{"id":1454,"date":"2022-05-25T17:44:06","date_gmt":"2022-05-25T17:44:06","guid":{"rendered":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/?p=1454"},"modified":"2022-05-25T17:44:06","modified_gmt":"2022-05-25T17:44:06","slug":"cabildos-catedrales-andaluces-una-elite-eclesiastica-local","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/cabildos-catedrales-andaluces-una-elite-eclesiastica-local\/","title":{"rendered":"Cabildos catedrales andaluces: Una \u00e9lite eclesi\u00e1stica local"},"content":{"rendered":"\n<div class=\"wp-block-columns is-layout-flex wp-container-core-columns-is-layout-9d6595d7 wp-block-columns-is-layout-flex\">\n<div class=\"wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow\" style=\"flex-basis:66.66%\">\n<p style=\"text-align: justify;\">Aunque, en principio, toda corporaci\u00f3n o colegio de cl\u00e9rigos instituida por la autoridad eclesi\u00e1stica y adscrita a determinada iglesia para promover el culto divino con los correspondientes beneficios anejos es denominada cabildo, los cabildos catedralicios no surgir\u00e1n hasta el siglo XIII, correspondiendo uno a cada di\u00f3cesis, siendo sus misiones conformar el n\u00facleo principal de gobierno de la misma, la exaltaci\u00f3n del culto cat\u00f3lico por medio de su participaci\u00f3n en las ceremonias lit\u00fargicas de la catedral, y constituir el embri\u00f3n de una serie de instituciones necesarias para el gobierno, administraci\u00f3n, ejercicio de la justicia y actividades culturales de sus respectivos obispados. Durante el Antiguo R\u00e9gimen encontraremos un cabildo catedralicio en cada di\u00f3cesis andaluza, siendo \u00e9stos los de C\u00e1diz, M\u00e1laga, C\u00f3rdoba, Ja\u00e9n, Guadix, Almer\u00eda, Sevilla y Granada. En ciudades importantes que no constitu\u00edan capitalidad de di\u00f3cesis o en sedes suprimidas de gran valor hist\u00f3rico estuvieron presentes adem\u00e1s los cabildos colegiales, entre ellos los del Salvador, Santa Fe y el Sacromonte en la di\u00f3cesis de Granada, \u00dabeda, Baeza y Castellar de Santisteban en la de Ja\u00e9n, Antequera y Ronda en la de M\u00e1laga, y Jerez de la Frontera, el Salvador, Osuna y Olivares en la de Sevilla.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El n\u00famero de componentes de los cabildos era muy variado, dependiendo en buena medida de la capacidad econ\u00f3mica de las respectivas di\u00f3cesis. Si el cabildo hispalense contaba nada menos que con 10 dignidades, 40 can\u00f3nigos y 40 raciones o medias, el muy cercano de C\u00e1diz, por el contrario, solamente inclu\u00eda entre sus efectivos a seis dignidades, diez can\u00f3nigos y una docena de raciones o medias raciones. Si bien tan s\u00f3lo los can\u00f3nigos forman parte en sentido estricto de un cabildo, puesto que ellos suelen reunir las tres condiciones b\u00e1sicas de pertenencia al mismo (participaci\u00f3n en el coro, en el gobierno del cabildo y en las retribuciones de la mesa capitular), una visi\u00f3n m\u00e1s generosa incluir\u00eda a los otros grupos, aunque en determinadas di\u00f3cesis las prebendas inferiores y las dignidades carec\u00edan de derecho de voto en el cuerpo capitular.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Al frente del cabildo se sit\u00faa el de\u00e1n, como presidente y m\u00e1xima figura del mismo. Arciprestes y arcedianos carecen en este per\u00edodo de funciones y atribuciones definidas, trat\u00e1ndose de una reliquia de aquellos tiempos en los que dichas prebendas estaban a cargo de las divisiones administrativas de las di\u00f3cesis. El chantre est\u00e1 encargado de todo lo relativo al coro, el tesorero de las alhajas y vestimentas de la iglesia, el maestrescuela de la instrucci\u00f3n de los cl\u00e9rigos de coro. Junto a ellos, los can\u00f3nigos de oficio, elegidos por oposici\u00f3n, desempe\u00f1an funciones muy bien definidas: el lectoral es maestro de gram\u00e1tica, el doctoral, asesor del cabildo en cuestiones jur\u00eddicas, el magistral est\u00e1 a cargo de la predicaci\u00f3n, el penitenciario de o\u00edr en confesi\u00f3n a los miembros del cuerpo capitular. sin olvidar el variopinto elenco de oficios y empleados subalternos que contribu\u00edan por su parte a un mayor esplendor del culto catedralicio y que permit\u00edan a los capitulares el establecimiento de verdaderas clientelas.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">La provisi\u00f3n de las prebendas catedralicias correspond\u00eda en un principio al papa, pero desde el siglo XIII los pont\u00edfices fueron cediendo sus derechos en favor de obispos y cabildos. Durante mucho tiempo los litigios y los pleitos existentes entre ambas instituciones fueron moneda com\u00fan, ya que estos beneficios constitu\u00edan un medio muy atractivo con el que contentar a pedig\u00fce\u00f1os de la recomendaci\u00f3n y el favoritismo, agradecer favores recibidos, y colocar familiares y amigos deseosos del goce de una situaci\u00f3n econ\u00f3mica reposada (ni obispos ni cabildos fueron ajenos a las presiones y recomendaciones provenientes de personajes interesados en colocar a sus protegidos), por lo que en casi todas las di\u00f3cesis acabaron implant\u00e1ndose concordias entre ambas partes que pod\u00edan adoptar la forma de estatutos de alternando (obispo y cabildo eleg\u00edan alternativamente al poseedor de la prebenda vacante) o por medio de elecci\u00f3n simult\u00e1nea. Desde 1418 comienzan a funcionar las reservas apost\u00f3licas, correspondiendo al papa los beneficios vacados en los meses apost\u00f3licos, cuando el beneficio hab\u00eda quedado vacante falleciendo el titular en la curia romana o siendo cardenal, o cuando el mismo hab\u00eda sido cubierto estando vacante la sede episcopal. Muchas prebendas, empero, se convirtieron en pr\u00e1cticamente hereditarias por medio de las permutas (cambio de un beneficio por otro), dimisiones (dejaci\u00f3n de la prebenda disfrutada, que es puesta en manos de la autoridad competente), resignas (renuncia en beneficio de un tercero) y coadjutor\u00edas (los can\u00f3nigos enfermos o ancianos ped\u00edan ser sustituidos en el coro por otras personas que tendr\u00edan derecho de sucesi\u00f3n cuando falleciesen). Solamente las canonj\u00edas de oficio (doctoral, lectoral, penitenciario y magistral) eran provistas por medio de oposici\u00f3n, y para acceder a las mismas era necesario ser licenciado, doctor o graduado en Teolog\u00eda, C\u00e1nones o Derecho. En muchas catedrales existe adem\u00e1s como requisito obligatorio la limpieza de sangre, siendo los pioneros los cabildos de Sevilla (1515\/1531) y C\u00f3rdoba (1530).<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">El reclutamiento de los miembros de los cabildos catedralicios estuvo fuertemente determinado por las relaciones clientelares (era muy frecuente el apoyo prestado por los prelados a los miembros de su \u00abfamilia\u00bb) y familiares (como hemos se\u00f1alado anteriormente, la existencia de permutas, dimisiones, resignas y coadjutor\u00edas permit\u00eda que muchas prebendas se convirtieran en pr\u00e1cticamente hereditarias), si bien estos linajes no se prolongan m\u00e1s all\u00e1 de dos generaciones (t\u00edo-sobrino) en la mayor parte de los casos, siendo las razones para ello desde la falta de sucesi\u00f3n masculina en el linaje en cuesti\u00f3n, pasando por la carencia de hijos segundones susceptibles de ser destinados a la carrera eclesi\u00e1stica, hasta la competencia ejercida por otras familias. En cualquier caso, todo ello provocar\u00e1, al menos a tenor de los datos que obran en nuestro poder, que el nivel de endogamia geogr\u00e1fica existente en los cabildos catedrales fuese bastante fuerte, y solamente las canonj\u00edas de oficio, provistas, como hemos mencionado, por oposici\u00f3n, suelen escapar de este predominio de los elementos locales. Por lo que se refiere a su procedencia social, la vinculaci\u00f3n con los notables locales y con los grupos mesonobiliarios es un hecho constatado universalmente. \u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Los prebendados se caracterizaban por su buen nivel de vida, y era obligatorio proyectar ese status a la comunidad, no faltando en la documentaci\u00f3n llamamientos, normativas y sanciones al respecto hechos por la instituci\u00f3n a aquellos de sus miembros cuya imagen se percibiera como poco honesta, esto es, acorde a los criterios de distinci\u00f3n naturales a su status, reflejado en todos los aspectos de la vida cotidiana, con una casa provista de todas las comodidades y mobiliario adecuado en todas las habitaciones, cocina completa, despensa bien nutrida, y un amplio servicio dom\u00e9stico en el que solemos encontrar ama de llaves, cocinera, criadas, lacayos, cochero y paje. Las rentas percibidas de la catedral y sus propiedades particulares le permit\u00edan sostener este tren de vida.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">Ello contrastaba con la levedad de sus cargas, que se resum\u00edan en la obligaci\u00f3n de asistir a los cabildos, donde se trataban todos aquellos asuntos que pod\u00edan afectar a la vida interna del cuerpo capitular, y cumplir con la residencia, o asistencia a los divinos oficios celebrados en el coro, convertida en obligatoria por Trento (solamente exim\u00edan de su cumplimiento vacaciones, enfermedad, jubilaci\u00f3n o el desempe\u00f1o de alguna comisi\u00f3n concreta), aunque todav\u00eda en el siglo XVIII no era universal el respeto de la misma. Si bien los choques con los prelados (debido a la tendencia de los obispos postridentinos de recuperar los poderes perdidos en la Baja Edad Media a manos de los cabildos) y los cabildos municipales (por cuestiones honor\u00edficas y de preeminencia en procesiones y celebraciones lit\u00fargicas) fueron continuos, y persistieron a\u00fan en el siglo XVIII, lo m\u00e1s com\u00fan era lo que se ha dado en llamar una \u00abvida de can\u00f3nigo\u00bb, con escasas obligaciones lit\u00fargicas y cultuales y una envidiable situaci\u00f3n econ\u00f3mica, lo que facilitaba las pretensiones eruditas e intelectuales de muchos prebendados.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">En definitiva, no podemos en modo alguno subestimar la funcionalidad de unos cabildos que lograron mantener su prestigio social y su importancia econ\u00f3mica a lo largo de los tiempos modernos. Conservaban la funci\u00f3n de asesoramiento, consejo y colaboraci\u00f3n con el obispo, de su seno sal\u00edan los principales cargos de la curia eclesi\u00e1stica y su actuaci\u00f3n era fundamental en los per\u00edodos de sede vacante. Su papel de administraci\u00f3n y cuidado de la Iglesia catedral era muy destacado, sobre todo si consideramos el valor simb\u00f3lico que estos edificios adquirieron en el \u00e1mbito urbano, conformando tambi\u00e9n una forma de enlace con los poderes f\u00e1cticos locales. Supon\u00edan en manos de la corona un n\u00famero elevado de cargos administrativos muy codiciados. Pero muy pocas veces la condici\u00f3n de miembro de un cabildo fue un factor decisivo para una promoci\u00f3n posterior, y ser prebendado en las catedrales andaluzas fue en muchos casos una carrera autoconclusiva. Funcionaron m\u00e1s como reductos de poder local que como espacios insertos en la carrera eclesi\u00e1stica, ya que ni estuvieron bien comunicados con los escalones inferiores del clero diocesano, ni con la esfera de las prelaturas.<\/p>\n<p>\u00a0<\/p>\n<p style=\"text-align: right;\">Autor: <a href=\"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/tag\/arturo-morgado-garcia\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\">Arturo Morgado Garc\u00eda<\/a><\/p>\n<hr \/>\n<h4><strong>Bibliograf\u00eda<\/strong><\/h4>\n<p style=\"text-align: justify;\">D\u00cdAZ RODR\u00cdGUEZ, Antonio J., <em>El clero catedralicio en la Espa\u00f1a moderna: los miembros del cabildo de la catedral de C\u00f3rdoba (1475-1808)<\/em>, Murcia, Editum, 2012.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">D\u00cdAZ RODR\u00cdGUEZ, Antonio J., \u201cUna mesocracia eclesi\u00e1stica. El peso de la median\u00eda social en los cabildos andaluces en el siglo XVII\u201d, en <em>Cuadernos de Historia Moderna<\/em>, 46, 2, 2021, pp. 667-695.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">L\u00d3PEZ-GUADALUPE MU\u00d1OZ, Miguel Luis, \u201cGrandeza y realismo en torno al Patronato regio. Las rentas del Cabildo catedralicio de Granada\u201d, en <em>Chronica Nova<\/em>, 27, 2000, pp. 75-106.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">MAR\u00cdN L\u00d3PEZ, Rafael, <em>El Cabildo de la Catedral de Granada en el siglo XVI<\/em>, Granada, Universidad, 1998.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">MORGADO GARC\u00cdA, Arturo, <em>La di\u00f3cesis de C\u00e1diz: de Trento a la Desamortizaci\u00f3n<\/em>, C\u00e1diz, Universidad, 2008.<\/p>\n<p style=\"text-align: justify;\">REGALADO GONZ\u00c1LEZ-SERNA, V\u00edctor Daniel, <em>Prosopograf\u00eda del cabildo catedral de Sevilla en el siglo XVIII<\/em>, Sevilla, Universidad, 2022, Tesis doctoral.<\/p>\n<\/div>\n\n\n\n<div class=\"wp-block-column is-layout-flow wp-block-column-is-layout-flow\" style=\"flex-basis:33.33%\"><\/div>\n<\/div>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Aunque, en principio, toda corporaci\u00f3n o colegio de cl\u00e9rigos instituida por la autoridad eclesi\u00e1stica y adscrita a determinada iglesia para promover el culto divino con los correspondientes beneficios anejos es denominada cabildo, los cabildos catedralicios no surgir\u00e1n hasta el siglo XIII, correspondiendo uno a cada di\u00f3cesis, siendo sus misiones conformar el n\u00facleo principal de gobierno [&hellip;]<\/p>\n","protected":false},"author":1,"featured_media":0,"comment_status":"closed","ping_status":"","sticky":false,"template":"","format":"standard","meta":{"_vp_format_video_url":"","_vp_image_focal_point":[],"footnotes":""},"categories":[108,3],"tags":[149],"class_list":["post-1454","post","type-post","status-publish","format-standard","hentry","category-clero","category-sociedad","tag-arturo-morgado-garcia","entry"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1454","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=1454"}],"version-history":[{"count":1,"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1454\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":1455,"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/1454\/revisions\/1455"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=1454"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=1454"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/grupo.us.es\/encrucijada\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=1454"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}