{"id":11675,"date":"2026-05-24T17:55:10","date_gmt":"2026-05-24T15:55:10","guid":{"rendered":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/?p=11675"},"modified":"2026-05-24T17:55:10","modified_gmt":"2026-05-24T15:55:10","slug":"la-propuesta-sindical-unitaria-y-las-futuras-reformas-laborales","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/grupo.us.es\/iwpr\/2026\/05\/24\/la-propuesta-sindical-unitaria-y-las-futuras-reformas-laborales\/","title":{"rendered":"La propuesta sindical unitaria y las futuras reformas laborales"},"content":{"rendered":"<p>Esta entrada reproduce el texto de una entrega de la colecci\u00f3n de Periscopios Fiscales y Legales de PwC Tax &amp; Legal. El texto original fue escrito por Mar\u00eda Eugenia Guzm\u00e1n y Francisco Mar\u00edn, socios de laboral de PwC Tax &amp; Legal; y por Miguel Rodr\u00edguez-Pi\u00f1ero, colaborador de este blog, y puede ser consultado en el siguiente\u00a0<a href=\"https:\/\/periscopiofiscalylegal.pwc.es\/la-propuesta-sindical-unitaria-y-las-futuras-reformas-laborales\/\">enlace<\/a>.<\/p>\n<p class=\"selectionShareable\">Recientemente se ha dado a conocer la Propuesta Sindical Unitaria de las confederaciones sindicales m\u00e1s representativas a nivel estatal. Es un documento elaborado por los sindicatos UGT y CCOO que pretende marcar la agenda sindical de los pr\u00f3ximos meses, proponiendo respuestas y soluciones a algunos de los problemas que consideran que afectan y preocupan a las personas trabajadoras en Espa\u00f1a.\u00a0 En estos momentos las posibilidades de que esta propuesta global llegue a materializarse en un conjunto de disposiciones efectivamente vigentes se antojan muy escasas. Aun as\u00ed, consideramos que tiene tiempo esta legislatura para tratar alguno de los puntos tratados en el documento. Y en todo caso, nos parece muy importante conocer la visi\u00f3n y objetivos de los principales sindicatos de nuestro pa\u00eds.<\/p>\n<p class=\"selectionShareable\">El punto de partida del documento\u00a0de los sindicatos\u00a0es la constataci\u00f3n de que\u00a0la\u00a0acci\u00f3n\u00a0de\u00a0los\u00a0mismos\u00a0estos a\u00f1os ha consolidado una agenda\u00a0de reformas con un fuerte car\u00e1cter progresista\u00a0en el espacio sociolaboral, entre las que destacan\u00a0la reforma laboral,\u00a0la reforma de pensiones\u00a0y\u00a0las importantes subidas del salario m\u00ednimo. A pesar de estos logros, consideran que es necesario\u00a0seguir impulsando reformas que corrijan progresivamente\u00a0lo que perciben como\u00a0desigualdades\u00a0sociales\u00a0con riesgo de cronificaci\u00f3n.<\/p>\n<p class=\"selectionShareable\">Se centran en los siguientes\u00a0cuatro ejes que consideran estrat\u00e9gicos para consolidar un paquete de reformas estructurales que caminan hacia la justicia social:<\/p>\n<ol>\n<li>Acceso a la vivienda: ofreciendo respuestas al principal problema de la ciudadan\u00eda.<\/li>\n<li>Despido:\u00a0quieren\u00a0completar\u00a0el c\u00edrculo\u00a0para\u00a0cerrar\u00a0la puerta a la arbitrariedad empresarial en la utilizaci\u00f3n de la figura del despido, cumpliendo as\u00ed con la Carta Social Europea.<\/li>\n<li>Contratos a tiempo parcial:\u00a0su objetivo es\u00a0frenar la precariedad que\u00a0a\u00fan persiste\u00a0en la pol\u00edtica de contrataci\u00f3n,\u00a0con foco en\u00a0este tipo de\u00a0contratos, que precarizan los salarios, afectando\u00a0mayoritariamente\u00a0a mujeres y a j\u00f3venes.<\/li>\n<li>Di\u00e1logo Social y Negociaci\u00f3n Colectiva:\u00a0pretenden\u00a0reforzar el di\u00e1logo social y la negociaci\u00f3n colectiva, dot\u00e1ndolos de una infraestructura jur\u00eddica e institucional que invite a multiplicar los beneficios de la concertaci\u00f3n social al conjunto de la sociedad.<\/li>\n<\/ol>\n<p class=\"selectionShareable\">En este periscopio analizaremos\u00a0las tres \u00faltimas propuestas, al ser la primera (la vivienda) ajena a nuestro \u00e1mbito de especialidad.<\/p>\n<p class=\"selectionShareable\">Comencemos con el despido, cuya reforma\u00a0consideran que\u00a0ser\u00eda\u00a0necesaria\u00a0por una parte\u00a0porque\u00a0entienden que\u00a0la actual regulaci\u00f3n incumple tratados internacionales\u00a0(Carta Social Europea\u00a0y\u00a0 Derecho\u00a0de la Uni\u00f3n\u00a0Europea\u00a0)\u00a0y por otra\u00a0porque\u00a0consideran que\u00a0su regulaci\u00f3n es parte del modelo laboral de precariedad e inestabilidad.\u00a0Por ello, creen que\u00a0se deben establecer\u00a0mecanismos disuasorios frente al despido\u00a0como instrumento de flexibilidad externa.<\/p>\n<p class=\"selectionShareable\">Los cambios\u00a0que plantean\u00a0suponen una enmienda a la totalidad\u00a0de\u00a0la regulaci\u00f3n actualmente vigente, ya que se dirigen hacia a aspectos generales o estructurales del despido. Comenzando por\u00a0sus causas, el documento propone dotar de mayor seguridad y proporcionalidad\u00a0a la figura\u00a0exigiendo una justificaci\u00f3n m\u00e1s rigurosa, tanto en los despidos\u00a0objetivos como los disciplinarios. De manera espec\u00edfica se indica\u00a0adem\u00e1s\u00a0que,\u00a0para cumplir la normativa comunitaria e internacional,\u00a0debe\u00a0causalizarse\u00a0la extinci\u00f3n por la empresa\u00a0en per\u00edodo de prueba y derogar el despido por ineptitud sobrevenida.<\/p>\n<p class=\"selectionShareable\">Siguen propuestas en materia de aspectos formales, considerados fundamentales, como el preaviso suficiente, la comunicaci\u00f3n escrita motivada y la audiencia previa.\u00a0Se proponen varias medidas concretas:<\/p>\n<ul>\n<li>Reforzar el papel de la representaci\u00f3n sindical garantizando la informaci\u00f3n y consulta previa aclarando que la beneficiaria de esta medida ser\u00eda la \u201crepresentaci\u00f3n sindical\u201d, ignorando a la unitaria;<\/li>\n<li>Activaci\u00f3n temprana de la participaci\u00f3n en los casos de reestructuraci\u00f3n empresarial, especialmente en momentos de grandes transiciones;<\/li>\n<li>Ampliar la capacidad de intervenci\u00f3n sindical y la actuaci\u00f3n de los sistemas de soluci\u00f3n extrajudicial;<\/li>\n<\/ul>\n<p class=\"selectionShareable\">En materia de consecuencias y reparaci\u00f3n de los despidos, que es considerado el asunto central a abordar, se proponen varias medidas:<\/p>\n<ul>\n<li>Ampliar los casos de nulidad para despidos sin causa o fraudulentos, para los que tengan origen en el ejercicio de derechos o reclamaciones de la persona trabajadora, as\u00ed como en los que se omitan o manipulen los requisitos formales<\/li>\n<li>En el resto de los despidos improcedentes, restablecer el derecho de opci\u00f3n de la persona trabajadora entre la indemnizaci\u00f3n o la readmisi\u00f3n.<\/li>\n<li>Mejorar las indemnizaciones de los despidos improcedentes\u00a0para que sean adecuadas, disuasorias y reparadoras del da\u00f1o causado como exige la doctrina internacional.\u00a0Para ello se proponen diversas intervenciones: incremento de las indemnizaciones tasadas, recuperando su car\u00e1cter disuasorio,\u00a0establecimiento de una indemnizaci\u00f3n m\u00ednima en l\u00ednea con est\u00e1ndares europeos, reparaci\u00f3n del da\u00f1o real mediante\u00a0indemnizaciones\u00a0adicionales que pueda recoger la sentencia y\u00a0recuperaci\u00f3n\u00a0de los salarios de tramitaci\u00f3n\u00a0para la improcedencia.<\/li>\n<\/ul>\n<p class=\"selectionShareable\">Con car\u00e1cter general se indica que en todas las materias relacionadas con el despido se debe reforzar el papel de la Inspecci\u00f3n de Trabajo y Seguridad Social y de la Autoridad laboral.<\/p>\n<p class=\"selectionShareable\">Estas medidas se completan con otras iniciativas dirigidas a determinadas situaciones o colectivos: garantizar un est\u00e1ndar de protecci\u00f3n igual para el empleo p\u00fablico,\u00a0equiparar la protecci\u00f3n en casos de despidos colectivos y procesos concursales a los est\u00e1ndares comunitarios y garantizar la perspectiva de g\u00e9nero y la protecci\u00f3n de los colectivos vulnerables.<\/p>\n<p class=\"selectionShareable\">Cabe apuntar\u00a0que\u00a0de prosperar\u00a0el conjunto del planteamiento\u00a0sindical,\u00a0se\u00a0producir\u00eda\u00a0un golpe rotundo a la flexibilidad externa con que cuentan las empresas en nuestro pa\u00eds\u00a0y\u00a0se estar\u00eda\u00a0obviando\u00a0que las patronales cedieron en muchos aspectos para dar su visto bueno a la reforma laboral de 2021, a cambio entre otras cosas de no introducir mayores rigideces al despido.<\/p>\n<p class=\"selectionShareable\">El segundo paquete de intervenciones laborales que se incluyen en el documento es la reforma del contrato a tiempo parcial,\u00a0para el que se propone un modelo donde la parcialidad sea causal, protegida y limitada.\u00a0El objetivo es que la jornada completa sea el est\u00e1ndar laboral, limitando la parcialidad a situaciones debidamente justificadas.<\/p>\n<p class=\"selectionShareable\">Para hacerlo posible se plantean varios ejes principales de acci\u00f3n:<\/p>\n<ul>\n<li>Causalizaci\u00f3n: el contrato deber\u00e1 justificar la causa por qu\u00e9 no se realiza a tiempo completo, y de no documentarse adecuadamente se aplicar\u00e1 una presunci\u00f3n de jornada completa.<\/li>\n<li>El contrato parcial no podr\u00e1 superar el 80% de la jornada ordinaria, incluyendo las horas complementarias.<\/li>\n<li>Previsibilidad de la jornada: derecho a horarios estables y a la fijaci\u00f3n previa de la distribuci\u00f3n de la jornada, teniendo el conocimiento previo de la duraci\u00f3n y distribuci\u00f3n diaria de la jornada, prohibiendo su fragmentaci\u00f3n (salvo en jornadas superiores al 60% sobre el tiempo completo por acuerdo expreso y justificado). Se incide en la importancia del\u00a0estricto cumplimiento del registro diario de jornada.<\/li>\n<li>Cambios en la regulaci\u00f3n de las horas complementarias, para pasar\u00a0de la flexibilidad unilateral a la protecci\u00f3n laboral:\u00a0(i) retribuci\u00f3n equivalente a las horas extraordinarias, (ii) posibilidad de consolidaci\u00f3n\u00a0cada a\u00f1o, por decisi\u00f3n de la persona trabajadora,\u00a0de las\u00a0horas complementarias\u00a0realizadas de media\u00a0y (iii)\u00a0 regulaci\u00f3n de los pactos de horas complementarias, que\u00a0podr\u00e1n\u00a0quedar sin efecto por renuncia de la persona trabajadora, mediante un preaviso de quince d\u00edas,\u00a0en determinadas circunstancias.<\/li>\n<li>Conversi\u00f3n a tiempo completo.\u00a0Las personas con al menos seis meses de antig\u00fcedad tendr\u00e1n preferencia para cubrir vacantes a tiempo completo, convirtiendo este tr\u00e1nsito en un derecho real y evaluable.<\/li>\n<\/ul>\n<p class=\"selectionShareable\">La \u00faltima materia de la de nos ocuparemos es la propuesta de una Ley de di\u00e1logo social, concertaci\u00f3n social y negociaci\u00f3n colectiva, que se considera necesaria para proporcionar seguridad jur\u00eddica, transparencia y estabilidad a la participaci\u00f3n de las organizaciones sindicales y empresariales, para la defensa y promoci\u00f3n de los intereses econ\u00f3micos y sociales que les son propios.\u00a0La propuesta de UGT y CCOO para esta nueva ley tiene como objetivo institucionalizar y consolidar la participaci\u00f3n de los agentes sociales en el di\u00e1logo social y en la concertaci\u00f3n, as\u00ed como reforzar el papel de la negociaci\u00f3n colectiva.<\/p>\n<p class=\"selectionShareable\">Como en otras propuestas, \u00e9sta se presenta como la ejecuci\u00f3n de compromisos internacionales y de la propia Constituci\u00f3n Espa\u00f1ola, y\u00a0se articula en varios pilares fundamentales, entre los que destaca la propuesta de\u00a0establecer\u00a0criterios de participaci\u00f3n de las organizaciones sindicales y empresariales m\u00e1s representativas en el desarrollo de las pol\u00edticas p\u00fablicas.\u00a0Esto supondr\u00eda que los interlocutores sociales intervendr\u00edan en\u00a0todas aquellas entidades p\u00fablicas u organismos aut\u00f3nomos que tengan competencias\u00a0tanto en\u00a0materias\u00a0identificadas con el inter\u00e9s sindical (trabajo,\u00a0empleo,\u00a0formaci\u00f3n profesional,\u00a0econom\u00eda social,\u00a0pol\u00edtica de inmigraci\u00f3n, pol\u00edtica industrial) como en otras en las que no hay tradici\u00f3n o tanta tradici\u00f3n de que intervengan (desarrollo auton\u00f3mico,\u00a0seguimiento de la pol\u00edtica\u00a0p\u00fablica\u00a0en\u00a0la aplicaci\u00f3n de los fondos estructurales comunitarios.\u00a0pol\u00edticas\u00a0sanitaria,\u00a0de desarrollo territorial y de medio ambiente, de educaci\u00f3n, de ense\u00f1anza superior,\u00a0de\u00a0vivienda,\u00a0de\u00a0infraestructuras y movilidad,\u00a0de\u00a0protecci\u00f3n social,\u00a0servicios sociales\u2026)<\/p>\n<p class=\"selectionShareable\">De manera adicional se prev\u00e9n las siguientes medidas en este campo:<\/p>\n<ul>\n<li>Creaci\u00f3n de un\u00a0Consejo del Di\u00e1logo Social\u00a0constituido por representantes del Gobierno de Espa\u00f1a y las organizaciones sindicales y empresariales m\u00e1s representativas, como \u00f3rgano de participaci\u00f3n y concertaci\u00f3n de car\u00e1cter estable.<\/li>\n<li>Creaci\u00f3n de\u00a0una Comisi\u00f3n paritaria de seguimiento\u00a0de este\u00a0Consejo del Di\u00e1logo Social Tripartito,\u00a0para\u00a0coordinar\u00a0los trabajos para la elaboraci\u00f3n de los acuerdos anuales y elaborar\u00a0anualmente una memoria del estado del di\u00e1logo social.<\/li>\n<li>Establecimiento de una mesa de di\u00e1logo social\u00a0bipartito, encargada de consolidar los instrumentos para promover un marco de relaciones laborales que potencie la dinamizaci\u00f3n de la econom\u00eda, de las empresas y\u00a0que\u00a0mejore las condiciones laborales de las personas trabajadoras del pa\u00eds.<\/li>\n<li>Propuesta de\u00a0Ley de Negociaci\u00f3n Colectiva para\u00a0reforzar\u00a0el\u00a0papel\u00a0de\u00a0la misma, complementando los contenidos recogidos en el Estatuto de los Trabajadores.\u00a0Entre los objetivos de esta norma estar\u00eda\u00a0la eliminaci\u00f3n de las comisiones ad hoc en los per\u00edodos de consulta\u00a0de las empresas, para ser sustituidos\u00a0por la participaci\u00f3n de los sindicatos m\u00e1s representativos; la articulaci\u00f3n de la negociaci\u00f3n colectiva; la cobertura de vac\u00edos y de sistemas de adhesi\u00f3n y extensi\u00f3n de convenios; el refuerzo de los sistemas aut\u00f3nomos de conflictos; y la garant\u00eda de informaci\u00f3n econ\u00f3mica para la negociaci\u00f3n.<\/li>\n<li>Aprobaci\u00f3n anual de\u00a0partidas econ\u00f3micas\u00a0para financiar y as\u00ed asegurar\u00a0el ejercicio del di\u00e1logo social y la negociaci\u00f3n colectiva con la participaci\u00f3n que se reconoce a los agentes sociales en la Constituci\u00f3n espa\u00f1ola.<\/li>\n<li>El Ministerio con competencias en materia de impulso y coordinaci\u00f3n del di\u00e1logo con los agentes econ\u00f3micos y sociales, en colaboraci\u00f3n con el resto de\u00a0Ministerios, realizar\u00eda\u00a0un seguimiento de\u00a0esta\u00a0legislaci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<p class=\"selectionShareable\">Como podemos observar, estas propuestas sindicales son\u00a0muy\u00a0amplias, y su puesta en pr\u00e1ctica supondr\u00eda una transformaci\u00f3n de nuestra legislaci\u00f3n laboral para reconstruirla sobre bases normativas diferentes a las actuales.\u00a0El documento no es estrictamente sindical, al menos en el sentido tradicional\u00a0(limitado a cuestiones laborales), sino que adopta un enfoque m\u00e1s amplio.\u00a0Esto se observa en el tratamiento de la crisis de la vivienda en Espa\u00f1a, sin duda el problema m\u00e1s presente en los debates pol\u00edticos en nuestro pa\u00eds.\u00a0Y tambi\u00e9n en los propios objetivos de la propuesta, al afirmar \u00e9sta que el principal es\u00a0\u201ccontribuir a limitar el escenario de polarizaci\u00f3n pol\u00edtica, y luchar contra la derechizaci\u00f3n del pa\u00eds\u201d.<\/p>\n<p class=\"selectionShareable\">Algunas de estas propuestas, como las relacionadas con el despido\u00a0o\u00a0la\u00a0potenciaci\u00f3n de la\u00a0representaci\u00f3n sindical frente a la unitaria\u00a0y frente a las comisiones ad hoc,\u00a0responden a\u00a0pretensiones y\u00a0debates\u00a0ya conocidos. Otras plantean intervenciones m\u00e1s originales, como ocurre con las relacionadas con la negociaci\u00f3n colectiva\u00a0y el di\u00e1logo social.<\/p>\n<p class=\"selectionShareable\">\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Esta entrada reproduce el texto de una entrega de la colecci\u00f3n de Periscopios Fiscales y Legales de PwC Tax &amp; Legal. 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