{"id":1482,"date":"2022-05-30T16:55:36","date_gmt":"2022-05-30T16:55:36","guid":{"rendered":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/?p=1482"},"modified":"2022-05-30T17:36:51","modified_gmt":"2022-05-30T17:36:51","slug":"los-gobiernos-politico-militares-andaluces-en-el-siglo-xviii","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/los-gobiernos-politico-militares-andaluces-en-el-siglo-xviii\/","title":{"rendered":"Los gobiernos pol\u00edtico-militares andaluces en el siglo XVIII"},"content":{"rendered":"\n<div class=\"wp-block-columns is-layout-flex wp-container-core-columns-is-layout-8f761849 wp-block-columns-is-layout-flex\">\n<div class=\"wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow\" style=\"flex-basis:66.66%\">\n<p style=\"text-align: justify;\">En la administraci\u00f3n corregimental de la Espa\u00f1a Moderna los gobiernos pol\u00edtico-militares estaban emplazados en zonas estrat\u00e9gicas, plazas mar\u00edtimas y territorios recientemente sometidos a la Corona, por lo que su implantaci\u00f3n, su nuevo establecimiento y, en definitiva, su consolidaci\u00f3n institucional, depend\u00edan de las prioridades defensivas o represivas aplicadas sobre el solar y su vecindario. Las gobernaciones estaban asistidas por un teniente de corregidor, alcalde mayor, designado en la primera mitad del siglo por los gobernadores bajo la aprobaci\u00f3n del Consejo. El peso social y pol\u00edtico de los hombres del Ej\u00e9rcito fue fundamental en el destino de estos pueblos a su cargo. Por su condici\u00f3n de oficiales de alta graduaci\u00f3n, pertenec\u00edan a familias de ilustre linaje, sobre todo andaluzas y castellanas y, por tanto, formaban parte de los sectores privilegiados de su tiempo, con notables vinculaciones respecto a las \u00e9lites.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el caso de Andaluc\u00eda los gobiernos se localizaban a lo largo del litoral y formaban parte del entramado militar de las Capitan\u00edas Generales de la Costa de Granada y de la Costa de Andaluc\u00eda. Se transformaron en gobiernos pol\u00edtico-militares ocho corregimientos que uniformaron el mando del territorio comprendido, de oeste a este, desde el litoral atl\u00e1ntico al Cabo de Gata.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tras la Guerra de Sucesi\u00f3n varios corregimientos pol\u00edticos se mantuvieron adscritos al gobierno militar, de forma que el corregidor reun\u00eda ambos poderes. Esta conjunci\u00f3n gubernativa, provocada por las exigencias del conflicto b\u00e9lico, se prolong\u00f3 durante todo el siglo, a pesar de los posteriores intentos reformadores. Los corregidores militares, alcanzaron dichos puestos como premio a sus servicios en campa\u00f1a, al mismo tiempo que el acceso a dichos gobiernos les brind\u00f3 la oportunidad de formar parte del aparato burocr\u00e1tico del Estado, y determinados destinos constituyeron el final de la carrera militar, como honroso retiro para oficiales generales de avanzada edad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Durante el reinado de Felipe V los corregidores de esta \u00edndole imprimieron un car\u00e1cter netamente militarista a la organizaci\u00f3n administrativa de los municipios a su mando. El desempe\u00f1o de sus competencias no estuvo exento de abusos de poder y conflictos con otras autoridades.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La provincia de C\u00e1diz se encontraba casi totalmente controlada por el r\u00e9gimen de gobierno castrense pues de los ocho gobiernos pol\u00edtico-militares establecidos en la Andaluc\u00eda del siglo XVIII cinco correspond\u00edan a ese territorio (Sanl\u00facar de Barrameda, El Puerto de Santa Mar\u00eda, C\u00e1diz, Tarifa y Campo de Gibraltar).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La villa de Sanl\u00facar de Barrameda se incorpor\u00f3 al patrimonio real en 1645 y comparti\u00f3 su designaci\u00f3n como sede de la Capitan\u00eda General de la Costa de Andaluc\u00eda con El Puerto de Santa Mar\u00eda. El elegido para el gobierno de la circunscripci\u00f3n de Sanl\u00facar de Barrameda deb\u00eda ser un oficial con grado de teniente general o de mariscal de campo, por la circunstancia de que Sanl\u00facar de Barrameda era plaza jurada de armas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La ciudad de El Puerto de Santa Mar\u00eda, anteriormente patrimonio jurisdiccional del duque de Medinaceli, fue agregada a la corona por Felipe V en el a\u00f1o 1729. M\u00e1s tarde se uni\u00f3 el corregimiento pol\u00edtico al gobierno militar por real orden de marzo de 1739. Su dimensi\u00f3n territorial era muy reducida, ya que solo comprend\u00eda entre sus l\u00edmites a la propia ciudad. Sin embargo, el evidente inter\u00e9s militar de la plaza por su calidad estrat\u00e9gica y su condici\u00f3n de residencia de los Capitanes Generales, junto a las iniciativas del cabildo municipal, favorecieron una importante inversi\u00f3n en obras p\u00fablicas que la hicieron destacar por su alto grado de urbanizaci\u00f3n.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El corregimiento de C\u00e1diz aparece datado desde 1515, y el destino econ\u00f3mico y pol\u00edtico de su capital estuvo marcado desde antiguo por su vocaci\u00f3n comercial. El descubrimiento de Am\u00e9rica convirti\u00f3 a esta capital en un puente de relaci\u00f3n de las colonias ultramarinas con la Pen\u00ednsula, y en el centro estrat\u00e9gico del monopolio mercantil espa\u00f1ol, donde acud\u00edan los negociantes europeos interesados en la redistribuci\u00f3n de sus productos. Dentro de su jurisdicci\u00f3n inclu\u00eda el antiguo emplazamiento del Real Arsenal de La Carraca. Fundado por Pati\u00f1o e inaugurado en 1729 con el prop\u00f3sito de prestar servicios de construcci\u00f3n, reparaci\u00f3n y custodia de los buques de la Marina Real, al mismo tiempo que cumpl\u00eda funciones de presidio. Durante el siglo XVIII la ciudad de C\u00e1diz fue el puerto de mayor importancia para el comercio espa\u00f1ol, tras el declive de Sevilla. El valor estrat\u00e9gico de su emplazamiento merec\u00eda una especial adecuaci\u00f3n de sus defensas y fortificaciones. Su crecimiento econ\u00f3mico y poblacional fue extraordinario, y debido a esa entidad administrativa oblig\u00f3 al establecimiento de dos alcald\u00edas mayores. Por este motivo tambi\u00e9n se estableci\u00f3 otra alcald\u00eda mayor en la denominada Real Isla de Le\u00f3n, hasta 1766 que por orden de Carlos III obtuvo la segregaci\u00f3n de la capital. El cambio de denominaci\u00f3n por la de San Fernando se produjo en honor del rey Fernando VII, a principios del siglo XIX, \u00e9poca en la que transform\u00f3 su rango de villa por el de ciudad.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Tras la reconquista de su territorio, Tarifa fue un se\u00f1or\u00edo que perteneci\u00f3 a la Casa de Medina Sidonia desde 1447, y aunque s\u00f3lo constitu\u00eda un enclave fortificado de escasa poblaci\u00f3n, con el tiempo se convirti\u00f3 en un corregimiento se\u00f1orial de Capa y Espada, cuyas autoridades eran designadas por el propio marqu\u00e9s de ese linaje. No obstante, su hist\u00f3rica situaci\u00f3n fronteriza le confiri\u00f3 el car\u00e1cter de plaza fuerte cuyo control era de indudable inter\u00e9s para la Corona. Despu\u00e9s de un litigio entablado entre los titulares del se\u00f1or\u00edo y la propia poblaci\u00f3n tarife\u00f1a, en el a\u00f1o 1597 la monarqu\u00eda pudo restablecer el estatuto de realengo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La ciudad de Gibraltar fue donada por Enrique IV en 1469, en favor del se\u00f1or jurisdiccional de Medina Sidonia, con la dignidad de marqu\u00e9s de Gibraltar. Los Reyes Cat\u00f3licos lograron recuperarla para la Corona en 1502. El corregimiento de Gibraltar se circunscrib\u00eda al Pe\u00f1\u00f3n, y se remontaba al siglo XVI, aunque en sus or\u00edgenes extendi\u00f3 su influencia de gobierno hasta la demarcaci\u00f3n de Ronda y Marbella, por razones probablemente defensivas. La p\u00e9rdida de la plaza en 1704, tras la firma del Tratado de Utrech (1713), oblig\u00f3 a partir de 1706 a la creaci\u00f3n de una nueva entidad administrativa, con la denominaci\u00f3n de corregimiento del Campo de Gibraltar.\u00a0 Su asentamiento en la retaguardia del Pe\u00f1\u00f3n se reparti\u00f3 en torno a la antigua ermita de San Roque, el se\u00f1or\u00edo abandonado de Oj\u00e9n en Algeciras, los caser\u00edos de los Barrios y la ermita de San Isidro. Adem\u00e1s, parte de los habitantes que huyeron de la ocupaci\u00f3n inglesa se refugiaron en los n\u00facleos vecinos de Tarifa y Jimena, y en poblaciones m\u00e1s lejanas como Medina Sidonia, Ronda y M\u00e1laga. A partir de un gobierno municipal, constituido en 1706, se nombr\u00f3 un corregidor interino en 1713, y tres a\u00f1os m\u00e1s tarde se erigi\u00f3 su r\u00e9gimen con la categor\u00eda pol\u00edtica de corregimiento de Capa y Espada. No obstante, a causa de la peligrosa vecindad extranjera, el Pe\u00f1\u00f3n fue objeto de intentos de recuperaci\u00f3n y de continua vigilancia por parte de las autoridades responsables del resguardo de la orilla norte del Estrecho. As\u00ed, en favor del control territorial, las competencias pol\u00edticas y militares se unieron definitivamente por un real decreto en el a\u00f1o 1738, al mismo tiempo que se reforzaron los territorios c\u00e9rcanos a la Roca, en la L\u00ednea de la Concepci\u00f3n, con la construcci\u00f3n de varios fuertes en su bah\u00eda. En San Roque se domicili\u00f3 el corregidor, mientras que en Algeciras se localiz\u00f3 la residencia del alcalde mayor, y en Los Barrios se encarg\u00f3 de la jurisdicci\u00f3n a uno de los regidores. A mediados del siglo XVIII, ante el incremento de las necesidades administrativas, se establecieron tres alcald\u00edas mayores situadas en Algeciras, Los Barrios y San Roque, respectivamente.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La conquista de la ciudad de M\u00e1laga se produjo en el a\u00f1o 1487 y su control report\u00f3 la tenencia de un importante enclave costero frente al norte de \u00c1frica, donde acantonar las fuerzas navales necesarias para llevar a cabo las campa\u00f1as de la pol\u00edtica exterior castellana. En el siglo XVI el corregimiento de M\u00e1laga incluy\u00f3 en su circunscripci\u00f3n administrativa el partido de V\u00e9lez hasta que en 1641 V\u00e9lez-M\u00e1laga se convirti\u00f3 en un corregimiento de Letras.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el primer tercio del siglo XVIII experiment\u00f3 varios cambios de categor\u00eda: empez\u00f3 la centuria como gobernaci\u00f3n pol\u00edtico-militar hasta 1718, que por real decreto se confiri\u00f3 la gesti\u00f3n militar al mando del capit\u00e1n general de la Costa de Granada. Sin embargo, en 1724 volvi\u00f3 a la situaci\u00f3n anterior. Su gobierno tambi\u00e9n se encontraba asistido en lo jur\u00eddico por dos alcaldes mayores, puesto que la entidad de su circunscripci\u00f3n demandaba un extenso control en asuntos de administraci\u00f3n de justicia. Su privilegiado emplazamiento mar\u00edtimo, muy pr\u00f3ximo al Estrecho de Gibraltar y a las plazas del norte de \u00c1frica, obligaba al refuerzo de sus fortificaciones, apoyadas en la l\u00ednea de la costa por otras localidades como Marbella y V\u00e9lez-M\u00e1laga. Su destino de plaza fuerte se vio comprometido tras la p\u00e9rdida del Pe\u00f1\u00f3n, momento en el que se evalu\u00f3 la solidez de su atrincheramiento.\u00a0 Adem\u00e1s, a su funci\u00f3n abastecedora de los presidios norteafricanos, se a\u00f1ad\u00eda su car\u00e1cter mercantil, pues tras C\u00e1diz y Barcelona constituy\u00f3 uno de los puertos mar\u00edtimos de mayor entidad en el Mediterr\u00e1neo.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En el siglo XVII la poblaci\u00f3n de Motril pertenec\u00eda al corregimiento de Granada, bajo la autoridad de un teniente de corregidor. A partir de 1658 se cre\u00f3 como corregimiento de Capa y Espada eximido de Granada. En 1688 se unieron las jurisdicciones militar y pol\u00edtica en una gobernaci\u00f3n, con la asistencia de un alcalde mayor, seg\u00fan la C\u00e1mara de Castilla debido a los graves inconvenientes que se sufr\u00edan con la separaci\u00f3n del gobierno militar y pol\u00edtico, para la administraci\u00f3n de justicia y para la tranquilidad p\u00fablica.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">A principios del siglo XVII Almer\u00eda se encontraba agregada al corregimiento de Guadix, hasta 1678 en que se cre\u00f3 como corregimiento de Letras independiente de aquel. Sin embargo, su categor\u00eda administrativa sufri\u00f3 un cambio en 1708, y como consecuencia de su privilegiado emplazamiento en el Mediterr\u00e1neo se convirti\u00f3 en gobierno militar y pol\u00edtico, por lo que se hizo precisa la asistencia de un alcalde mayor letrado.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\">Autora: <a href=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/tag\/maria-luisa-alvarez-y-canas\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Mar\u00eda Luisa \u00c1lvarez y Ca\u00f1as<\/a><\/p>\n<hr \/>\n<h4><strong>Bibliograf\u00eda<\/strong><\/h4>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00c1LVAREZ Y CA\u00d1AS, Mar\u00eda Luisa, <em>Corregidores y alcaldes mayores: la administraci\u00f3n territorial andaluza en el siglo XVIII<\/em>, Alicante, Universidad de Alicante, 2012.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">\u00c1NDUJAR CASTILLO, Francisco, <em>Los militares en la Espa\u00f1a del siglo XVIII. Un estudio social<\/em>, Granada, Universidad de Granada, 1991.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">FLORIDABLANCA, Conde de, <em>Nomenclator o Diccionario de las ciudades, villas, lugares, aldeas, granjas, cotos redondos, cortijos y despoblados de Espa\u00f1a, y sus islas adyacentes: formado por las relaciones originales de los intendentes de las provincias del reino, a quienes se pidieron de orden de su Majestad por el excelent\u00edsimo se\u00f1or conde de Floridablanca, y su ministerio de Estado en 22 de marzo de 1785<\/em>, Madrid, 1789.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">GONZ\u00c1LEZ ALONSO, Benjam\u00edn, <em>El corregidor castellano. 1348-1808<\/em>, Madrid, Instituto de Estudios Administrativos, 1970.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">SANTAYANA BUSTILLO, Lorenzo, <em>Gobierno pol\u00edtico de los pueblos de Espa\u00f1a y el Corregidor, Alcalde y juez en ellos<\/em>, Madrid, Instituto de Estudios de Administraci\u00f3n Local, 1979.<\/p>\n<\/div>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow\" style=\"flex-basis:33.33%\">        <div class=\"wp-block-visual-portfolio\">\n            \n<div class=\"vp-portfolio vp-uid-24154ea0 vp-id-1yH8m8\"\n    data-vp-layout=\"masonry\" data-vp-items-style=\"emerge\" data-vp-items-click-action=\"popup_gallery\" data-vp-items-gap=\"15\" data-vp-items-gap-vertical=\"\" data-vp-pagination=\"load-more\" data-vp-next-page-url=\"\" data-vp-masonry-columns=\"1\" >\n    <div class=\"vp-portfolio__preloader-wrap\">\n        <div class=\"vp-portfolio__preloader\">\n            <img decoding=\"async\" loading=\"eager\" src=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/plugins\/visual-portfolio\/assets\/images\/logo-dark.svg\" alt=\"Visual Portfolio, Posts &amp; Image Gallery para WordPress\" width=\"20\" height=\"20\" data-skip-lazy>\n        <\/div>\n    <\/div>\n        <div class=\"vp-portfolio__items-wrap\">\n            \n<div class=\"vp-portfolio__items vp-portfolio__items-style-emerge vp-portfolio__items-show-overlay-hover vp-portfolio__items-show-img-overlay-hover\">\n\n        <div class=\"vp-portfolio__item-wrap vp-portfolio__item-uid-1c75cda8\" data-vp-filter=\"\">\n                        <div class=\"vp-portfolio__item-popup\"\n                style=\"display: none;\"\n                data-vp-popup-img=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/05\/gobiernos-almeria.jpeg\"\n                data-vp-popup-img-srcset=\"\"\n                data-vp-popup-img-size=\"2472x1794\"\n                data-vp-popup-md-img=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/05\/gobiernos-almeria.jpeg\"\n                data-vp-popup-md-img-size=\"2472x1794\"\n                data-vp-popup-sm-img=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/05\/gobiernos-almeria.jpeg\"\n                data-vp-popup-sm-img-size=\"2472x1794\"\n            >\n                                    <h3 class=\"vp-portfolio__item-popup-title\">Plano de la ciudad de Almer\u00eda de 1621. Almer\u00eda se convirti\u00f3 en gobierno militar y pol\u00edtico en 1708, debido a su importante posici\u00f3n en el Mediterr\u00e1neo<\/h3>\n                                        <div class=\"vp-portfolio__item-popup-description\">Plano de la ciudad de Almer\u00eda de 1621. Almer\u00eda se convirti\u00f3 en gobierno militar y pol\u00edtico en 1708, debido a su importante posici\u00f3n en el Mediterr\u00e1neo. Fuente: AGS, Guerra y Marina, leg. 00872 (https:\/\/www.europeana.eu\/es\/item\/2022713\/oai_rebae_mcu_es_182739)<\/div>\n                                <\/div>\n                                    <figure class=\"vp-portfolio__item\">\n                \n<div class=\"vp-portfolio__item-img-wrap\">\n    <div class=\"vp-portfolio__item-img\">\n        <a  href=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/05\/gobiernos-almeria.jpeg\" >\n        <img loading=\"lazy\" decoding=\"async\" width=\"2472\" height=\"1794\" src=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/05\/gobiernos-almeria.jpeg\" class=\"wp-image-1485\" alt=\"\" \/>\n        <div class=\"vp-portfolio__item-img-overlay\"><\/div>\n\n        <\/a>    <\/div>\n<\/div>\n\n<figcaption class=\"vp-portfolio__item-overlay vp-portfolio__item-align-center\">\n            <div class=\"vp-portfolio__item-meta-wrap vp-portfolio__custom-scrollbar\">\n            <div class=\"vp-portfolio__item-meta\">\n                \n<h2 class=\"vp-portfolio__item-meta-title\">\n    <a  href=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-content\/uploads\/2022\/05\/gobiernos-almeria.jpeg\" >Plano de la ciudad de Almer\u00eda de 1621. 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