienen competencias en materia de violencia de g\u00e9nero, <\/em><\/p>\n<p><em>Integrar toda la informaci\u00f3n de inter\u00e9s que se estime necesaria, <\/em><\/p>\n<p><em>Hacer predicci\u00f3n del riesgo, <\/em><\/p>\n<p><em>Atendiendo al nivel de riesgo, realizar seguimiento y protecci\u00f3n a las v\u00edctimas en todo el territorio nacional, <\/em><\/p>\n<p><em>Efectuar una labor preventiva, emitiendo avisos, alertas y alarmas, a trav\u00e9s del \u201cSubsistema de Notificaciones Automatizadas\u201d, cuando se detecte alguna incidencia o acontecimiento que pueda poner en peligro la integridad de la v\u00edctima\u201d<sup>721<\/sup>.<\/em><\/p>\n<p>Esta misma necesidad de coordinaci\u00f3n o mejora de la misma se puede destacar de otros servicios que intervienen en esta materia, servicios de atenci\u00f3n a las v\u00edctimas, juzgados especializados, etc, as\u00ed como la mejora del n\u00famero de personas que trabajan en cada uno de estos servicios, as\u00ed nos lo han puesto de manifiesto las personas entrevistadas, a modo de ejemplo, reproducimos algunos testimonios:<\/p>\n<p><em>1.- \u201cTenemos que trabajar m\u00e1s el tema de la intervenci\u00f3n, el tema de la atenci\u00f3n, el tema de coordinaci\u00f3n y todos estos instrumentos, porque bueno, tambi\u00e9n la coordinaci\u00f3n entre los juzgados, los servicios de atenci\u00f3n, todo ese tipo de cosas, hay que irlas trabajando m\u00e1s\u2026\u201d.<\/em><\/p>\n<p><em>2.- \u201cSoy de la opini\u00f3n de que se puede coordinar mejor. Yo creo que lo dej\u00e9 caer en una de las preguntas, que a lo mejor hay muchos recursos o proyectos de formaci\u00f3n, de orientaci\u00f3n laboral que hacemos lo mismo, tambi\u00e9n tenemos que pensar, pararnos a pensar y decir; pues mire, vamos a dedicar unos cuantos recursos m\u00e1s a este tipo de trabajo, de orientaci\u00f3n laboral, la intermediaci\u00f3n y la protecci\u00f3n laboral. Y otra gente se dedica a mejorar la formaci\u00f3n, a estudiar estructuras o bonificaciones a las mujeres para que puedan acceder m\u00e1s f\u00e1cil al trabajo o mejorar la conciliaci\u00f3n de la vida familiar, para que ellas tengan esa facilidad para poder acceder a trav\u00e9s del teletrabajo. Se aprob\u00f3 un Real Decreto, pero que, puedan tambi\u00e9n acceder a aquella realidad de compatibilizar las dos cosas, pienso yo\u201d.<\/em><\/p>\n<p><em>3.- \u201cEn violencia de g\u00e9nero se establecen comisiones de trabajo pero si tengo que ser sincera, no son efectivas. Son muy lejos en el tiempo, dependen siempre de directrices pol\u00edticas de qui\u00e9n tiene la competencia para convocar. Lo efectivo es el trabajo diario y la coordinaci\u00f3n\u2026no se s\u00ed podr\u00eda llamarle no oficial porque somos recursos p\u00fablicos, pero que no est\u00e1\u2026no tiene una estructura definida\u201d.<\/em><\/p>\n<p><em>4.- \u201cEn mi cargo de jefa de polic\u00eda de tres n\u00facleos de poblaci\u00f3n o con los planes Romero, los planes tal y cual, imaginaros, es que me resulta imposible. Yo ped\u00ed que se hubiese incorporado a m\u00e1s gente a la unidad, pero bueno, no se me ha aceptado ahora mismo. Para m\u00ed eso es un d\u00e9ficit importante que tenemos. Hacemos lo que podemos. Yo todos los a\u00f1os voy a los centros escolares, pero no voy las veces que yo quisiera ir. A m\u00ed no me gustar\u00eda dar una charla\u2026 Primero, yo no doy megacharlas a todo un cuarto de secundaria, yo voy aula por aula, de 20 por 20. \u00bfPor qu\u00e9? Porque yo tengo que dar informaci\u00f3n, pero yo tengo que recibir informaci\u00f3n. Muchas veces yo no llevo la clase preparada porque es que depende de lo que me encuentre, t\u00fa vas haciendo preguntas y te vas dando cuenta de lo que hay y dependiendo de lo que te encuentres, tienes que incidir sobre un tema o sobre otro y siempre se te quedan cosas pendientes. Entonces yo como m\u00ednimo creo que a una clase hay que ir tres veces \u00bfqu\u00e9 estoy yendo yo? pues una, una. Eso no, y con una y todo, es rara la clase que no me llama o el tutor o me llama el director diciendo: que despu\u00e9s de irte una ni\u00f1a se ha puesto a llorar. Y tengo que volver y preguntarle \u00bfpor qu\u00e9?, \u00bfqu\u00e9 te pasa? rara es la clase que no me pasa eso\u201d.<\/em><\/p>\n<p><em>5.- \u201cLo importante es que haya unidades espec\u00edficas de violencia de g\u00e9nero, esto no puede ser a criterio del jefe o jefa en este caso, de que consideres \u00e9ste un tema importante o no. No todo el mundo sirve para todo. No todos los polic\u00edas sirven para hacer guardia de tr\u00e1fico ni todos sirven para violencia de g\u00e9nero. Esto tiene que ser un perfil muy concreto, porque si no, no estamos ayudando\u201d<\/em><\/p>\n<p><em>6.- \u201cDespu\u00e9s la obligatoriedad resulta que van de paisano, porque yo quiero que vayan de paisano. Porque te cuesta la propia vida que la Subdelegaci\u00f3n del Gobierno te d\u00e9 la autorizaci\u00f3n. Porque adem\u00e1s va a depender mucho del capit\u00e1n de la zona que t\u00fa tengas, si considera bueno esto porque le piden un informe y algunos lo hacen, que s\u00ed y otros lo hacen que no, y lo hacen con mucho reparo. Y te llaman y te lo ponen como si me estuvieran haciendo a m\u00ed un favor. Hombre, te lo voy a poner\u2026 Porque mire, usted no me tiene usted que poner nada porque soy yo y porque no.<\/em><\/p>\n<p><em>Los polic\u00edas locales que trabajen con violencia de g\u00e9nero por ley tienen que trabajar de paisano. Y en un coche camuflado. Porque entonces \u00bfqu\u00e9 trabajo est\u00e1n haciendo? Si ya os he contado que yo hago el pino si hace falta, con tal de no victimizar m\u00e1s a la v\u00edctima. Pues eso es fundamental. Y que se creen, haya unidades, que haya unidades con expediente \u00fanico, con integraci\u00f3n total\u201d.<\/em><\/p>\n<p><em>7.- \u201cEl sistema VIOGEM est\u00e1 constituido para que trabajemos, y se distribuya la informaci\u00f3n entre los cuerpos de la seguridad. Trabajamos toda la fuerza del cuerpo de seguridad del Estado y polic\u00edas locales que tambi\u00e9n est\u00e1n adscritas al sistema, salvo los Mossos y la Polic\u00eda Vasca. Es \u00fanica que no trabaja en el sistema. El resto trabajamos. A m\u00ed me parece un sistema magn\u00edfico porque te permite tener toda la informaci\u00f3n de la v\u00edctima en una ficha, en un dossier. Si la v\u00edctima se va a Madrid y la Polic\u00eda Nacional\u2026luego se va a donde quiera llevamos todo su caso en el sistema, podemos mirar todas las valoraciones que ha tenido. Todas las denuncias que ha tenido, todos los quebrantamientos que ha tenido. Para m\u00ed funciona fenomenal sinceramente. El tema de las valoraciones, pues bueno, eso ya va un poquito a criterio de evaluador dedicar una casilla o la otra\u2026pero creo que hay un procedimiento bastante claro al respecto Por ejemplo los compa\u00f1eros me dicen Loli \u00bfesto qu\u00e9 es, leve o grave? \u00bfqu\u00e9 pongo?. \u00a1L\u00e9ete el manual! Te lo explica muy bien, claro. Si hay un estrangulamiento \u00bft\u00fa qu\u00e9 opinas? \u00bfqu\u00e9 es grave o leve? Es que\u2026 Si yo pongo grave el sistema me va a poner un nivel de riesgo superior. Cuando el sistema me da un nivel de riesgo superior tengo que tener m\u00e1s protecci\u00f3n porque el se\u00f1or es m\u00e1s peligroso. Y en ese juego, el evaluador\u2026 porque claro est\u00e1 en que seamos honestos y hagamos una buena valoraci\u00f3n o que enga\u00f1emos al sistema. Pero no est\u00e1s enga\u00f1ando al sistema, est\u00e1s poniendo en peligro a la v\u00edctima\u201d.<\/em><\/p>\n<p>&#8211; La quinta conclusi\u00f3n, y tambi\u00e9n relacionada con el contenido del Pacto de Estado, en concreto, con su Eje de actuaci\u00f3n tercero, donde se menciona a las mujeres mayores, las mujeres migrantes, las mujeres con cualquier tipo de discapacidad, las mujeres de minor\u00edas \u00e9tnicas y las mujeres del entorno rural, todas ellas requieren de una mayor visibilizaci\u00f3n en el Sistema Integral de protecci\u00f3n de las v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero. Hemos podido comprobar a lo largo del estudio de estos meses, que el \u00e1mbito geogr\u00e1fico y territorial en el cual residen las v\u00edctimas es un elemento especialmente importante a tener en cuenta. Las mujeres rurales tienen acceso a menos recursos, los que existen son escasos, y a veces desconocidos para ellas, adem\u00e1s de encontrarnos con la importancia que para estas mujeres tienen la opini\u00f3n p\u00fablica del entorno en el que residen, por ejemplo, por la simple entrada en el Cuartel de la Guardia Civil o Polic\u00eda Local, en los centros asistenciales, etc. Un caso especial tambi\u00e9n lo constituyen las mujeres inmigrantes.<\/p>\n<p>Los datos estad\u00edsticos analizados en el punto 1.2 de este informe, sobre colectivos doblemente vulnerables, muestran la necesidad de su consideraci\u00f3n m\u00e1s espec\u00edfica y visible en las pol\u00edticas de violencia de g\u00e9nero puestas en marcha desde el Estado, las Comunidades Aut\u00f3nomas y el \u00e1mbito local. La doble vulnerabilidad de los colectivos que estamos estudiando, no solo los dotan de peculiaridades en relaci\u00f3n con la espec\u00edfica situaci\u00f3n de violencia de g\u00e9nero que pudieran en su caso soportar -dificultando en muchas ocasiones un tratamiento integral frente a la misma-, sino que incluso m\u00e1s espec\u00edficamente, estos mismos rasgos de doble vulnerabilidad hacen que en la mayor\u00eda de ocasiones se integren tambi\u00e9n en colectivos igualmente postergados o \u201cmaltratados\u201d en el mercado laboral dificultando las posibilidades de actuaci\u00f3n en esta concreta vertiente. Nos remitimos a todo lo dicho sobre estos colectivos, especialmente, las mujeres mayores y las que viven en un entorno rural pues requieren de intervenciones particulares y no las generales previstas para las mujeres v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>Los entrevistados de ONG\u2019s, servicios jur\u00eddicos, de orientaci\u00f3n profesional, formativos, servicios de atenci\u00f3n a las v\u00edctimas, agentes de igualdad, servicios p\u00fablicos de empleo, cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado- nos han se\u00f1alado que:<\/p>\n<p><em>1.- \u201cLa mayor\u00eda son mujeres migrantes. El nivel de estudios de ellas suele ser bajo-medio. Graduado escolar, muy pocas tienen titulaci\u00f3n universitaria\u201d.<\/em><\/p>\n<p><em>2.- \u201cLa mayor\u00eda con las que trabajamos el tema edad y el ser o no nacional. Son mujeres de origen migrante. La mayor\u00eda, no te podr\u00eda decir ahora mismo un dato exacto. Pero s\u00ed que un porcentaje importante son mujeres inmigrantes\u201d.<\/em><\/p>\n<p><em>3.- \u201cMuchas mujeres de origen migrante vienen aqu\u00ed sin titulaci\u00f3n. Si ellas eran en su pa\u00eds de origen ingenieras, aqu\u00ed ahora mismo son \u201csin estudios\u201d. Por eso intentamos regularle la titulaci\u00f3n. Es muy dif\u00edcil que puedan tener una oportunidad de empleo\u201d.<\/em><\/p>\n<p><em>4.- \u201cDespu\u00e9s est\u00e1n las dificultades a nivel de empresas. Las empresas tienen muchos matices que hacen que ellas tengan dificultades para ac<strong>[1]<\/strong>ceder\u2026prejuicios o al contrario; es decir, nosotras trabajamos con muchas empresas agr\u00edcolas. Dice yo quiero mujeres que quieran trabajar en el campo, pero tienen que ser rumanas. Es decir que a veces existe ese prejuicio, al contrario\u201d.<\/em><\/p>\n<p><em>5.- \u201cLas mujeres\u2026un porcentaje m\u00e1s o menos alto, son\u2026 gente que tiene otras nacionalidades y residen en el municipio de Arona\u2026Podemos hablar de sudamericanas, venezolanas\u2026que vienen retornadas tambi\u00e9n, porque tampoco hay que olvidar que Canarias\u2026la emigraci\u00f3n con Venezuela ha sido muy fuerte, y Venezuela por los problemas que ha tenido\u2026 mucha de la gente que ha venido aqu\u00ed y se encuentra ahora mismo en una situaci\u00f3n de cara al empleo complicada. Situaci\u00f3n complicada porque salieron de Venezuela sin ning\u00fan tipo de documentaci\u00f3n\u2026 mujeres que tienen bachillerato terminado, pero no tienen los t\u00edtulos homologados aqu\u00ed. La cosa de no obtener ni estudios en Espa\u00f1a\u2026 Va a haber mujeres que tienen un bachillerato terminado, pero no tienen los t\u00edtulos homologados. Aqu\u00ed la cosa no obtener ni estudios en Espa\u00f1a. Y bueno estamos intentando hacerles formaci\u00f3n o que ellas homologuen sus t\u00edtulos para poder acceder al trabajo\u2026 a un trabajo de m\u00e1s calidad o puedan hacer algunos proyectos de formaci\u00f3n, o bien el grado en E.S.O y Bachillerato, lo m\u00ednimo que te piden\u201d.<\/em><\/p>\n<p><em>6.- \u201cLa poblaci\u00f3n inmigrante y poblaci\u00f3n gitana, un problema grande que tiene es que luego adem\u00e1s el mercado laboral es muy racista, quiero decir que incluso\u2026 o sea que si t\u00fa ya tienes una muchacha gitana joven que ven\u00eda sin formaci\u00f3n pero que igual hace una formaci\u00f3n y se prepara, y de repente dices: bueno, ya s\u00ed tiene un perfil mucho m\u00e1s empleable que cuando yo\u2026 Pues va a salir a la calle y no va a encontrar empleo que otra persona con ese perfil encontrar\u00eda. \u00c9sa tambi\u00e9n es una gran barrera, entonces\u2026hay una gran barrera para m\u00ed en el trato con mujeres gitanas e inmigrantes que es cuando ellas no tienen apoyo familiar, cuando tienen apoyo familiar en esa decisi\u00f3n de separarse, bueno, podemos trabajar, pero cuando no tienen apoyo familiar, pues entran en una situaci\u00f3n de soledad en la que todo su entorno les presiona para que vuelvan con el agresor por un motivo cultural o yo qu\u00e9 s\u00e9 qu\u00e9 y entonces es todo el rato una marcha atr\u00e1s, porque esa persona igual en un momento de violencia o de crisis m\u00e1s fuerte ha dado ese paso de hasta aqu\u00ed, as\u00ed no se puede vivir, pero luego parece que las \u00fanicas locas que apoyamos esa posici\u00f3n, pues somos profesionales que claro, no somos sus amigas, no vivimos su d\u00eda a d\u00eda, no tenemos su situaci\u00f3n diaria y todas sus t\u00edas, las primas, vecinas, lo que ser\u00eda la red social con quien vive, padres, madres, patriarca, im\u00e1n\u2026 pues ejerce un tema hacia\u2026claro, tres hijos, no tienes trabajo, est\u00e1s sufriendo, claro es que \u2026hay que darle otra oportunidad, es que tal, es que&#8230; Entonces si no tienen el apoyo familiar que los padres, padre y madre digan: no, a mi hija, esto no se le hace, t\u00fa te vienes aqu\u00ed y te vamos a apoyar\u2026 Si no tienes apoyo familiar, pues vuelven todas con el agresor, pues entonces es que es una situaci\u00f3n pues muy dif\u00edcil\u201d.<\/em><\/p>\n<p><em>7.- \u201cOtro problema que tenemos es con las \u00e1rabes, las musulmanas con el NIE, para abrir cartillas en el banco y hay algunas entidades que nos ponen dificultades, para tener un n\u00famero de cuenta a nombre de ellas para poder cobrar la prestaci\u00f3n econ\u00f3mica\u201d.<\/em><\/p>\n<p><em>8.- \u201cDespu\u00e9s por otro lado podr\u00edamos tambi\u00e9n hablar de otras mujeres muy bien preparadas con m\u00e1ster y con titulaciones universitarias, pero tienen 55 a\u00f1os. 51 a\u00f1os \u2013 55 a\u00f1os es muy dif\u00edcil insertarse en el mercado de trabajo porque desgraciadamente no premian la experiencia que pueda tener esa persona (sea hombre o mujer) sino la edad\u201d.<\/em><\/p>\n<p>&#8211; La sexta conclusi\u00f3n es que de acuerdo con el Eje quinto del Pacto de Estado es precisa la formaci\u00f3n de los diferentes agentes que intervienen en este materia. En este sentido podemos destacar un ejemplo reciente con la aprobaci\u00f3n del Acuerdo de 13 de octubre de 2020, del Consejo de Gobierno de la Junta de Andaluc\u00eda, por el que se aprueba la formulaci\u00f3n de Plan Integral de Sensibilizaci\u00f3n y Prevenci\u00f3n contra la violencia de g\u00e9nero en Andaluc\u00eda para los a\u00f1os 2021 a 2025<sup>722<\/sup>. Queremos poner el \u00e9nfasis en que se trata de un ejemplo m\u00e1s de c\u00f3mo se articulan las actuaciones en esta materia desde el punto de vista de su eficacia y eficiencia. Este Plan Integral parte de las competencias que la Comunidad Aut\u00f3noma de Andaluc\u00eda tiene en la materia de acuerdo con su Estatuto de Autonom\u00eda y con su propia Ley de Violencia de G\u00e9nero, como ocurre en el resto de Comunidades Aut\u00f3nomas<sup>723<\/sup>, todas ellas con competencia en la materia. Es decir, estamos ante una \u201ccompetencia compartida\u201d entre el Estado y las Comunidades Aut\u00f3nomas.<\/p>\n<p>Se parte de la idea de que, a pesar de los avances normativos, la disposici\u00f3n de recursos de diferente naturaleza, no se ha conseguido la eliminaci\u00f3n ni la suficiente modificaci\u00f3n de los \u201cfactores culturales\u201d que subyacen en el origen de este problema, por ello se acude a la \u201csensibilizaci\u00f3n, formaci\u00f3n e informaci\u00f3n\u201d para prevenir, atender y erradicar la violencia de g\u00e9nero, principalmente aunque no exclusiva[1]mente a trav\u00e9s del Instituto Andaluz de la Mujer. El Plan tiene como objetivo establecer las directrices, los objetivos y las l\u00edneas b\u00e1sicas de intervenci\u00f3n, para modificar los mitos, modelos y prejuicios existentes sobre la materia, teniendo en cuenta que la violencia de g\u00e9nero se debe presentar como un fen\u00f3meno estructural y multidimensional; que se deben analizar sus causas y consecuencias; que se debe promover el rechazo social del maltratador o agresor, se\u00f1alando sus responsabilidades con el fin de evitar la imagen de impunidad, poner el foco en sus condenas; presentar a las mujeres como \u201csupervivientes\u201d y como referentes de lucha por los derechos y libertades; visibilizar toda clase de violencia de g\u00e9nero; incluir en especial a las mujeres con discapacidad y que viven en el entorno rural como grupo de especial riesgo y necesidad de atenci\u00f3n.<\/p>\n<p>Para conseguir todo esto, el contenido del Plan debe incluir al menos:<\/p>\n<ul>\n<li>Un an\u00e1lisis de la situaci\u00f3n de partida en Andaluc\u00eda, as\u00ed como un marco normativo y conceptual.<\/li>\n<li>Un diagn\u00f3stico de la sensibilizaci\u00f3n y prevenci\u00f3n de la violencia de g\u00e9nero en la Comunidad Aut\u00f3noma.<\/li>\n<li>La determinaci\u00f3n de los objetivos o l\u00edneas estrat\u00e9gicas perseguidas, con relaci\u00f3n a acciones y actuaciones, recursos y ejes de actuaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Una organizaci\u00f3n o sistema para la gesti\u00f3n del Plan que determine o distribuya las responsabilidades en su formulaci\u00f3n y ejecuci\u00f3n.<\/li>\n<li>Un sistema de seguimiento y evaluaci\u00f3n del Plan y sus correspondientes indicadores de cumplimiento.<\/li>\n<li>Una propuesta de cronograma de realizaci\u00f3n de las acciones.<\/li>\n<\/ul>\n<p>El Plan integral desarrollar\u00e1, como m\u00ednimo, las siguientes estrategias de actuaci\u00f3n:<\/p>\n<p><em>a) Educaci\u00f3n, con el objetivo fundamental de incidir, desde la etapa infantil hasta los niveles superiores, en la igualdad entre mujeres y hombres y en el respeto de los derechos y libertades fundamentales, dotando de los instrumentos que permitan la detecci\u00f3n precoz de la violencia de g\u00e9nero, incluyendo la coeducaci\u00f3n de manera transversal y la educaci\u00f3n afectivo-sexual de acuerdo con el desarrollo evolutivo de los ni\u00f1os y ni\u00f1as. <\/em><\/p>\n<p><em>b) Comunicaci\u00f3n, cuya finalidad esencial es sensibilizar a mujeres y hombres, modificar los modelos y actitudes, mitos y prejuicios sexistas y concienciar a la sociedad sobre la violencia de g\u00e9nero como una problem\u00e1tica social que atenta contra nuestro sistema de valores. <\/em><\/p>\n<p><em>c) Detecci\u00f3n, atenci\u00f3n y prevenci\u00f3n de la violencia de g\u00e9nero, prestando una especial consideraci\u00f3n a los grupos de mujeres m\u00e1s vulnerables. <\/em><\/p>\n<p><em>d) Sensibilizaci\u00f3n, programas y actuaciones de prevenci\u00f3n de todas las formas de violencia y desigualdades de g\u00e9nero dirigidos a la poblaci\u00f3n masculina, con especial incidencia entre los j\u00f3venes, insistiendo en la necesidad de promover una sociedad m\u00e1s igualitaria entre mujeres y hombres. <\/em><\/p>\n<p><em>e) Formaci\u00f3n y especializaci\u00f3n de profesionales de los distintos sistemas p\u00fablicos de promoci\u00f3n y protecci\u00f3n social, con el objetivo fundamental de garantizar una formaci\u00f3n suficiente y permanente que les permita la prevenci\u00f3n, la detecci\u00f3n precoz, la atenci\u00f3n, la recuperaci\u00f3n de las v\u00edctimas y la intervenci\u00f3n con hombres para prevenir la violencia de g\u00e9nero, promover los valores de igualdad, los buenos tratos y, en su caso, la rehabilitaci\u00f3n del agresor. <\/em><\/p>\n<p><em>f) Formaci\u00f3n y especializaci\u00f3n de profesionales en el \u00e1mbito laboral, en colaboraci\u00f3n con las organizaciones empresariales y sindicales, para la prevenci\u00f3n y la sensibilizaci\u00f3n del acoso sexual y el acoso por raz\u00f3n de sexo. <\/em><\/p>\n<p><em>g) Coordinaci\u00f3n y cooperaci\u00f3n de los distintos operadores implicados en el objetivo de erradicaci\u00f3n de la violencia de g\u00e9nero, con la Administraci\u00f3n de Justicia y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, a fin de garantizar la no victimizaci\u00f3n de las mujeres y la eficacia en la prestaci\u00f3n de los servicios. <\/em><\/p>\n<p><em>h) Elaboraci\u00f3n, impulso y actualizaci\u00f3n de protocolos de actuaci\u00f3n, en especial de aquellos que permitan valorar, reducir y, en su caso, alertar sobre los niveles de riesgo potencial de violencia de g\u00e9nero\u201d<sup>724<\/sup>.<\/em><\/p>\n<p>Cuanto lamentamos, desde nuestro punto de vista, que para elaborar este tipo de documentos no se consulte con las personas que est\u00e1n en trato directo con las mujeres v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero, con los miembros y fuerzas de seguridad del Estado, con las personas que atiende a estas mujeres en los diferentes servicios sociales, desde los centros m\u00e9dicos de sus localidades hasta los colegios en los cuales est\u00e1n escolarizados sus hijos\/as, con las personas de entidades colaboradoras como Cruz Roja, con las personas que trabajan en el Servicio de Asistencia a V\u00edctimas en Andaluc\u00eda, etc, el resultado habr\u00eda sido otro, por las siguientes razones que exponemos.<\/p>\n<p>Es importante trabajar con los agresores y maltratadores, pero no s\u00f3lo haciendo visibles sus condenas, porque no todos son condenados, adem\u00e1s de que esta forma de intervenci\u00f3n nunca es restaurativa para ninguna de las partes implicadas. No existen medidas legales para que ante una posible situaci\u00f3n de riesgo, si no existe denuncia, y esta no siempre es la mejor v\u00eda para atajar el problema, el agresor no contin\u00fae desde ese momento en contacto con las mujeres y las personas dependientes a su cargo. Ser\u00eda lo deseable pero hoy por hoy no siempre existe <em>\u201cCoordinaci\u00f3n y cooperaci\u00f3n de los distintos operadores implicados en el objetivo de erradicaci\u00f3n de la violencia de g\u00e9nero, con la Administraci\u00f3n de Justicia y las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad\u201d.<\/em><\/p>\n<p>&#8211; Como s\u00e9ptima conclusi\u00f3n y destacando previsiones tambi\u00e9n del Pacto de Estado para la violencia de g\u00e9nero, adem\u00e1s de otras normas y documentos consultados durante esta investigaci\u00f3n, se insiste en la importancia de la \u201cevaluaci\u00f3n\u201d de todas las medidas puestas en pr\u00e1ctica. Esta evaluaci\u00f3n es escasa y no coordinada, lo que dificultad poder identificar las buenas y malas pr\u00e1cticas.<\/p>\n<p>&#8211; Desde el punto de vista del tratamiento de la materia en la negociaci\u00f3n colectiva y como octava conclusi\u00f3n, recordar como ya expresamos anteriormente que aproximadamente uno de cada tres convenios firmados durante los \u00faltimos a\u00f1os suele incorporar cl\u00e1usulas sobre esta materia, siendo especialmente frecuente en los convenios de sector frente a los de empresa, y en cada uno de estos \u00e1mbitos funcionales, en las unidades de mayores dimensiones. De ah\u00ed que el posible fomento de las mismas debiera focalizarse en las unidades sectoriales y empresariales de menores dimensiones que a\u00fan no las hayan incorporado. Lo que tiene m\u00e1s sentido si tenemos en cuenta que ser\u00e1n esos \u00faltimos \u00e1mbitos d\u00f3nde mejor se puedan conocer las necesidades y dificultades de estas personas que sufren violencia de g\u00e9nero.<\/p>\n<p>En cuanto al tipo de cl\u00e1usulas que se recogen en la negociaci\u00f3n colectiva, hemos encontrado dos tipos como ya dijimos, unas en las cuales se recoge en un solo art\u00edculo del convenio colectivo todas las referencias que en el mismo se hacen sobre violencia de g\u00e9nero, y otras en varios preceptos relativos al acoso, a la discriminaci\u00f3n de g\u00e9nero o la obligaci\u00f3n o no de elaborar planes de igualdad, a la atenci\u00f3n junto con las v\u00edctimas de terrorismo, remiti\u00e9ndose simplemente a la normativa espec\u00edfica del a\u00f1o 2004 y siguientes.<\/p>\n<p>A nuestro juicio, parece evidente que, aunque ambos modelos pueden dar buen resultado, lo m\u00e1s frecuente \u2013al menos esa es nuestra apreciaci\u00f3n personal\u2013 es que sea el primer modelo el que permite un tratamiento m\u00e1s homog\u00e9neo, unificado y amplio de estas cuestiones; el que m\u00e1s f\u00e1cilmente permite en su caso a la v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero conocer cu\u00e1l es la bater\u00eda de medidas que se le atribuye en su empresa o sector y el que elimina discordancias, desconexiones y tratamientos limitados solo a una o escasamente dos de las garant\u00edas previstas legalmente. Ello obviamente no siempre ocurre as\u00ed.<\/p>\n<p>&#8211; La novena conclusi\u00f3n que destacamos tambi\u00e9n relacionada con los procesos de negociaci\u00f3n colectiva, es que si bien encontramos referencias a las mujeres v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero en algunos aspectos, es pr\u00e1cticamente inexistente la referencia a las dobles causas de vulnerabilidad que hemos analizado en este estudio. Encontramos normalmente un tratamiento general, que no distinguen en funci\u00f3n de las peculiares circunstancias que pueden tener estas mujeres, no se hace referencia a los subgrupos que hemos distinguido de mujeres v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero que sufren alg\u00fan grado de discapacidad, viven en entornos rurales, son mayores de una determinada edad o tienen una determinada nacionalidad. Adem\u00e1s, en aquellos escas\u00edsimos supuestos en los que las hay, esta referencia se traduce en la simple colocaci\u00f3n de estos colectivos \u2013mayores, discapacitadas, inmigrantes\u2026\u2013 como otros grupos equiparables a los de la violencia de g\u00e9nero y, por tanto, sin analizar el impacto que este doble factor de vulnerabilidad puede tener para estos concretos colectivos de v\u00edctimas de la violencia de g\u00e9nero. Como ya se\u00f1alamos, un an\u00e1lisis sectorial del tejido negocial seleccionado permite incluso detectar un tratamiento m\u00e1s aislado o menos completo de estas materias en alguno de los sectores en los que podr\u00edan encuadrarse estos colectivos como el agropecuario, la hosteler\u00eda, la limpieza o la restauraci\u00f3n. De ah\u00ed que seguramente fuera deseable, no solo una mayor atenci\u00f3n a este tema por parte de los negociadores en este \u00e1mbito, sino tambi\u00e9n una atenci\u00f3n m\u00e1s singularizada o concreta para las espec\u00edficas necesidades de estos subgrupos en nuestro tejido negocial.<\/p>\n<p>En este \u00e1mbito seguramente deber\u00edan jugar un papel fundamental las estructuras organizativas de las organizaciones sindicales m\u00e1s representativas de nuestro pa\u00eds, para conocer las particularidades de ciertos sectores y grupos de trabajadores, en este caso de trabajadoras. Quiz\u00e1s fuera interesante la posible actuaci\u00f3n de los organismos administrativos y tripartitos, de concertaci\u00f3n o de di\u00e1logo social, o de an\u00e1lisis permanente de la negociaci\u00f3n colectiva territorial, ya sea nivel estatal \u2013Comisi\u00f3n Consultiva Nacional de Convenios Colectivos\u2013 como a nivel de Comunidades Aut\u00f3nomas \u2013Consejos de Relaciones Laborales\u2013, y, en el caso andaluz, el Consejo Andaluz de Relaciones Laborales\u2013.<\/p>\n<p>En cuanto a los Planes de Igualdad, decir que los mismos en unas ocasiones se insertan en el propio texto del convenio colectivo aunque como un ep\u00edgrafe independiente y en otras ocasiones dan lugar un texto independiente del convenio colectivo propiamente dicho. En estos planes de igualdad se destacan como objetivos difundir y ampliar los derechos y garant\u00edas de las mujeres v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero, a veces por propia iniciativa de sus reguladores a veces por la remisi\u00f3n que se produce en el convenio colectivo que resulta aplicable en la organizaci\u00f3n, como ocurre con el sector del comercio vario de Madrid de 2019, en cual destacan medias ya tradicionales previstas para otros colectivos o para la propia mujer pero que se encuentra en situaciones distintas, como es el caso de la elecci\u00f3n de turno, reordenaci\u00f3n del tiempo de trabajo, derecho a la indemnizaci\u00f3n del despido improcedente cuando es la mujer v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero la que resuelve el v\u00ednculo laboral, no tratando por tanto la situaci\u00f3n como un caso de dimisi\u00f3n por voluntad del trabajador. Tambi\u00e9n se prev\u00e9n mejoras de los periodos previstos legalmente para la suspensi\u00f3n, excedencia y movilidad geogr\u00e1fica de estas v\u00edctimas; el pago de alguna compensaci\u00f3n a cargo de la empresa cuando se vean obligadas a reducir las jornadas de trabajo; la posibilidad de acudir al teletrabajo o trabajo a domicilio, cuando l\u00f3gicamente este domicilio es distinto del que ocupaba con el agresor o bien porque este ya no conviva con la mujer v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero; recibir anticipos o pr\u00e9stamos normal sin devengo de inter\u00e9s o a un bajo inter\u00e9s, el pago de las atenciones psicol\u00f3gicas y jur\u00eddicas que precisen estas mujeres, todo ello con cargo a la empresa; derechos de estas trabajadoras a la formaci\u00f3n que se imparte en la empresa; cl\u00e1usulas que recogen medidas de acciones positiva como es el caso de la preferencia para acceder a esa formaci\u00f3n antes citada, incluso clausulas de novaci\u00f3n del contrato de trabajo, como es el caso del paso a contratos indefinidos a tiemplo completo en los casos en los cuales est\u00e1n mujeres aun no fueran titulares de los mismos, si ella lo solicita as\u00ed; cambio de centro de trabajo o turno para no coincidir con el agresor si ambos trabajan para la misma empresa; modificaciones de disfrutes de permisos y vacaciones con preferencia a otros trabajadores de la organizaci\u00f3n, lo que sin duda va a afectar al resto de la plantilla, etc.<\/p>\n<p>Para terminar, queremos destacar una previsi\u00f3n contenida en estos planes de igualdad que no se traduce en algo concreto y que podr\u00eda ser tildada de expresi\u00f3n vac\u00eda de contenido como es el caso de la previsi\u00f3n contenida en el convenio de cajas y entidades de ahorro del a\u00f1o 2018, cuando se\u00f1ala que estas personas \u201cdispondr\u00e1n del apoyo solidario de la Entidad\u201d.<\/p>\n<p>&#8211; En la conclusi\u00f3n d\u00e9cima y en relaci\u00f3n con las Pol\u00edticas P\u00fablicas que facilitan la inserci\u00f3n sociolaboral de estas mujeres, podemos decir que tradicionalmente las Pol\u00edticas de Empleo en Espa\u00f1a se han ocupado de colectivos especialmente vulnerables. Hoy d\u00eda el empleo es un bien escaso, y el desempleo se ha convertido en un problema estructural y no coyuntural, llegando a ser uno de los riesgos m\u00e1s graves y costosos, social y econ\u00f3micamente de cualquier sociedad. Si esta reflexi\u00f3n la trasladamos a los colectivos que analizamos en este estudio resulta que la situaci\u00f3n se agrava porque los condicionantes que les hacen m\u00e1s vulnerables tambi\u00e9n se agravan. Como simple recordatorio decir que la pol\u00edtica de empleo, por una parte, va dirigida a la creaci\u00f3n de empleo, y por otra, a ofrecer una protecci\u00f3n adecuada a quien no encuentra o bien pierde ese empleo. Por eso es tan importante la relaci\u00f3n de la Pol\u00edtica de empleo con la Pol\u00edtica Econ\u00f3mica de un pa\u00eds, las pol\u00edticas econ\u00f3micas que se aprueben en un pa\u00eds incidir\u00e1n sobre las pol\u00edticas de empleo y estas en los colectivos vulnerables que estudiamos. No olvidemos que los Estados, m\u00e1s all\u00e1 de la oferta de empleo p\u00fablico, no son los que generan puestos de trabajo, estos se generan en las empresas privadas cuyo devenir se encuentra muy influenciado por la situaci\u00f3n y pol\u00edtica econ\u00f3mica del pa\u00eds en cuesti\u00f3n. Sin duda la situaci\u00f3n econ\u00f3mica de este a\u00f1o 2020 es cr\u00edtica, tenemos una crisis econ\u00f3mica de la que no nos hab\u00edamos recuperado a\u00fan iniciada alrededor de los a\u00f1os 2007 y 2008, que se ha visto agravada con una crisis sanitaria tambi\u00e9n mundial que ha hecho que se produzca una disminuci\u00f3n de la importancia otorgada al empleo de estos colectivos, no a la situaci\u00f3n de maltrato que sufren las mujeres, ya que desde el confinamiento del mes de marzo se ha reforzado la informaci\u00f3n disponible para estas mujeres. Tambi\u00e9n la coyuntura Pol\u00edtica influye y especialmente los mandatos que nos llegan de Europa.<\/p>\n<p>En todo este escenario podemos afirmar, como ya destacamos en p\u00e1ginas previas, que s\u00f3lo en un marco econ\u00f3mico estable y pr\u00f3spero se conseguir\u00e1 garantizar la continuidad en el mercado de trabajo de estos colectivos vulnerables, siendo los primeros en ser expulsados ante una situaci\u00f3n de crisis econ\u00f3mica. Adem\u00e1s, desde el punto de vista de la precarizaci\u00f3n, tambi\u00e9n son un colectivo especialmente afectado por ella. Como se\u00f1alamos en el cap\u00edtulo sobre pol\u00edticas de empleo, la Ley de Empleo de 2015 prev\u00e9 que <em>\u201clos Servicios P\u00fablicos de Empleo deber\u00e1n dise\u00f1ar itinerarios individuales y personalizados de empleo que combinen las diferentes medidas y pol\u00edticas, debidamente ordenadas y ajustadas al perfil profesional de las personas que los integran y a sus necesidades espec\u00edficas\u201d<\/em> ateniendo a las especiales circunstancias de los colectivos m\u00e1s desfavorecidos. Pudiendo incluso, si es necesario, valorar la posibilidad de coordinarse con los servicios sociales para dar una mejor atenci\u00f3n a estas personas.<\/p>\n<p>En definitiva, toda la normativa aplicable al empleo en sentido ampl\u00edo de estos colectivos, pretende bien el mantenimiento del mismo para las mujeres que ya lo tienen, de manera que otorg\u00e1ndoles ciertos derechos y prerrogativas puedan adaptarlo y conservarlo; bien la creaci\u00f3n de empleo, la inserci\u00f3n en el mercado de trabajo de estas mujeres, siendo esta situaci\u00f3n la m\u00e1s abundante en la pr\u00e1ctica por las respuestas obtenidas en las entrevistas realizadas. En cuanto a las medidas de apoyo a la inserci\u00f3n en el mercado de trabajo, el art\u00edculo 22 de la LOVG regula la obligaci\u00f3n de elaborar, en el marco del Plan de Empleo del Reino de Espa\u00f1a, un \u201cprograma de acci\u00f3n espec\u00edfico para las v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero inscritas como demandantes de empleo\u201d. De este modo, la propia Ley garantiza que exista un programa de activaci\u00f3n y protecci\u00f3n en materia de empleo de las mujeres v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero, que deber\u00e1 incluir, adem\u00e1s, medidas para favorecer el inicio de una actividad por cuenta propia. Esto \u00faltimo resulta casi imposible de plantear para las mujeres v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero, pues se trata de mujeres que \u201ccasi no pueden mantener un empleo por cuenta ajena, mucho menos por cuenta propia\u201d. No podemos olvidar que estas mujeres primero requieren ser recuperadas como seres humanos, es necesario trabajar con ellas su autoestima, creencia en ellas mismas, la superaci\u00f3n de miedos, la insuficiencia de recursos econ\u00f3micos, etc. Por ello, el legislador opta por otorgar a estas personas una atenci\u00f3n de car\u00e1cter integral, cubriendo todas las facetas posibles, no s\u00f3lo la laboral.<\/p>\n<p>En cuanto a esos programas de inserci\u00f3n sociolaboral espec\u00edficos, destacar el aprobado por el Real Decreto 1917\/2008, de 21 de noviembre, que regula un conjunto de medidas dirigidas a las \u201cv\u00edctimas desempleadas inscritas en los servicios p\u00fablicos de empleo, que buscan su inserci\u00f3n sociolaboral y, de este modo, acceder a una independencia econ\u00f3mica y personal necesaria para romper el v\u00ednculo con el agresor y lograr su efectiva recuperaci\u00f3n integral\u201d. Este programa contiene varias medidas relacionadas con la inserci\u00f3n sociolaboral de estas mujeres (art. 2 del RD): incentivos econ\u00f3micos para que las empresas las contraten; la elaboraci\u00f3n por los Servicios p\u00fablicos de empleo del llamado Itinerario sociolaboral individualizado; la impartici\u00f3n por estos servicios o entidades colaboradoras de programas formativos espec\u00edficos dirigidos a favorecer su inserci\u00f3n sociolaboral por cuenta ajena; ayudas econ\u00f3micas para las mujeres que asistan a estos programas formativos o becas de estudio; redes de orientaci\u00f3n profesional y mejora de la empleabilidad; y finalmente la firma de convenios, por parte de la Delegaci\u00f3n del Gobierno para la Violencia de G\u00e9nero, con empresas para facilitar la contrataci\u00f3n de mujeres v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero y su movilidad geogr\u00e1fica.<\/p>\n<p>Como ya destacamos en p\u00e1ginas previas, con la ampliaci\u00f3n de los sistemas de acreditaci\u00f3n de la situaci\u00f3n de v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero en 2018, se pretendi\u00f3 reformar una regulaci\u00f3n demasiado estricta, que dejaba fuera del \u00e1mbito subjetivo de la norma a muchas mujeres v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero, por el mero hecho de no haber obtenido una orden de protecci\u00f3n, por ejemplo. La reforma responde a una doble finalidad. Por una parte, \u201cconcretar y ampliar los t\u00edtulos judiciales habilitantes para acreditar la condici\u00f3n de v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero\u201d. Y, por otra, \u201cestablecer otros t\u00edtulos no judiciales habilitantes para los casos en los que no hay denuncia y, en consecuencia, tampoco existe procedimiento judicial abierto\u201d, ya que, es posible constatar que un alto porcentaje de v\u00edctimas asesinadas por violencia de g\u00e9nero no han denunciado nunca la situaci\u00f3n de maltrato que sufr\u00edan. Con ello, la norma sigue las recomendaciones del art. 18.3 del Convenio del Consejo de Europa sobre prevenci\u00f3n y lucha contra la violencia contra la mujer y la violencia dom\u00e9stica, que exige \u201cno supeditar la protecci\u00f3n de las v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero al ejercicio por parte de aqu\u00e9llas de acciones legales ni a la declaraci\u00f3n contra el autor\u201d.<\/p>\n<p>Como hemos advertido, es un colectivo bastante heterog\u00e9neo, en cuanto a edad, situaci\u00f3n familiar o procedencia, cuyo \u00fanico elemento com\u00fan es la situaci\u00f3n de v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero, por lo que no resulta f\u00e1cil dise\u00f1ar pol\u00edticas de empleo comunes para todas las personas que encontramos en este grupo. Siendo as\u00ed que es preciso atender a otros factores de discriminaci\u00f3n para poder dise\u00f1ar los instrumentos adecuados que logren la integraci\u00f3n de las mujeres v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero en el mercado de trabajo.<\/p>\n<p>&#8211; En la conclusi\u00f3n d\u00e9cimo primera y sobre la Pol\u00edticas pasivas y de Protecci\u00f3n Social de las mujeres v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero, debe partirse de la idea de si estamos ante situaciones de contributividad porque la mujer realice una actividad profesional o asistencial en caso contrario. Como ya dijimos, la realizaci\u00f3n o no de un trabajo y la forma en que \u00e9ste se desempe\u00f1e, es decir, por cuenta ajena, por cuenta propia o en r\u00e9gimen funcionarial, adquiere especial relevancia al configurar el modelo de protecci\u00f3n social de las v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero, ya sea respecto de la prestaci\u00f3n por desempleo, incapacidad temporal, etc. Tambi\u00e9n destacamos que se han introducido adecuaciones o ajustes en otras prestaciones, como en la pensi\u00f3n de jubilaci\u00f3n o en las prestaciones por muerte y supervivencia, para la protecci\u00f3n de las v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero. Aunque lo cierto, es que en la mayor\u00eda de las ocasiones nos encontraremos ante mujeres que no han contribuido previamente al sistema de seguridad social, lo que nos lleva al nivel asistencial del mismo, que parte de la carencia de recursos de la v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero y no de su situaci\u00f3n profesional, aunque para algunos recursos o prestaciones como ya hemos visto en el cap\u00edtulo correspondiente de este informe, se exige que sean demandantes de empleo formalmente. Todo esto ha planteado en nuestro examen la necesidad primordial de que estas mujeres se encuentren debidamente informadas de todos los recursos que tienen a su disposici\u00f3n, como dispone el art\u00edculo 18 de la LOVG. Consideramos que esta es una pieza angular en la recuperaci\u00f3n de estas mujeres como se ha puesto de manifiesto en las entrevistas de varios informadores.<\/p>\n<p>Como se ha se\u00f1alado anteriormente, la especial situaci\u00f3n de necesidad en que se encuentran las v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero ha permeado tanto en el sistema espa\u00f1ol de Seguridad Social como en los sistemas de Asistencia Social implementados y desarrollados por las Comunidades Aut\u00f3nomas, si bien cada una de ellas tiene su propia regulaci\u00f3n, recursos y por tanto, prestaciones a favor de estas mujeres. En materia de desempleo, el requisito de la no voluntariedad en la p\u00e9rdida del empleo previo se ha flexibilizado para estas mujeres, aunque ya hemos dicho que en su mayor\u00eda acuden a los sistemas asistenciales por no haber trabajado previamente o no haberlo hecho el suficiente tiempo para que se ponga en marcha el nivel contributivo. Esto es sin duda, una buena praxis legal. Ahora bien, incluso los ajustes o especialidades que se han realizado en la acci\u00f3n protectora del sistema de Seguridad Social, como se ha expuesto en detalle, presentan limitaciones y deficiencias que merman la protecci\u00f3n social de un colectivo tan vulnerable y necesitado de protecci\u00f3n como es el de las v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero. Lo que se debe a que la protecci\u00f3n de este colectivo se ha llevado a cabo a trav\u00e9s de un proceso evolutivo de acomodaci\u00f3n de prestaciones del sistema de Seguridad Social a la situaci\u00f3n de necesidad que deriva de la violencia de g\u00e9nero, sin que se haya avanzado en la ampliaci\u00f3n de la acci\u00f3n protectora mediante la incorporaci\u00f3n de una prestaci\u00f3n propia por raz\u00f3n de violencia de g\u00e9nero. Esta es una asignatura pendiente en nuestro ordenamiento jur\u00eddico. En el nivel no contributivo, encontramos deficiencias como las que se han puesto de manifiesto en el apartado cuarto de este estudio, aunque tambi\u00e9n es cierto que se ha avanzado con la incorporaci\u00f3n del ingreso m\u00ednimo vital, el cual muestra cierta sensibilidad a las v\u00edctimas de violencia de g\u00e9nero, que, aunque sea al amparo de esta protecci\u00f3n general para quienes se encuentran en situaci\u00f3n de vulnerabilidad econ\u00f3mica, queda tutelada, pese a que no sea una tutela propia y espec\u00edfica, s\u00ed les va a permitir en parte, un alejamiento del agresor y de la dependencia econ\u00f3mica que en muchas ocasiones existe.<\/p>\n<p>El problema se plantea cuando se agotan estas prestaciones y la mujer a\u00fan no est\u00e1 preparada para incorporarse al mercado de trabajo o esto le resulta dif\u00edcil por su formaci\u00f3n, situaci\u00f3n personal con personas dependientes a su cargo, etc. O cuando son mujeres pertenecientes a los colectivos doblemente vulnerables que hemos analizado, porque esos factores (edad, discapacidad, nacionalidad y\/o residencia en el medio rural) escasamente son tenidos en cuenta para la atenci\u00f3n que ofrecen los poderes p\u00fablicos, pese a la debilidad socioecon\u00f3mica de estas mujeres.<\/p>\n<p>&#8211; Como conclusi\u00f3n duod\u00e9cima y desde el punto de vista de la responsabilidad social de las organizaciones, destacar el t\u00edmido tratamiento de esta materia en los planes estrat\u00e9gicos de responsabilidad social, salvo las excepciones destacadas en la tabla de empresas que presentan sus informes a la Red Espa\u00f1ola de Pacto Mundial, lo que permite una lectura en positivo en el sentido de ser un campo aun por trabajar para las organizaciones, si bien, esto requiere de un buen conocimiento de todo el sistema integral de protecci\u00f3n a estas v\u00edctimas para poder cumplir los juicios de adicionalidad que requiere la responsabilidad social.<\/p>\n<p>&#8211; Y como conclusi\u00f3n decimoquinta y \u00faltima extra\u00edda de una parte importante de la entrevistas realizadas, recomendaci\u00f3n a seguir en todo el territorio nacional, siendo actualmente una buena pr\u00e1ctica que lleva a cabo el Grupo Prommesas de la Polic\u00eda Local de Almonte (Huelva), queremos destacar el llamado \u201cExpediente \u00danico\u201d de las mujeres que sufren violencia de g\u00e9nero. Esta necesidad de expediente \u00fanico es un mecanismo m\u00e1s para evitar la victimizaci\u00f3n secundaria o doble victimizaci\u00f3n que se produce por la relaci\u00f3n de la v\u00edctima con el sistema jur\u00eddico-penal y todas las consecuencias negativas personales, emocionales, etc ,que soporta la v\u00edctima a lo largo del proceso, lo que incluso las lleva a abandonarlo, a retirarse, lleg\u00e1ndose incluso a desconocer por parte de estas v\u00edctimas los roles de los diversos profesionales que la atienden durante el proceso judicial, tener que repetir lo vivido, la propia forma de realizar las preguntas, etc<sup>725<\/sup>. Si bien es cierto, que el sistema de \u201cVioGEN\u201d antes descrito cubre parte de este expediente \u00fanico, no lo aborda en su totalidad. Se trata de generar como su propio nombre indica, un solo expediente en el sistema inform\u00e1tico que utilizan las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado (Polic\u00eda Nacional, Guardia Civil, Polic\u00eda Local), las instituciones judiciales competentes, las instituciones sociales, de todo tipo (servicios m\u00e9dicos, psicol\u00f3gicos, escolares de los menores a cargo de la mujer v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero, centros de la mujer, servicios de orientaci\u00f3n laboral, etc), de manera que todo quede reflejado para poder ser consultado de una vez por todo tipo de instituciones competentes en la materia, y evitar as\u00ed que la mujer v\u00edctima de violencia de g\u00e9nero tenga que estar \u201creviviendo y repitiendo\u201d lo sufrido en cada instancia a la que acude. No es balad\u00ed esta \u00faltima cuesti\u00f3n, porque como ya hemos dicho lo contrario supone que en muchas ocasiones estas mujeres abandonen el tejido de protecci\u00f3n que se ha creado para ellas a lo largo de los \u00faltimos a\u00f1os.<\/p>\n<p>Los resultados de este informe, los testimonios obtenidos por los informadores claves que se han identificado, muestran la necesidad de una protecci\u00f3n integral de estas mujeres que a pesar del t\u00edtulo de la norma del a\u00f1o 2004 y las posteriores reformas o normas complementarias, que las protegen no existe. La protecci\u00f3n integral no siempre funciona en el sentido de llegar a ellas todos los recursos que el Estado y las Comunidades Aut\u00f3nomas ponen a disposici\u00f3n de la lucha contra esta lacra social.<\/p>\n<p>******************<\/p>\n<p><sup>715<\/sup> Elaborado por todos los autores que participan en la obra.<\/p>\n<p><sup>716<\/sup> Organizaci\u00f3n Mundial de la Salud, La violencia contra la mujer, datos y cifras, 29 de noviembre de 2017, consultado en internet el 9 de noviembre de 2020 en: https:\/\/www. who.int\/es\/news-room\/fact-sheets\/detail\/violence-againstwomen.<\/p>\n<p><sup>717<\/sup> Estudio del Secretario General de Naciones Unidas, Poner fin a la violencia contra la mujer, de las palabras los hechos, en: Naciones Unidas, 2006, https:\/\/www.un.org\/ womenwatch\/daw\/public\/VAW_Study\/VAW-Spanish.pdf, consultado el 12 de noviembre de 2020.<\/p>\n<p><sup>718 <\/sup>Publicado en el BOJA de 28 de julio de 2020, p\u00e1g. 40. A nivel Andaluz, la Ley 7\/2018, de 30 de julio, por la que se modifica la Ley 13\/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevenci\u00f3n y protecci\u00f3n integral contra la violencia de g\u00e9nero, tambi\u00e9n recoge en su art\u00edculo 60 sobre protocolos de actuaci\u00f3n, la obligaci\u00f3n de la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda en promover la elaboraci\u00f3n de protocolos de actuaci\u00f3n, en particular en los \u00e1mbitos judicial, m\u00e9dico legal, policial, de salud, social y de los centros y servicios de informaci\u00f3n y atenci\u00f3n integral a las mujeres.<\/p>\n<p><sup>719<\/sup> Violencia de g\u00e9nero y abuso a menores (guardiacivil.es).<\/p>\n<p><sup>720<\/sup> =REVISTA MUFACE 238-ACTUALIDAD. ENTREVISTA A SANTIAGO CARRASCO MART\u00cdN=<\/p>\n<p><sup>721<\/sup> Sistema VioG\u00e9n &#8211; Ministerio del Interior.<\/p>\n<p><sup>722<\/sup> Publicado en el BOJA de 19 de octubre de 2020.<\/p>\n<p><sup>723<\/sup> ANDALUC\u00cdA. Ley 13\/2007, de 26 de noviembre, de medidas de prevenci\u00f3n y protecci\u00f3n integral contra la violencia de g\u00e9nero. ARAG\u00d3N. Ley 4\/2007, de 22 de marzo, de Prevenci\u00f3n y Protecci\u00f3n Integral a las Mujeres V\u00edctimas de Violencia en Arag\u00f3n. Ley 2\/1993, de 19 de febrero, por la que se crea el Instituto Aragon\u00e9s de la Mujer. Ley 9\/2017, de 19 de octubre, por la que se regulan los servicios de asesoramiento y orientaci\u00f3n jur\u00eddicos gratuitos de Arag\u00f3n. CANARIAS. Ley 16\/2003, de 8 de abril, de Prevenci\u00f3n y Protecci\u00f3n Integral de las Mujeres contra la Violencia de G\u00e9nero. CANTABRIA. Ley 1\/2004, de 1 de abril, Integral para la Prevenci\u00f3n de la Violencia Contra las Mujeres y la Protecci\u00f3n a sus V\u00edctimas. CASTILLA-LA MANCHA. Ley 4\/2018, de 8 de octubre, para una Sociedad Libre de Violencia de G\u00e9nero en Castilla-La Mancha. CASTILLA Y LE\u00d3N Ley 13\/2010, de 9 de diciembre, contra la violencia de g\u00e9nero en Castilla y Le\u00f3n. CATALU\u00d1A Ley 5\/2008, de 24 de abril, del derecho de las mujeres a erradicar la violencia machista. COMUNIDAD DE MADRID. Ley 5\/2005, de 20 de diciembre, integral contra la violencia de g\u00e9nero de la Comunidad de Madrid. COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA. Ley Foral 14\/2015, de 10 de abril, para actuar contra la violencia hacia las mujeres. COMUNIDAD VALENCIANA. Ley 7\/2012, de 23 de noviembre, integral contra la violencia sobre la mujer en el \u00e1mbito de la Comunitat Valenciana. EXTREMADURA Ley 8\/2011, de 23 de marzo, de Igualdad entre mujeres y hombres y contra la violencia de g\u00e9nero en Extremadura. GALICIA. Ley 11\/2007, de 27 de julio, gallega para la prevenci\u00f3n y el tratamiento integral de la violencia de g\u00e9nero. ILLES BALEARS Ley 11\/2016, de 28 de julio, de igualdad de mujeres y hombres. LA RIOJA Ley 3\/2011, de 1 de marzo, de prevenci\u00f3n, protecci\u00f3n y coordinaci\u00f3n institucional en materia de violencia en La Rioja. PA\u00cdS VASCO Ley 4\/2005, de 18 de febrero, para la Igualdad de Mujeres y Hombres. PRINCIPADO DE ASTURIAS Ley 2\/2011, de 11 de marzo, para la igualdad de mujeres y hombres y la erradicaci\u00f3n de la violencia de g\u00e9nero. REGI\u00d3N DE MURCIA. Ley 7\/2007, de 4 de abril, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, y de Protecci\u00f3n contra la Violencia de G\u00e9nero en la Regi\u00f3n de Murcia.<\/p>\n<p><sup>724<\/sup> P\u00e1g. 33 y 34 del BOJA de 19 de octubre de 2020.<\/p>\n<p><sup>725<\/sup> Esto \u00faltimo tambi\u00e9n se destaca en el Protocolo de respuesta p\u00fablica de la Administraci\u00f3n de la Junta de Andaluc\u00eda ante las violencias machistas. BOJA de 28 de julio de 2020.<\/p>\n<p>&nbsp;<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En este \u00faltimo punto del informe queremos destacar, por una parte, algunas de las que hemos considerado buenas pr\u00e1cticas, que ya est\u00e1n referidas a lo largo del presente trabajo pero que reproducimos por considerarlas las m\u00e1s destacadas, y por otra parte, las conclusiones que el equipo de investigaci\u00f3n ha extra\u00eddo despu\u00e9s del trabajo realizado a&#8230;<\/p>\n","protected":false},"author":25,"featured_media":3862,"comment_status":"open","ping_status":"open","sticky":true,"template":"","format":"standard","meta":{"_jetpack_newsletter_access":"","_jetpack_dont_email_post_to_subs":false,"_jetpack_newsletter_tier_id":0,"_jetpack_memberships_contains_paywalled_content":false,"_jetpack_memberships_contains_paid_content":false,"footnotes":"","jetpack_publicize_message":"","jetpack_publicize_feature_enabled":true,"jetpack_social_post_already_shared":true,"jetpack_social_options":{"image_generator_settings":{"template":"highway","default_image_id":0,"font":"","enabled":false},"version":2},"jetpack_post_was_ever_published":false},"categories":[71,33,133,154,155,139,129,111,35,81],"tags":[169,164,79],"class_list":["post-3863","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-emilia-castellano-burguillo","category-francisco-javier-calvo-gallego","category-igualdad","category-laura-pavon-benitez","category-ma-mercedes-parraga-vico","category-margarita-arenas-viruez","category-maria-luisa-perez-guerrero","category-nuevas-causas-y-perfiles-de-discriminacion","category-publicaciones","category-violencia-de-genero","tag-igualdad","tag-investigacion","tag-violencia-de-genero"],"jetpack_publicize_connections":[],"jetpack_featured_media_url":"https:\/\/i0.wp.com\/grupo.us.es\/iwpr\/wp-content\/uploads\/2021\/07\/markus-winkler-97Ncs6x3NTg-unsplash-min-scaled.jpg?fit=2560%2C1707&ssl=1","jetpack_shortlink":"https:\/\/wp.me\/p7HIjh-10j","jetpack-related-posts":[{"id":3287,"url":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/2021\/02\/16\/publicado-el-segundo-numero-de-la-revista-trabajo-persona-derecho-y-mercado\/","url_meta":{"origin":3863,"position":0},"title":"Publicado El Segundo N\u00famero De La Revista \u00abTrabajo, Persona, Derecho Y Mercado\u00bb","author":"Miguel Carlos Rodr\u00edguez-Pi\u00f1ero Royo","date":"16 febrero, 2021","format":false,"excerpt":"Se ha publicado el segundo n\u00famero de la revista \u00abTrabajo, Persona, Derecho y Mercado\u00bb. 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