{"id":3248,"date":"2022-11-03T09:09:31","date_gmt":"2022-11-03T09:09:31","guid":{"rendered":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/?p=3248"},"modified":"2022-11-03T09:09:31","modified_gmt":"2022-11-03T09:09:31","slug":"las-carceles-gaditanas-a-fines-de-la-edad-moderna","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/las-carceles-gaditanas-a-fines-de-la-edad-moderna\/","title":{"rendered":"Las c\u00e1rceles gaditanas a fines de la Edad Moderna"},"content":{"rendered":"\n<div class=\"wp-block-columns is-layout-flex wp-container-core-columns-is-layout-8f761849 wp-block-columns-is-layout-flex\">\n<div class=\"wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow\" style=\"flex-basis:66.66%\">\n<p style=\"text-align: justify;\">En el Antiguo R\u00e9gimen la prisi\u00f3n no era considerada tanto una pena por s\u00ed misma como un modo de asegurar a los reos y de mantenerlos a disposici\u00f3n de la <a href=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/el-procedimiento-judicial-en-primera-instancia-como-fuente-para-la-historia-de-la-criminalidad-y-la-conflictividad-social\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">justicia<\/a> mientras se sustanciaban sus causas. Exist\u00edan tantas c\u00e1rceles como jurisdicciones diferentes, de modo que no s\u00f3lo la justicia real dispon\u00eda de espacios carcelarios, sino que tambi\u00e9n hab\u00eda otros dependientes de la justicia eclesi\u00e1stica, la Inquisici\u00f3n o la Santa Hermandad. C\u00e1rceles reales las hab\u00eda en cada villa o ciudad donde hab\u00eda alcaldes o corregidores a cargo de impartir justicia. Las condiciones de la estancia en prisi\u00f3n eran muy penosas. Con frecuencia los presos estaban inmovilizados mediante grilletes y prisiones para evitar su fuga. Los edificios que acog\u00edan las c\u00e1rceles sol\u00edan presentar malas condiciones de conservaci\u00f3n. Se trataba por lo general de instalaciones antiguas, h\u00famedas e inseguras. Eran frecuentes las quejas de los presos por la precariedad de las condiciones de estancia en los calabozos, y tambi\u00e9n las fugas o escaladas, debidas al mal estado y escasa seguridad de los edificios. As\u00ed, por ejemplo, en 1769 los diputados de c\u00e1rcel del cabildo de El Puerto de Santa mar\u00eda pon\u00edan en evidencia el lamentable estado de la prisi\u00f3n, al ser<\/p>\n<blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u2026<em>la casa que sirve de c\u00e1rcel tan corta y mal acondicionada que pueden <\/em>(los presos)<em> apestarse con las calores en el verano y tullirse en el invierno, a que se agrega que pueden escalar dicha c\u00e1rcel cuando quisieren, por ser toda de tierra y muy vieja<\/em>.<\/p>\n<\/blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\">En C\u00e1diz, el elevado n\u00famero de presos internados en la c\u00e1rcel real hac\u00eda que estos subsistiesen en condiciones de aut\u00e9ntico hacinamiento. Debido a ello, en 1768 hubo que hacer gestiones para enviar a los presidios de \u00c1frica a una parte de los reclusos all\u00ed custodiados y para repartir a los que eran militares por los distintos castillos de la ciudad. La c\u00e1rcel de Jerez de la Frontera estaba ubicada en un edificio \u201csumamente antiguo\u201d. Se trataba, en realidad, de una casa particular reutilizada para fines carcelarios, que no reun\u00eda ni m\u00ednimamente las condiciones de seguridad y ventilaci\u00f3n requeridas:<\/p>\n<blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\"><em>Esto es <\/em>-informaba el regidor jerezano Lorenzo Ruiz de Robles en 1815-<em> lo que llaman c\u00e1rcel en Xerez: los presos amontonados, con grand\u00edsima molestia, respirando aires impuros y sin disposici\u00f3n para separarlos y que no se comuniquen<\/em>\u2026<\/p>\n<\/blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\">La p\u00e9sima situaci\u00f3n de la c\u00e1rcel de Jerez era la regla com\u00fan en otras localidades gaditanas. La de San Fernando, situada entre la calle del Salvador y la Plaza de la Verdura, carec\u00eda por completo de las dependencias necesarias para la incomunicaci\u00f3n de presos y para la conveniente separaci\u00f3n de hombres y mujeres, as\u00ed como para enfermer\u00edas y oficinas. En la c\u00e1rcel de Puerto Real se hicieron obras en el a\u00f1o 1818 para reforzar su seguridad, pero las condiciones de salubridad que presentaba segu\u00edan siendo muy precarias. El edificio carec\u00eda de un patio adecuado para asegurar la ventilaci\u00f3n de sus dependencias, en su lugar solo hab\u00eda un patinillo hediondo donde se ubicaban las letrinas. Los calabozos estaban en un callej\u00f3n oscuro y estrecho que daba a este patio, por lo que eran h\u00famedos y estrechos, siendo \u201cimposible facilitar la ventilaci\u00f3n necesaria a los desgraciados que en ellos existan\u201d.\u00a0 Desde 1581, la c\u00e1rcel real de Sanl\u00facar de Barrameda estaba radicada en la plaza alta de la ciudad, en una casa que al efecto cedi\u00f3 el VII duque de Medina Sidonia, don Alonso de Guzm\u00e1n. Antes estuvo en la callejuela del Postigo Verde de la Caridad, tambi\u00e9n conocida como calle de la C\u00e1rcel Vieja. La c\u00e1rcel sanluque\u00f1a presentaba a comienzos del siglo XIX un estado que tampoco era muy favorable. La prisi\u00f3n de la ciudad hab\u00eda sido anteriormente una casa particular, cuyos muros no eran muy consistentes. En su conjunto, el estado de la c\u00e1rcel fue calificado como \u201cmuy deplorable\u201d. Las estancias bajas eran h\u00famedas y perjudiciales para la salud de los \u201cinfelices que en ellas se deben colocar\u201d. Las puertas eran endebles y los tejados ten\u00edan poca altura y estaban mal conservados. La c\u00e1rcel, por tanto, era insegura y ello obligaba a redoblar la guardia cuando hab\u00eda que encerrar en ella a presos peligrosos.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">S\u00f3lo a fines del siglo XVIII y comienzos del XIX se emprendieron planes de reforma carcelaria que tuvo algunos resultados, aunque limitados. Cabe constatar, en este sentido, algunos progresos. En C\u00e1diz se construy\u00f3 una nueva c\u00e1rcel en el Campo del Sur. Las obras comenzaron en 1794 de acuerdo con el proyecto trazado por el arquitecto Torcuato Benjumeda. El edificio, de estilo neocl\u00e1sico, era s\u00f3lido y de buena construcci\u00f3n, aunque a pocos a\u00f1os de su erecci\u00f3n ya se percib\u00eda la necesidad de algunas obras para mejorar las condiciones de los calabozos, que eran calificados como \u201cmalsanos, h\u00famedos y sin respiraci\u00f3n\u201d. En El Puerto de Santa Mar\u00eda se habilitaron como nueva c\u00e1rcel unas casas principales propiedad de Antonio Madera y Machado, entre las calles Curva y Mostaza, que mejoraron sustancialmente las condiciones de la antigua prisi\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Por lo dem\u00e1s, los presos deb\u00edan mantenerse a su propia costa y, si carec\u00edan de medios, depend\u00edan de la caridad institucional o p\u00fablica para su sustento. Son numeros\u00edsimos los testimonios conservados sobre las penalidades que los presos padec\u00edan en las c\u00e1rceles. El ingreso en prisi\u00f3n representaba la imposibilidad de trabajar, la penuria econ\u00f3mica, a menudo, incluso, la confiscaci\u00f3n de los bienes del reo para garantizar con su valor el pago de las costas judiciales. Si el preso ten\u00eda dinero suficiente, pod\u00eda pagarse la estancia en una sala mejor acondicionada; de lo contrario, era encerrado en calabozos muchas veces oscuros y h\u00famedos, en los que era frecuente que corriera el riesgo de contraer enfermedades. Si no ten\u00eda los medios para hacerse traer comida del exterior, deb\u00eda conformarse con la precaria raci\u00f3n diaria que costeaba el ayuntamiento o que proced\u00eda de la caridad. A veces las causas judiciales se eternizaban y los reos deb\u00edan afrontar per\u00edodos largos de estancia en la c\u00e1rcel, en ocasiones desproporcionados a la naturaleza de los delitos que hab\u00edan cometido o de los que simplemente se les acusaba.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El hambre fue una constante en la c\u00e1rcel de El Puerto de Santa Mar\u00eda. A lo largo del siglo XVIII encontramos testimonios documentales que hacen referencia a la falta de alimentos que sufr\u00edan los presos. En 1701, el ayuntamiento de la ciudad fue informado de la extrema necesidad que aquellos padec\u00edan, mayor a\u00fan porque no hab\u00eda nadie que se ofreciera a pedir limosna para ayudarlos. Los mismos regidores tuvieron que salir a postular con una bacinilla a fin de obtener fondos para socorrerlos. En 1704, los propios presos solicitaron que se les proporcionara los despojos de una de las reses que se sacrificaban en la carnicer\u00eda p\u00fablica de la ciudad, pues \u201cla falta de la manutenci\u00f3n causa en ellos diversas enfermedades, y que por el presente hay nueve enfermos de hambre, estando los dem\u00e1s a la puerta de este quebranto\u201d. En 1739, los presos de la c\u00e1rcel portuense manifestaban al cabildo que las limosnas que recog\u00eda para ellos el sargento mayor de la ciudad eran muy insuficientes y que se encontraban extenuados y algunos de ellos falleciendo por indigencia. No contaban con asignaci\u00f3n de pan y tan solo com\u00edan unos menudos de carnero que el cabildo les entregaba. Declaraban pasar mucha necesidad y calificaban la c\u00e1rcel como un \u201cl\u00f3brego e inmundo paraje\u201d.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En la segunda d\u00e9cada del siglo XIX, la situaci\u00f3n de los presos de la c\u00e1rcel de El Puerto de Santa Mar\u00eda no era mucho m\u00e1s halag\u00fce\u00f1a. Es verdad que del caudal de propios y arbitrios de la ciudad se les suministraba una libra de pan diaria a cada uno, pero, por lo dem\u00e1s, tan solo contaban con el caldero com\u00fan que estaba obligado a aportar el alcaide, que se nutr\u00eda de algunas verduras que se ped\u00edan en la plaza de abastos, cuatro reales diarios que deb\u00eda entregar el asentista de la renta de la triper\u00eda, una peseta mensual que se cobraba a los propietarios de los billares y aguaduchos p\u00fablicos (que no pagaban pretextando que ya abonaban la contribuci\u00f3n general) y los paladares y ojos de las reses vacunas que se mataban para el abasto p\u00fablico. Todo ello no alcanzaba para proporcionarles a los presos un caldero con sustancia sino una vez en semana. El alcaide deb\u00eda facilitar las menestras, aceite, av\u00edos y le\u00f1a para cocinar esta triste colaci\u00f3n, pero tambi\u00e9n fue obligado a mantener a los presos de la jurisdicci\u00f3n de Marina, a los desertores y los transe\u00fantes, lo que no formaba parte de su contrato. Estas obligaciones ir\u00edan sin duda en detrimento de la cantidad y la calidad de la comida de la c\u00e1rcel. En 1819, se calculaba en dos reales y medio el costo de la manutenci\u00f3n diaria de cada preso, una cantidad que se estimaba preciso doblar, pues los presos estaban<\/p>\n<blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u2026<em>haciendo solo una comida al d\u00eda y, para que tuvieran el alimento suficiente para no decaer de su salud y robustez<\/em> (\u2026)<em>, ser\u00e1 bastante el se\u00f1alamiento de cinco reales, con lo que se les podr\u00e1 facilitar raci\u00f3n doble de pan y otro caldero al anochecer<\/em>.<\/p>\n<\/blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\">En n\u00famero de raciones que se suministraron a los presos de la c\u00e1rcel de El Puerto en el quinquenio anterior a 1819 ascendi\u00f3 a 54 836, lo que arroja una media anual de 10 967, es decir, 915 raciones al mes y 31 al d\u00eda. En las condiciones descritas, la salud de los presos deb\u00eda, en efecto, resentirse. Para curarlos de sus enfermedades, en la c\u00e1rcel de El Puerto exist\u00eda un local destinado a enfermer\u00eda, pero no estaba en uso. Tan solo hab\u00eda una \u201ccaja de cirug\u00eda\u201d (probablemente un simple botiqu\u00edn), por lo cual los que ca\u00edan enfermos deb\u00edan ser trasladados al <a href=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/los-hospitalarios-de-san-juan-de-dios-en-andalucia\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">hospital de San Juan de Dios<\/a>.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los diputados de c\u00e1rcel del cabildo de C\u00e1diz aseguraban en 1815 que el establecimiento estaba aseado y ventilado con arreglo a cada una de las estaciones del a\u00f1o. Afirmaban que los calabozos m\u00e1s h\u00famedos y malsanos no eran utilizados para ning\u00fan preso, por graves que fueran sus delitos. La seguridad de esta nueva c\u00e1rcel se ve\u00eda comprometida porque los presos que estaban en las salas y otras habitaciones se mov\u00edan con libertad por su interior y pod\u00edan lanzarse al exterior cuando se abr\u00eda el <em>golpe<\/em> o segunda puerta para efectuar el ingreso de alg\u00fan detenido. En cuanto a las raciones diarias de comida que se daban a los internos, consist\u00edan en doce onzas de pan, cuatro de arroz o seis de frijoles y dos libras de tocino o manteca de puerco cuando hab\u00eda pocos paladares y ojos de reses en el matadero, m\u00e1s tres onzas de pan por cada preso y tres libras y media de aceite en conjunto para un gazpacho. Estas cantidades equival\u00edan individualmente a unos 340 gramos de pan, poco m\u00e1s de 100 gramos de arroz o 170 gramos de jud\u00edas y unos 60 gramos de tocino o manteca, es decir, unas 1500 kilocalor\u00edas diarias, aproximadamente. Se trataba de una dieta hipocal\u00f3rica con muchos d\u00e9ficits nutricionales, pues la mayor parte del aporte alimenticio se basaba en la sola ingesta de pan. A los internos que estaban ingresados en la enfermer\u00eda se les proporcionaba algo m\u00e1s de comida: dieciocho onzas de pan, incluido el de las sopas (aproximadamente medio kilogramo) y tres onzas de arroz o fideos (algo menos de cien gramos) por enfermo y d\u00eda, m\u00e1s dos cabezas de carnero, cuatro libras y media de aceite (unos dos litros) para todos; carb\u00f3n, vinagre, vino, aguardiente y bizcochos en cantidad variable dependiendo del n\u00famero de enfermos y de lo que dispusiera el m\u00e9dico; y, finalmente, diecisiete cuartos de garbanzos y especias tambi\u00e9n para el conjunto.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En San Fernando, el costo de la raci\u00f3n diaria de cada preso de la c\u00e1rcel era de tres reales, cantidad que se consideraba suficiente para su subsistencia, especialmente si com\u00edan en rancho o <em>de comunidad<\/em>. Se estimaban precisos, adem\u00e1s, cien ducados anuales para los gastos de aseo y limpieza del establecimiento. Sin embargo, la c\u00e1rcel no ten\u00eda fondos fijos ni eventuales para cubrir todas sus necesidades. En Jerez de la Frontera los presos estaban \u201camontonados, con grand\u00edsima molestia, respirando aires impuros\u201d. La raci\u00f3n que recib\u00edan diariamente consist\u00eda en una libra de pan del que llamaban <em>de munici\u00f3n<\/em>, que era el que se daba a la tropa, y media libra de menestra, es decir, algo menos de medio kilogramo de pan y un sopicaldo. A los enfermos se les daba una cuarta de carne, media de tocino, media de arroz y media de garbanzos. En Rota, la mayor parte del a\u00f1o la c\u00e1rcel estaba vac\u00eda, porque no era lugar de tr\u00e1nsito, por lo que solo se ocupaba puntualmente cuando ocurr\u00eda alg\u00fan caso criminal. En tales ocasiones, a los presos se les daba \u00fanicamente media hogaza de pan diaria para que comiesen. Este alimento se ped\u00eda en el pueblo de caridad. Cuando alg\u00fan preso ca\u00eda enfermo era atendido en el hospital de la Santa Misericordia. Los presos de la c\u00e1rcel de Paterna de Ribera recib\u00edan libra y media de pan de limosna y, cuando esta no alcanzaba, la supl\u00edan los propios jueces de su peculio. La c\u00e1rcel de Espera no era segura ni saludable para sus inquilinos, muchos de ellos en tr\u00e1nsito hacia el presidio de C\u00e1diz, ya que era un simple subterr\u00e1neo h\u00famedo y sin ventilaci\u00f3n, al que vert\u00edan las aguas de un pozo colindante y cuya letrina, un simple agujero cavado en el suelo, exhalaba un hedor insoportable. A los presos se les asist\u00eda con dos reales diarios para su manutenci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tambi\u00e9n eran muy insalubres las condiciones que sufr\u00edan los presos de la c\u00e1rcel de Medina Sidonia, debido al hacinamiento al que se ve\u00edan sometidos en dos horribles calabozos de peque\u00f1as dimensiones, que amenazaban incluso a la salud p\u00fablica de la poblaci\u00f3n por el riesgo de que se originara en ellos una epidemia. El ayuntamiento expon\u00eda, al respecto, que<\/p>\n<blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u2026<em>quince o veinte hombres encerrados continuamente en una l\u00f3brega prisi\u00f3n, mal alimentados, peor vestidos, sin ventilaci\u00f3n alguna, sin ning\u00fan aseo ni limpieza, forman un germen de corrupci\u00f3n capaz de extenderse por toda una provincia<\/em>.<\/p>\n<\/blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\">Y denunciaba, con elocuentes t\u00e9rminos, que la c\u00e1rcel de la ciudad no era sino<\/p>\n<blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u2026<em>una horrorosa mazmorra adonde resuenan d\u00eda y noche blasfemias e imprecaciones de los infelices que desean la muerte por alivio de sus males.<\/em><\/p>\n<\/blockquote>\n<p style=\"text-align: justify;\">En Conil no hab\u00eda asignaci\u00f3n oficial alguna para los presos de la c\u00e1rcel. Su manutenci\u00f3n corr\u00eda a cargo de los monta\u00f1eses establecidos con sus negocios en la villa, que aportaban por turno dos reales diarios. Los monta\u00f1eses, sin embargo, se mostraban reacios a contribuir de su peculio, por lo que la \u00fanica soluci\u00f3n que ofrec\u00edan era pedir de caridad para darles a los presos algo de pan y un potaje. La c\u00e1rcel de Jimena de la Frontera, por su parte, era tambi\u00e9n h\u00fameda e insalubre. Los reos recluidos en ella estaban expuestos a padecimientos reum\u00e1ticos y estaban obligados a convivir con \u201cbichos inmundos y asquerosos\u201d que pod\u00edan ocasionar enfermedades contagiosas. Tampoco era un establecimiento seguro, pues estaba situado en un lugar casi extramuros, dif\u00edcil de auxiliar en caso de fuga. Adem\u00e1s, el pueblo estaba rodeado de zonas agrestes y deshabitadas, por lo que perseguir a los fugitivos era tambi\u00e9n tarea dificultosa. Por la prisi\u00f3n de Jimena pasaban numerosos reos en tr\u00e1nsito hacia el Campo de Gibraltar o hacia los presidios de Algeciras y Ceuta.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\">Autor: <a href=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/tag\/juan-jose-iglesias-rodriguez\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Juan Jos\u00e9 Iglesias Rodr\u00edguez<\/a><\/p>\n<hr \/>\n<h4><strong>Bibliograf\u00eda<\/strong><\/h4>\n<p style=\"text-align: justify;\">BARROS CANEDA, Jos\u00e9 Ram\u00f3n, <em>El Puerto de Santa Mar\u00eda. La ciudad renovada<\/em>, C\u00e1diz, Grupo de Publicaciones del Sur, 2001.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">FALC\u00d3N M\u00c1RQUEZ, Teodoro, <em>Torcuato Benjumeda y la arquitectura neocl\u00e1sica en C\u00e1diz<\/em>, C\u00e1diz, Instituto de Estudios Gaditanos, 1974.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">FRAILE, Pedro, <em>Un espacio para castigar. La c\u00e1rcel y la ciencia penitenciaria en Espa\u00f1a (siglos XVIII-XIX)<\/em>, Barcelona, Ediciones Serbal, 1987.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">IGLESIAS RODR\u00cdGUEZ, Juan Jos\u00e9, \u201cC\u00e1rceles gaditanas del Antiguo R\u00e9gimen: El Puerto de Santa Mar\u00eda y su entorno provincial\u201d, en <em>Revista de Historia de El Puerto<\/em>, 64, 2020, pp. 9-53.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">TRINIDAD FERN\u00c1NDEZ, Pedro, <em>La defensa de la sociedad. C\u00e1rcel y delincuencia en Espa\u00f1a (siglos XVIII-XX)<\/em>, Madrid, Alianza Universidad, 1991.<\/p>\n<\/div>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow\" style=\"flex-basis:33.33%\">        <div class=\"wp-block-visual-portfolio\">\n            \n<div class=\"vp-portfolio vp-uid-c33c3ac0 vp-id-Z1D5Wxh\"\n    data-vp-layout=\"masonry\" data-vp-items-style=\"emerge\" data-vp-items-click-action=\"popup_gallery\" data-vp-items-gap=\"15\" data-vp-items-gap-vertical=\"\" data-vp-pagination=\"load-more\" data-vp-next-page-url=\"\" data-vp-masonry-columns=\"1\" >\n    <div class=\"vp-portfolio__preloader-wrap\">\n        <div class=\"vp-portfolio__preloader\">\n            <img decoding=\"async\" loading=\"eager\" src=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/plugins\/visual-portfolio\/assets\/images\/logo-dark.svg\" alt=\"Visual Portfolio, Posts &amp; Image Gallery para WordPress\" width=\"20\" height=\"20\" data-skip-lazy>\n        <\/div>\n    <\/div>\n        <div class=\"vp-portfolio__items-wrap\">\n            \n<div class=\"vp-portfolio__items vp-portfolio__items-style-emerge vp-portfolio__items-show-overlay-hover vp-portfolio__items-show-img-overlay-hover\">\n\n        <div class=\"vp-portfolio__item-wrap vp-portfolio__item-uid-17f27ab6\" data-vp-filter=\"\">\n                        <div class=\"vp-portfolio__item-popup\"\n                style=\"display: none;\"\n                data-vp-popup-img=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/cadizcarcel1.jpg\"\n                data-vp-popup-img-srcset=\"\"\n                data-vp-popup-img-size=\"2272x1704\"\n                data-vp-popup-md-img=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/cadizcarcel1.jpg\"\n                data-vp-popup-md-img-size=\"2272x1704\"\n                data-vp-popup-sm-img=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/cadizcarcel1.jpg\"\n                data-vp-popup-sm-img-size=\"2272x1704\"\n            >\n                                    <h3 class=\"vp-portfolio__item-popup-title\">C\u00e1rcel Real de C\u00e1diz<\/h3>\n                                        <div class=\"vp-portfolio__item-popup-description\">C\u00e1rcel Real de C\u00e1diz. Fuente: Caleteron, Wikipedia, CC BY-SA 3.0 (https:\/\/es.wikipedia.org\/wiki\/C%C3%A1rcel_Real_(C%C3%A1diz)#\/media\/Archivo:Carcelcadiz2.JPG)<\/div>\n                                <\/div>\n                                    <figure class=\"vp-portfolio__item\">\n                \n<div class=\"vp-portfolio__item-img-wrap\">\n    <div class=\"vp-portfolio__item-img\">\n        <a  href=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/cadizcarcel1.jpg\" >\n        <img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"2272\" height=\"1704\" src=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/cadizcarcel1.jpg\" class=\"wp-image-3249\" alt=\"\" \/>\n        <div class=\"vp-portfolio__item-img-overlay\"><\/div>\n\n        <\/a>    <\/div>\n<\/div>\n\n<figcaption class=\"vp-portfolio__item-overlay vp-portfolio__item-align-center\">\n            <div class=\"vp-portfolio__item-meta-wrap vp-portfolio__custom-scrollbar\">\n            <div class=\"vp-portfolio__item-meta\">\n                \n<h2 class=\"vp-portfolio__item-meta-title\">\n    <a  href=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/cadizcarcel1.jpg\" >C\u00e1rcel Real de C\u00e1diz<\/a><\/h2>\n            <\/div>\n        <\/div>\n    <\/figcaption>\n            <\/figure>\n                    <\/div>\n        \n        <div class=\"vp-portfolio__item-wrap vp-portfolio__item-uid-4a55dae3\" data-vp-filter=\"\">\n                        <div class=\"vp-portfolio__item-popup\"\n                style=\"display: none;\"\n                data-vp-popup-img=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/cadizcarcel2.jpg\"\n                data-vp-popup-img-srcset=\"\"\n                data-vp-popup-img-size=\"3594x2799\"\n                data-vp-popup-md-img=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/cadizcarcel2.jpg\"\n                data-vp-popup-md-img-size=\"3594x2799\"\n                data-vp-popup-sm-img=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/cadizcarcel2.jpg\"\n                data-vp-popup-sm-img-size=\"3594x2799\"\n            >\n                                    <h3 class=\"vp-portfolio__item-popup-title\">Plano de la c\u00e1rcel de El Puerto de Santa Mar\u00eda<\/h3>\n                                        <div class=\"vp-portfolio__item-popup-description\">Plano de la c\u00e1rcel de El Puerto de Santa Mar\u00eda. Fuente: Archivo Hist\u00f3rico Provincial de C\u00e1diz, Gobierno Civil, caja 112, exp. 6.<\/div>\n                                <\/div>\n                                    <figure class=\"vp-portfolio__item\">\n                \n<div class=\"vp-portfolio__item-img-wrap\">\n    <div class=\"vp-portfolio__item-img\">\n        <a  href=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/cadizcarcel2.jpg\" >\n        <img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"3594\" height=\"2799\" src=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/cadizcarcel2.jpg\" class=\"wp-image-3250\" alt=\"\" \/>\n        <div class=\"vp-portfolio__item-img-overlay\"><\/div>\n\n        <\/a>    <\/div>\n<\/div>\n\n<figcaption class=\"vp-portfolio__item-overlay vp-portfolio__item-align-center\">\n            <div class=\"vp-portfolio__item-meta-wrap vp-portfolio__custom-scrollbar\">\n            <div class=\"vp-portfolio__item-meta\">\n                \n<h2 class=\"vp-portfolio__item-meta-title\">\n    <a  href=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/cadizcarcel2.jpg\" >Plano de la c\u00e1rcel de El Puerto de Santa Mar\u00eda<\/a><\/h2>\n            <\/div>\n        <\/div>\n    <\/figcaption>\n            <\/figure>\n                    <\/div>\n        \n        <div class=\"vp-portfolio__item-wrap vp-portfolio__item-uid-7af290a5\" data-vp-filter=\"\">\n                        <div class=\"vp-portfolio__item-popup\"\n                style=\"display: none;\"\n                data-vp-popup-img=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/cadizcarcel3.jpg\"\n                data-vp-popup-img-srcset=\"\"\n                data-vp-popup-img-size=\"3594x2799\"\n                data-vp-popup-md-img=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/cadizcarcel3.jpg\"\n                data-vp-popup-md-img-size=\"3594x2799\"\n                data-vp-popup-sm-img=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/cadizcarcel3.jpg\"\n                data-vp-popup-sm-img-size=\"3594x2799\"\n            >\n                                    <h3 class=\"vp-portfolio__item-popup-title\">Fachada de las casas capitulares y c\u00e1rcel de Puerto Real (1819)<\/h3>\n                                        <div class=\"vp-portfolio__item-popup-description\">Fachada de las casas capitulares y c\u00e1rcel de Puerto Real (1819). Fuente: Archivo Hist\u00f3rico Provincial de C\u00e1diz, Gobierno Civil, exp. 19.<\/div>\n                                <\/div>\n                                    <figure class=\"vp-portfolio__item\">\n                \n<div class=\"vp-portfolio__item-img-wrap\">\n    <div class=\"vp-portfolio__item-img\">\n        <a  href=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/cadizcarcel3.jpg\" >\n        <img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"3594\" height=\"2799\" src=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/cadizcarcel3.jpg\" class=\"wp-image-3251\" alt=\"\" \/>\n        <div class=\"vp-portfolio__item-img-overlay\"><\/div>\n\n        <\/a>    <\/div>\n<\/div>\n\n<figcaption class=\"vp-portfolio__item-overlay vp-portfolio__item-align-center\">\n            <div class=\"vp-portfolio__item-meta-wrap vp-portfolio__custom-scrollbar\">\n            <div class=\"vp-portfolio__item-meta\">\n                \n<h2 class=\"vp-portfolio__item-meta-title\">\n    <a  href=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/11\/cadizcarcel3.jpg\" >Fachada de las casas capitulares y c\u00e1rcel de Puerto Real (1819)<\/a><\/h2>\n            <\/div>\n        <\/div>\n    <\/figcaption>\n            <\/figure>\n                    <\/div>\n        \n<\/div>\n        <\/div>\n        \n<\/div>\n        <\/div>\n        <\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>En el Antiguo R\u00e9gimen la prisi\u00f3n no era considerada tanto una pena por s\u00ed misma como un modo de asegurar a los reos y de mantenerlos a disposici\u00f3n de la justicia mientras se sustanciaban sus causas. Exist\u00edan tantas c\u00e1rceles como jurisdicciones diferentes, de modo que no s\u00f3lo la justicia real dispon\u00eda de espacios carcelarios, sino [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":3249,"comment_status":"closed","ping_status":"","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_vp_format_video_url":"","_vp_image_focal_point":[],"footnotes":""},"categories":[167,3],"tags":[79],"class_list":["post-3248","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-conflictividad","category-sociedad","tag-juan-jose-iglesias-rodriguez","entry","has-media"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3248","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=3248"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3248\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":3252,"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/3248\/revisions\/3252"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/media\/3249"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=3248"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=3248"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=3248"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}